HOMENAJES
LEY N° 22.341
Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a emplazar un busto.
Buenos Aires, 1 de diciembre de 1980.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º - Autorízase a la
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires para emplazar un busto de
Rosalía de Castro en el Jardín de los Poetas del Rosedal del Parque "3
de Febrero".
ARTICULO 2°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
VIDELA
Alberto E. Harguindeguy
Juan R. Llerena Amadeo
Carlos W. Pastor