MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Disposición 150-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 29/09/2017
VISTO el Expediente Nº 1-236-651.031/2017 del Registro del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y
la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 54/56 del Expediente citado en el Visto, obra el Acuerdo
concertado entre el SINDICATO DE VIGILADORES E INVESTIGADORES DE LA
SEGURIDAD PRIVADA DE TUCUMAN -SIVISEP TUC- por el sector de los
trabajadores y por la representación empresarial, la CÁMARA ARGENTINA
DE EMPRESAS DE SEGURIDAD E INVESTIGACIÓN -CAESI – y la CÁMARA TUCUMANA
DE EMPRESAS DE SEGURIDAD E INVESTIGACIONES -CATESI, conforme lo normado
por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 675/13, las partes
convinieron de incremento de los básicos de convenio en los plazos,
montos y demás condiciones allí consignadas, con vigencia desde el 1°
de julio de 2017 hasta el 30 de junio de 2018.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la
actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de
la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Qué asimismo, ante la Autoridad Administrativa interviniente, la
entidad sindical actuante y la representación empresaria, conjuntamente
han ratificado los términos y condiciones, y reconocido las firmas allí
insertas conforme surge del Acta obrante a fojas 57, conforme lo
dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que, ambas representaciones trabajadora y empresarial, actuantes en
estos obrados, han acreditado la personería y facultades para negociar
colectivamente, conforme constancias obrantes en autos.
Que ello así, se observan acreditados los recaudos formales exigidos por la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en consecuencia, cabe concluir que de los antecedentes obrantes en
marras, el acuerdo sujeto análisis se ajusta a derecho, correspondiendo
proceder a su homologación.
Que se ha emitido Dictamen en los términos de la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos N° 19.549 y Decreto N° 1759/72 (t.o.
1991).
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
Acuerdo alcanzado, deberán remitirse estas actuaciones a la Dirección
Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia
de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Declárense homologados el Acuerdo concertado entre el
SINDICATO DE VIGILADORES E INVESTIGADORES DE SEGURIDAD PRIVADA DE
TUCUMAN -SIVISEP TUC- por el sector de los trabajadores y por la
representación empresarial, la CÁMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE
SEGURIDAD E INVESTIGACIÓN -CAESI – y la CÁMARA TUCUMANA DE EMPRESAS DE
SEGURIDAD E INVESTIGACIONES –CATESI-, obrante a fojas 54/56 del
Expediente N°1-236-651.031/2017, conforme lo normado por la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese la presente a la Dirección General de Registro,
Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a
fin de que el Departamento Coordinación registre los instrumentos
obrantes a fojas 54/56 del Expediente N° 1-236-651.031/2017.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar
la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se
homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la
guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de
Trabajo N° 675/13.
ARTÍCULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de
carácter gratuito, del Acuerdo y Anexos homologados y de esta
Disposición, las partes deberán proceder de conformidad a lo
establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en
la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán
ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 11/12/2017 N° 94056/17 v. 11/12/2017
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)