MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES
Disposición 72-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 11/12/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-32124768-APN-DDYME#MEM, las Leyes Nros.
26.190 y 27.191, los Decretos Nros. 531 de fecha 30 de marzo de 2016 y
sus modificatorios y 882 de fecha 21 de julio de 2016, las Resoluciones
Nros. 275 de fecha 16 de agosto de 2017, 450 de fecha 23 de noviembre
de 2017 y 473 de fecha 30 de noviembre de 2017, todas del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 275 de fecha 16 de agosto de 2017 del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, se convocó a interesados en ofertar en
el Proceso de Convocatoria Abierta Nacional e Internacional para la
contratación en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de energía
eléctrica de fuentes renovables de generación –el “Programa RenovAr
(Ronda 2)”–, con el fin de celebrar Contratos del Mercado a Término,
denominados Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable,
con la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD
ANÓNIMA (CAMMESA) en representación de los Agentes Distribuidores y
Grandes Usuarios del MEM –hasta su reasignación en cabeza de los
Agentes Distribuidores y/o Grandes Usuarios del MEM–, de conformidad
con el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo
(IF-2017-17397723-APN-SSER#MEM) forma parte integrante de dicha
resolución.
Que por ese mismo acto se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones y sus
anexos de la mencionada Convocatoria Abierta Nacional e Internacional
para la contratación en el MEM de energía eléctrica de fuentes
renovables de generación, “Programa RenovAr (Ronda 2)”, que como Anexo
(IF-2017-17397723-APN-SSER#MEM) forma parte integrante de la referida
medida.
Que por la Resolución N° 473 de fecha 30 de noviembre de 2017 del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, se resolvió la adjudicación de los
Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable, en los
términos establecidos en la Resolución N° 275/2017, a las Ofertas que,
para cada Tecnología, se detallan en el Anexo I
(IF-2017-30464580-APN-DNER#MEM) que forma parte integrante de la citada
resolución.
Que, asimismo, por el artículo 6° de la Resolución N° 473/2017
mencionada, se invitó a los Oferentes de las Ofertas calificadas por la
Resolución N° 450/2017 y por el artículo 1° de la Resolución N°
473/2017, que no resultaron adjudicados por el artículo 4° de esta
última, a celebrar sendos Contratos de Abastecimiento de Energía
Eléctrica Renovable y los respectivos Acuerdos deAdhesión al Fondo para
el Desarrollo de Energías Renovables (FODER), en los términos
establecidos enlos Anexos 6 y 7 del Pliego de Bases y Condiciones,
respectivamente, de acuerdo con las condiciones quese establecen en el
artículo 7° del acto referido en primer término, hasta cubrir la
potencia requerida adicional por Tecnología que seindica en el artículo
6° citado.
Que en el último párrafo del artículo 7° de la Resolución N° 473/207 se
prevé que los Oferentes alcanzados por la invitación formulada deberán
manifestar su voluntad de acceder a la celebración de un Contrato de
Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable en forma expresa y por
escrito a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO
SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), en el términode DIEZ (10) días corridos
contados desde la notificación de la resolución citada.
Que, en el día de la fecha, CAMMESA ha comunicado por Nota N°
B-122080-1, dirigida a la DIRECCIÓN NACIONAL DE ENERGÍAS RENOVABLES de
esta Subsecretaría, que DOS (2) de los Oferentes invitados en los
términos de la Resolución N° 473/2017 han solicitado en forma expresa
prórroga del plazo de DIEZ (10) días corridos previsto para la
aceptación de la invitación formulada, adjuntando las notas presentadas
por los interesados.
Que toda vez que las razones expuestas resultan atendibles, se
considera conveniente prorrogar el plazo previsto en el último párrafo
del artículo 7° de la Resolución N° 473/2017 hasta el 15 de diciembre
de 2017, inclusive.
Que con el fin de brindar un tratamiento igualitario a todos los
Oferentes alcanzados por la invitación formulada mediante la Resolución
N° 473/2017, corresponde que la prórroga del plazo que se dispone por
la presente tenga alcance general para todos los invitados.
Que por el artículo 14 de la Resolución N° 473/2017 se facultó a esta
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES a dictar las normas aclaratorias y
complementarias de dicha resolución y a adoptar las medidas necesarias
para su ejecución.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 14 de la Resolución N° 473 de fecha 30 de noviembre de 2017
del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE ENERGÍAS RENOVABLES
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase el plazo establecido en el último párrafo del
artículo 7° de la Resolución N° 473 de fecha 30 de noviembre de 2017
del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA hasta el 15 de diciembre de 2017,
inclusive, con alcance general para todos los Oferentes invitados en
los términos dispuestos en el artículo 6° de la resolución citada y a
todos sus efectos.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO
MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a notificar la presente
a los Oferentes invitados por el artículo 6° de la Resolución N° 473 de
fecha 30 de noviembre de 2017 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Sebastián Alejandro Kind.
e. 13/12/2017 N° 96679/17 v. 13/12/2017