SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Decisión Administrativa 1073/2017

Desígnase Director de Asuntos Jurídicos.

Ciudad de Buenos Aires, 11/12/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-15854990-APN-DNTYA#SENASA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 aprobado por la Ley N° 27.341, los Decretos Nros. 1585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios y 355 del 22 de mayo de 2017, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, la Decisión Administrativa N° 284 del 5 de mayo de 2017, la Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente y su modificatoria, la Resolución Conjunta N° 263 y N° 373 del 7 de diciembre de 2010 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

Que por el artículo 7° de la referida Ley, se estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado entonces actuante en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que en virtud de encontrarse vacante el cargo de Director de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, resulta necesario proceder a su cobertura.

Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, y su modificatoria dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente decisión administrativa.

Que por el Decreto N° 355/17 se dispuso, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.341 y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Asígnase al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la cantidad de UN (1) cargo vacante de Planta Permanente de la reserva de cargos aprobada por el artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 284 del 5 de mayo de 2017 y su modificatoria y detallada en el Anexo II (IF-2017-22541395-APN-SECEP#MM) de dicha medida, conforme la planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-31424398-APN-DRRHHYO#SENASA) que forma parte integrante de esta medida.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase, con carácter transitorio, por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1° de agosto de 2017, al abogado Don Agustín MEDRANO (M.I. N° 27.386.882), en el cargo de Director de Asuntos Jurídicos, Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Tramo General, Grado 13, Función Directiva II del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, autorizándose el pago de la referida Función Directiva prevista en el Título IV, Capítulo I, artículo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.341.

ARTÍCULO 3º.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, y su modificatoria dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52- MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA – ENTIDAD 623 -SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, para el ejercicio vigente a la fecha de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Luis Miguel Etchevehere.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 12/12/2017 N° 96569/17 v. 12/12/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)