DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 6544-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 01/12/2017

VISTO el Expediente EX-2017-26149429-APN-DGA#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, el CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN celebrado el día 14 de junio de 2017 entre el COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES y la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, la Disposición DI-2017-6500-APN-DNM#MI del 29 de noviembre de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición DI-2017-6500-APN-DNM#MI se aprobó el CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN celebrado el día 14 de junio de 2017 entre el COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES y la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES que como Anexo DI-2017-30385717-APN-DNM#MI, forma parte integrante de la presente. En virtud del citado Convenio, se procederá de forma obligatoria, a la comunicación y registro electrónico en las bases de datos de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES de las autorizaciones de viaje al exterior de menores de edad y de las respectivas revocaciones que se realicen en Sede Notarial ante los escribanos de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, ya sea mediante escritura pública o instrumento privado con firmas certificadas. La remisión de la referida información se efectuará por medio de Web Services (WS) en una red segura, conforme lo acordado en el referido Convenio.

Que corresponde se publique en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA dicha Disposición.

Que en tal sentido se debe efectuar la rectificación del artículo 6° del acto administrativo mencionado en el primer considerando.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo establecido por el artículo 29 de la Ley Nº 25.565 y el Decreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Rectifícase el artículo 6° de la Disposición DI-2017-6500-APN-DNM#MI del 29 de noviembre de 2017 por el cual se aprobara el CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN celebrado el día 14 de junio de 2017 entre el COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES y la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES que como Anexo DI-2017-30385717-APN-DNM#MI, forma parte integrante de la presente. En virtud del citado Convenio, se procederá de forma obligatoria, a la comunicación y registro electrónico en las bases de datos de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES de las autorizaciones de viaje al exterior de menores de edad y de las respectivas revocaciones que se realicen en Sede Notarial ante los escribanos de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, ya sea mediante escritura pública o instrumento privado con firmas certificadas. La remisión de la referida información se efectuará por medio de Web Services (WS) en una red segura, conforme lo acordado en el referido Convenio, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese”.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Horacio José García.

e. 05/12/2017 N° 94264/17 v. 05/12/2017