LEY N° 22.121

Buenos Aires, 18 de Diciembre de 1979.

EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto del Proceso de Reorganización Nacional.

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

SANCIONA Y PROMULGA

CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1°- Exímense del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley N° 21.907, a los Servicios de Cuentas Especiales y a la Empresa Pública que se consignan en la planilla anexa al presente artículo, dependientes de las Jurisdicciones 45-Ministerio de Defensa, 46-Comando en Jefe del Ejército, 47-Comando en Jefe de la Armada y 48-Comando en Jefe de la Fuerza Aérea.

ARTICULO 2°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA.

Jose A. Martinez de Hoz.

David R. H. de la Riva.

Planilla anexa al artículo 1°

DETALLE DE ORGANISMOS CUYOS

RECURSOS PROPIOS AFECTARÁ

LA LEY N° 21.597

JURISDICCIÓN

CARÁCTER

ENTIDAD

Ministerio de Defensa

Cuentas Especiales

751-Escuela de Defensa Nacional-Producidos varios

858-Dirección General de Investigación y Desarrollos-Trabajos por

Cuenta de Terceros

Comando en Jefe del Ejercito

Cuentas Especiales

519-Ejército-Obras, Adquisiciones y Servicios Especiales

762-Dirección Nacional de Gendarmería-Producidos varios

764-Comando en Jefe del Ejército-Cumplimiento Ley N° 18.302

¨S¨

Comando en Jefe de la Armada

Cuentas Especiales

819-Prefectura Naval Argentina-Producidos varios

874-Obras y Servicios Especiales-Armada Argentina

Empresas y Sociedades del Estado

Construccion de Viviendas para la Armada (COVIARA)

Comando en Jefe de la Fuerza Aérea

Cuentas Especiales

289-Líneas Aéreas del Estado

385-Fondo Permanente para el Fomento de la Aviación Civil

390-Ley N° 13.041-Explotación de Aeropuertos y Aeródromos

472-Comando en Jefe de la Fuerza Aérea- Cumplimiento Ley N° 18.302

¨S¨

502-Construcciones y Adquisiciones Aeronáuticas