Dirección General Impositiva

IMPUESTOS

Res. 3243/90

Septiembre 27 de 1990

Procedimiento. Clasificación y codificación de actividades. Nomenclador. Formulario N° 196: su sustitución.

Bs. As., 27/9/90

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que esta Dirección General a los fines de optimizar la organización sistemática de los datos suministrados por los contribuyentes y/o responsables, que se vinculan con la administración tributaria, utiliza un nomenclador de actividades económicas que responden a la estructura, definiciones y principios básicos de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las Actividades Económicas (C.I.I.U.) elaborada por el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas.

Que el objeto del mencionado código, es el de posibilitar una homogénea y precisa identificación de las actividades desarrolladas por los distintos responsables.

Que en tal sentido, surge la periódica necesidad de actualizar el mismo para adecuarlo a los cambios que se operan en el desenvolvimiento económico y tecnológico de la comunidad.

Que en función de lo precedentemente expuesto y habida cuenta que el nomenclador actualmente vigente corresponde a un diseño efectuado en el año 1975, se hace necesario proceder a su modificación a los efectos de adaptarlo a las transformaciones operadas en el lapso transcurrido desde su implementación.

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por las Direcciones Legislación, Estudios, Programas y Normas de Fiscalización y Programas y Normas de Recaudación y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articúlo 7 de la ley 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase por la presente el nomenclador de actividades -formulario 454 e instrucciones - detalladas en el Anexo que forma parte integrante de esta resolución general.

Art. 2° — El nomenclador indicado en el articulo anterior deberá ser utilizado obligatoriamente a partir del día 1 de noviembre de 1990, inclusive, a los fines de la clasificación y codificación de actividades, en sustitución del consignado en el F. 196, el que queda sin efecto desde la precitada fecha.

Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése, a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Ricardo Cossio.

FORMULARIO 454

CLASIFICACION Y CODIFICACION DE ACTIVIDADES

OBJETIVOS

La determinación de una clasificación de actividades persigue el objetivo de satisfacer la necesidad de ordenar y agrupar los datos relativos a los responsables que se vinculan con la administración tributaria según categorías análogas u homogéneas, teniendo en consideración la forma en que las actividades económicas se combinan y distribuyen en las unidades de producción.

Con el propósito de que la información proveniente de la multiplicidad de sectores que componen el sistema económico pueda agregarse y/o desglosarse sistemáticamente según distintos niveles de detalle, a la estructura de la clasificación de actividades se asocia un código numérico con notación decimal.

La identificación de la actividad que un responsable desarrolla deberá realizarse teniendo en cuenta tanto el aspecto descriptivo de los contenidos como la representación numérica de la codificación que figuran en el nomenclador.

DEFINICIONES

Unidad de clasificación: Es el contribuyente y/o responsable que se vincula con el ente recaudador.

Actividad económica: Es el proceso de producción, transformación, elaboración, generación, distribución y venta de bienes y/o prestación de servicios desarrollado por una unidad con el propósito de satisfacer las necesidades individuales y/o colectivas.

Cada unidad de clasificación puede desarrollar una o mas actividades, diferenciales entre si por tratarse de etapas distintas del proceso económico o dentro de una misma etapa por considerar insumos, elaborar o comercializar productos y/o prestar servicios distintos.

De tal manera se determina la jerarquización de las actividades según el concepto ingresos.

Ingresos: Son los importes facturados según comprobantes (factura o documento equivalente) en los que constan las operaciones realizadas en concepto de venta de bienes y/o prestación y/o locación de servicios, netos de devoluciones y bonificaciones así como de los impuestos que inciden directamente sobre ellas (impuestos al valor agregado e internos).

Correspondiendo adicionar los reintegros vinculados con las operaciones efectuadas, siempre que los mismos sean habituales.

En las operaciones de intermediación se consideran ingresos los importes facturados en concepto de comisión o retribución por servicios prestados, siguiendo el criterio general expuesto.

Actividad principal: La que proporciona los mayores ingresos.

Actividad(es) secundaria(s): la(s) que le sigue(n) en orden de importancia a la actividad principal, según el mismo criterio.

Cuando excepcionalmente se produce igualdad en los ingresos de actividades diferentes, para determinar la principal se incorporan los conceptos de habitualidad y regularidad en el desarrollo de la misma, vale decir, que se asigna prioridad a los procesos que se efectúan y/o servicios que se prestan y/o productos que se extraen, manufacturan y/o comercializan con mayor frecuencia

CLASIFICACION Y AGRUPACION DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS

La presente clasificación y agrupación de actividades responde a la estructura, definiciones y principios básicos de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las Actividades Económicas (C.U.I.T. Revisión 2) elaborada por el Departamento de Asuntos Económicos Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas.

Ambas clasificaciones contemplan la distribución de las actividades en nueve grandes divisiones, permitiendo que cada una de estas pueda desglosarse en otras tantas aperturas y así sucesivamente, a fin de lograr el nivel de especificidad y detalle que satisfaga una caracterización pormenorizada de las actividades que desarrollan las unidades que se someten a la clasificación.

Dado que por definición las descripciones deben ser excluyentes, y pretendiendo abarcar la totalidad de actividades que componen el sistema económico, se incluye, en los distintos niveles de desagregación, el concepto "Actividades o servicios no clasificados en otra parte" como categoría complementaria de las restantes enunciadas en la clasificación.

Grandes divisiones. Descripción de los contenidos.

1. Agricultura, caza, silvicultura y pesca

Se consideran en esta clasificación la producción y los servicios agropecuarios, entendiéndose por tales la cría y/o invernada de ganados, aves, animales de granja y de pedigrí, animales destinados a la producción de pieles, la producción de leche, lanas, huevos y miel, el cultivo de campos, cereales, oleaginosos, forrajeras, frutales, hortalizas y legumbres, flores y plantas, te, café, tabaco, yerba mate, algodón, etc. y los servicios de fumigación y destrucción de plagas, cosecha, siembra, recolección, trilla, empacado, descascaramiento, desgrane, esquilea, etc.

No corresponde incluir en esta categoría los servicios de veterinaria que figuran en la gran división 9, ni el alquiler de maquinaria y equipo agrícola que se clasifica en la gran división 8. En los rubros de caza y pesca (marítima y continental), se consideran únicamente las actividades realizadas con fines de lucro no relacionadas con las deportivas.

La silvicultura abarca la explotación, plantación, repoblación y conservación de bosques y los servicios asociados.

También figuran en esta gran división la extracción de madera que consiste en el corte, desbaste de troncos y madera en bruto. Las operaciones realizadas en aserraderos quedan excluidos de esta gran división, correspondiéndolas categorizar en la gran división 3 (Industrias Manufactureras).

2. Explotación de minas y canteras

Conforman esta gran división las actividades de explotación de minas de carbón. La extracción de petróleo crudo, gas natural y minerales metálicos y no metálicos y todas las actividades complementarias para preparar y enriquecer minerales en bruto. Se consideran, además, la extracción de piedras para la construcción, arena, arcilla, piedra caliza y otros minerales y la explotación, molienda y refinación en salinas.

3. Industrias Manufactureras

Se considera en esta gran división los procesos de transformación y elaboración de materias primas, sustancias orgánicas e inorgánicas en productos, y de armado y terminación de productos.

Se incluyen, además, los correspondientes montajes y reparaciones de partes, aparatos, equipos industriales y técnicos con excepción de los montajes de puentes, tanques, instalaciones , estructuras, etc. que se clasifican en la actividad de Construcción (gran división 5) y las reparaciones de los aparatos de uso domestico y personal (servicios de reparación de aparatos y mobiliarios para el hogar y otros bienes de consumo de uso personal) que se clasifican en la gran división 9.

La fabricación de productos alimentarios comprende las operaciones de elaboración, conservación, deshidratación, envasado y congelación de carnes, lácteos, frutas, legumbres, pescados y crustáceos, la refinación de aceites y azúcar, la molienda de harina, especias, cacao para la elaboración de toda clase de productos de panadería y artículos de confitería los procesos de preparación de alimentos para animales, etc.

La industrialización de bebidas abarca la destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas, fermentadas y malteadas, y la elaboración de bebidas no alcohólicas, gaseosas y aguas minerales.

Esta gran división incluye también la elaboración de tabaco y sus manufacturas.

Las actividades relacionadas con la fabricación de textiles, prendas de vestir e industrias del cuero comprenden la preparación, hilado, tejido, blanqueo y tejido de fibras y tejidos, el curtido, acabado, preparación y tejido de cueros y pieles y la confección de sus productos manufacturados. También figuran la fabricación de tapices, alfombras, esteras, cordeles, redes, rellenos para tapicería, artículos de lona, sabanas, manteles, etc.

Corresponde a esta gran división la elaboración de madera en aserraderos y talleres, la fabricación de productos de madera (chapas, puertas, ventanas, muebles, envases, pulpa, etc.), de cajas y de corcho, la fabricación de papel y cartón y artículos de pulpa de madera, papel y cartón. Asimismo, quedan comprendidos la impresión, encuadernación, edición de diarios, libros, revistas, mapas, etc. y los servicios relacionados con la imprenta tales como composición, grabado electrotipia, etc.

La fabricación de sustancias y productos químicos industriales orgánicos e inorgánicos (hidrocarburos, disolventes, tintas, esteres, pigmentos, etc.), la preparación de insecticidas, fungicidas, plaguicidas,

la fabricación de abonos, resinas sintéticas, materias plásticas, pinturas, barnices, esmaltes y productos conexos, así como la elaboración de productos farmacéuticos para uso medico y veterinario y de productos de tocador y aseo, constituyen otras de las actividades que se clasifican en esta gran división.

La refinación de petróleo, la fabricación de productos derivados del petróleo y del carbón y los elaborados a base de caucho (llantas, cámaras, calzado, guantes, esponjas, etc.) y de plástico (vajilla, envases, calzado, etc.) completan el conjunto de actividades industriales de sustancias químicas, petróleo, carbón, caucho y plástico.

Figuran también la fabricación de objetos de barro, loza, porcelana, vidrio y productos minerales no metálicos tales como cemento, cal, yeso y los de arcilla, grafito, pizarra, etc.

Con relación a las industrias metálicas se incluyen las básicas de hierro y acero que abarcan desde la fundición en altos hornos hasta la fase de productos semiacabados en talleres de laminación y fundición (es decir, lingotes, barras, planchas, laminas, etc.), y la de metales no ferrosos que incluyen procesos similares.

Por otra parte, esta gran división comprende la fabricación de herramientas manuales para campo, jardín, plomería, albañilería, etc., de cuchillería, vajilla y baterías de cocina y de artículos de ferretería, muebles y estructuras metálicas, envases, etc. También incluye la construcción, reforma, renovación y repetición de maquinaria y equipo para la agricultura, la industria, para trabajar metales y madera y de oficina, motores y turbinas. Se consideran además, las maquinas y aparatos industriales eléctricos como ser generadores, grupos electrógenos, transformadores, dispositivos de control eléctricos, de sincronización, etc.

En lo que respecta a equipos y aparatos de radio, televisión, comunicaciones de uso domestico, accesorios y suministros eléctricos, corresponde a esta gran división la actividad de fabricación en tanto que la reparación se incluye en la gran división 9.

Figuran también la construcción, reparación, pintura y calafateo de embarcaciones y la fabricación de piezas para navíos, la construcción, modificación y reparación de equipo ferroviario, la construcción, montaje, reforma y reconstrucción de vehículos automóviles, motocicletas, bicicletas y similares y aeronaves, planeadores y las piezas y partes especiales de cada uno de los transportes.

Completan la gran división la fabricación de equipos profesional y científico, instrumentos ópticos, de control, de medida y de laboratorio, aparatos fotográficos, joyas, instrumentos de música, artículos de deporte y atletismo, de oficina, juguetes, etcetera.

4. Electricidad, gas y agua

Se clasifican en esta gran división la generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, la producción de gases manufacturados y la distribución de estos y de gas natural mediante redes y envasados en cilindros y garrafas para consumo domestico, industrial y comercial. La extracción de gas natural esta incluida en el sector económico correspondiente a producción de petróleo crudo y gas natural clasificado en la gran división Explotación de minas y canteras.

Quedan comprendidas, además, las actividades de captación, purificación y distribución de agua, figurando en el grupo Servicios agropecuarios no clasificados en otra parte (gran división 1) el funcionamiento de los sistemas de riego.

5. Construcción

Esta actividad abarca los trabajos de construcción, reforma y reparación de carreteras, terraplenes, puentes, calles, vías para ferrocarriles, subterráneos, conducciones de electricidad, gas y agua, puertos, aeropuertos, canales, muelles, presas, instalaciones hidráulicas, piscinas, canchas, etc. Dragado y eliminación de rocas submarinas e instalaciones de pilotes y toda otra clase de construcciones pesadas.

También incluyen la demolición, construcción, reforma o reparación de edificios y estructuras y las actividades relaciona das con la construcción tales como plomería, calefacción y acondicionamiento de aire, hormigonado, colocación de ladrillos, piedras, baldosas, mármoles, excavación y cimentación, pintura, yeseria, etc.

6. Comercio al por mayor y al por menor y restaurantes y hoteles

La actividad comercial mayorista comprende la venta de mercaderías adquiridas en propiedad o recibidas en consignación en el mismo estado en que posteriormente se enajenan y la mediación como agente, comisionista, corredor, etc. entre la oferta y la demanda de cosas muebles.

Se clasifican en esta gran división según los productos que se comercializan considerando además actividades de acopio, abastecimiento, fracciona miento y redistribución.

El comercio al por menor consiste en la reventa (venta sin transformación) al publico de productos para consumo o uso personal y domestico.

Se incluye en esta actividad el alquiler de cosas muebles con excepción de los artículos de diversión y esparcimiento que figuran en la gran división 9 (Servicios comunales, sociales y personales).

En esta gran división se consideran, además, el expendio al por menor de alimentos y/o bebidas preparados para consumo inmediato en el lugar de expedición incluyendo el servicio de atención en mesa y/o mostrador y los servicios de alojamiento, hospedaje, para acampar, etc. que proporcionan los establecimientos dedicados a tal fin.

7. Transporte, almacenamiento y comunicaciones

Corresponde a esta gran división los transportes de pasajeros y de carga que se realizan por aire, agua y tierra y los servicios de apoyo de cada uno de ellos.

El transporte terrestre incluye el ferroviario, por carretera, urbano, suburbano e interurbano en los distintos medios en que pueda efectivizarse. Se asocian a el los servicios que prestan las playas de estacionamiento, garajes, estaciones de servicio, etc.

En cuanto a los servicios conexos figuran los prestados por representantes marítimos y agencias de turismo tales como reexpedición, embalaje y otras gestiones del transporte y el deposito y almacenamiento de mercaderías diversas.

Los servicios de comunicación proporciona dos al publico por correo, telegrafo, radio, telex, teléfonos y el intercambio o registro de mensajes también se clasifica en esta gran división, no así las estaciones de radiodifusión y televisión que se incluyen en la gran división 9 (Servicios comunales, sociales y personales).

8. Establecimientos financieros, seguros, bienes inmuebles y servicios técnicos y profesionales (excepto los sociales y comunales) y alquiler y arrendamiento de maquinaria y equipo

Esta clasificación comprende las operaciones de intermediación de recursos monetarios y financieros realizados por establecimientos bancarios y financieros y por particulares. Incluye, además, los servicios relaciona dos con operaciones de intermediación proporciona dos por casas de cambio y agentes bursátiles y extrabursatiles y los servicios vinculados con seguros.

Figuran también las operaciones con inmuebles propios y de terceros.

Para estos, se consideran los servicios de alquiler y arrendamiento, urbanización y subdivisión en lotes, tasación, compra, venta y otras actividades a las que se dedican administradores, comisionistas, agentes, martilleros, rematadores, etc.

Finalmente, en esta gran división se clasifican los servicios técnicos y profesionales de asesoramiento jurídico y notarial de contabilidad, teneduría de libros, auditoria, elaboración de datos y computación de asesoría técnica, arquitectónica, geológicos y de prospección, servicios de publicidad, de investigación de mercado, de gestoria, de consultoria, de información, etc. y como servicio especializado, el alquiler y arrendamiento de maquinaria y equipo agrícola, minero y petróleo, manufacturero, de computación, oficina, calculo, contabilidad y análogos, para la construcción, etc.

9. Servicios comunales, sociales y personale.

Conforman esta gran división los servicios de administración publica y defensa, los sociales y comunales de enseñanza, investigación y ciencia de asistencia sanitaria, medica, odontológica y especialidades afines, de veterinaria y agronomía, etc.; los de saneamiento que abarcan las actividades de recolección de residuos, exterminio, limpieza, desinfección y fumigación de edificios y otras similares.

También se clasifican los servicios de diversión, esparcimiento y culturales que comprenden las actividades relaciona das con espectáculos, películas cinematográficas, radio, televisión, obras teatrales y musicales, museos, bibliotecas, actividades deportivas, clubes, salones de juego, galerías de arte, etc.

Por ultimo, completan esta gran división los servicios de reparación de artículos personales y de los hogares, de lavanderías, domésticos y otros personales directos tales como belleza, estética corporal, etc.

10. Actividades no bien especificadas

Para satisfacer los principios básicos de la clasificación se prevé la apertura de esta categoría que comprende, por excepción, a aquellas actividades y/o servicios cuya identificación no pueda lograrse en ninguna de las aperturas con mayor nivel de detalle de las grandes divisiones precedentes.

Codificación de las actividades económicas. Estructura del código.

El código que se asocia unívocamente a las descripciones de los contenidos en cada uno de los niveles de detalle es una clave numérica.

Para la jerarquización de las categorías se utiliza el método expansivo (cada categoría se distribuye y amplia en nueve clases con mayor nivel de detalle) de acuerdo con la configuración que se indica:

Primer nivel: gran división un (1) dígito

Segundo nivel: división dos (2) dígitos

Tercer nivel: agrupación tres (3) dígitos

Cuarto nivel: grupo cuatro (4) dígitos

Quinto nivel: actividad cinco (5) dígitos

Clave: actividad, con dígito de control para validación de la clave seis (6) dígitos

De tal manera, la cifra de seis (6) dígitos que figura a la izquierda de cada descripción del presente nomenclador de actividades constituye su representación simbólica.

CRITERIO DE IDENTIFICACION, BUSQUEDA Y UBICACION DE LA ACTIVIDAD DESARROLLADA Y DE SU CODIGO ASOCIADO

La ubicación de la actividad que desarrolla un responsable en el nomenclador de actividades debe realizarse incrementando progresivamente el nivel de detalle en la descripción de la misma.

Las nueve grandes divisiones que figuran en la clasificación y cuyos contenidos se describieron en las paginas ..... a ..... se desagregan en divisiones, agrupaciones , grupos y actividades.

Para facilitar la búsqueda y ubicación de la actividad se incluyen dos índices que permiten:

I) Localizar la gran división

II) Una vez localizada la gran división, identificar la división y dentro de esta el grupo que señala la ubicación de las actividades que lo conforman.

En cada uno de los niveles de desagregación se incluye una categoría para ubicar aquellas actividades, productos y/o servicios que no fueron detallados específicamente en las precedentes. Se trata de la apertura "...no clasificados en otra parte" y corresponde su utilización solamente en las circunstancias expuestas.

Cuando una unidad desarrolla actividades productivas combinadas, elabora manufacturas diversas o presta servicios varios deberá determinar su ubicación teniendo en consideración el concepto "principal" y "secundario (s)".

Para las actividades comerciales en las que la discriminación por productos no pueda practicarse se prevé la categoría "Venta de productos en general" cuyo empleo es exclusivo en situaciones con la caracteristica señalada (almacenes, supermercados, autoservicio).

El nomenclador de actividades presenta los contenidos explicativos de cada categoría y a su izquierda, el código correspondiente. Dicho codigo es el elemento identificador que posibilita el manejo sistemático de la información que el responsable declara.

Ejemplos:

a) Fabricación de camperas, bolsos y cinturones de cuero

Se trata de una actividad industrial; corresponde a la gran división 3.

Los productos fabricados corresponden a la industria del cuero; sin embargo se trata de prendas de vestir y de accesorios que pertenecen a clasificaciones distintas.

Resulta entonces necesario aplicar el criterio de jerarquización de las actividades dado por el concepto Ingresos y determinar la principal y la secundaria.

Si los mayores ingresos provenientes de la fabricación se computan en la facturación por camperas, la actividad principal será "Confección de prendas de vestir de cuero y sucedáneos" Código 322032 y la actividad secundaria será "Fabricación de productos de cuero y sucedáneos (bolsos valijas, carteras, arneses, etc.) excepto calzado y otras prendas de vestir" Código 323314.

Si la actividad que proporciona mayores ingresos fuese la fabricación de bolsos y cinturones, correspondería la identificación y codificación inversas.

b) Venta al por menor y reparaciones de heladeras

Se trata de dos actividades: una comercial y otra de prestación de servicios.

Siguiendo el criterio de jerarquización de actividades corresponde de terminar cual es la que proporciona mayores ingresos. En el supuesto que esta fuese la venta de heladeras, seria una actividad comercial (gran división 6).

Como la comercialización se realiza a menudeo, figura en Comercio al por menor y dentro de esta agrupación en "artículos no clasificados en otra parte", siendo la actividad "Venta de artículos del hogar (incluye heladera, lavarropas, cocinas, televisores, etc.)" y su código 624233.

La actividad secundaria corresponde a servicios de reparación, vale decir que figura en la gran división 9; como la reparación es de articulos del hogar se incluye en "Servicios de reparación de artículos personales y de los hogares". La actividad es "reparación de artefactos eléctricos de uso domestico y personal" y el código asignado 951218.