ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS
LEY N° 22.482
Se autoriza al citado organismo a
liquidar el reembolso fijado por Resolución M.E. N° 567/78.
Buenos Aires, 12 de agosto de 1981
EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto de Reorganización Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1° — Autorízase a la
Administración Nacional de Aduanas a liquidar el reembolso fijado por
Resolución M.E. N° 567/78 a la firma Igarreta S.A.C.I., por la
exportación al Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e
Islas del Atlántico Sud de una (1) pick-up, marca Dodge D.200W, chasis
N° 5N2100251F, motor N° 52B00638, adquirida por la Armada Argentina.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
VIOLA.
Lorenzo J. Sigaut.