HOMENAJES

LEY N° 22.341

Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a emplazar un busto.

Buenos Aires, 1 de diciembre de 1980.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1º - Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires para emplazar un busto de Rosalía de Castro en el Jardín de los Poetas del Rosedal del Parque "3 de Febrero".

ARTICULO 2°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA

Alberto E. Harguindeguy

Juan R. Llerena Amadeo

Carlos W. Pastor