MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES

Disposición 72-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 11/12/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-32124768-APN-DDYME#MEM, las Leyes Nros. 26.190 y 27.191, los Decretos Nros. 531 de fecha 30 de marzo de 2016 y sus modificatorios y 882 de fecha 21 de julio de 2016, las Resoluciones Nros. 275 de fecha 16 de agosto de 2017, 450 de fecha 23 de noviembre de 2017 y 473 de fecha 30 de noviembre de 2017, todas del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 275 de fecha 16 de agosto de 2017 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, se convocó a interesados en ofertar en el Proceso de Convocatoria Abierta Nacional e Internacional para la contratación en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables de generación –el “Programa RenovAr (Ronda 2)”–, con el fin de celebrar Contratos del Mercado a Término, denominados Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable, con la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) en representación de los Agentes Distribuidores y Grandes Usuarios del MEM –hasta su reasignación en cabeza de los Agentes Distribuidores y/o Grandes Usuarios del MEM–, de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo (IF-2017-17397723-APN-SSER#MEM) forma parte integrante de dicha resolución.

Que por ese mismo acto se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones y sus anexos de la mencionada Convocatoria Abierta Nacional e Internacional para la contratación en el MEM de energía eléctrica de fuentes renovables de generación, “Programa RenovAr (Ronda 2)”, que como Anexo (IF-2017-17397723-APN-SSER#MEM) forma parte integrante de la referida medida.

Que por la Resolución N° 473 de fecha 30 de noviembre de 2017 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, se resolvió la adjudicación de los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable, en los términos establecidos en la Resolución N° 275/2017, a las Ofertas que, para cada Tecnología, se detallan en el Anexo I (IF-2017-30464580-APN-DNER#MEM) que forma parte integrante de la citada resolución.

Que, asimismo, por el artículo 6° de la Resolución N° 473/2017 mencionada, se invitó a los Oferentes de las Ofertas calificadas por la Resolución N° 450/2017 y por el artículo 1° de la Resolución N° 473/2017, que no resultaron adjudicados por el artículo 4° de esta última, a celebrar sendos Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable y los respectivos Acuerdos deAdhesión al Fondo para el Desarrollo de Energías Renovables (FODER), en los términos establecidos enlos Anexos 6 y 7 del Pliego de Bases y Condiciones, respectivamente, de acuerdo con las condiciones quese establecen en el artículo 7° del acto referido en primer término, hasta cubrir la potencia requerida adicional por Tecnología que seindica en el artículo 6° citado.

Que en el último párrafo del artículo 7° de la Resolución N° 473/207 se prevé que los Oferentes alcanzados por la invitación formulada deberán manifestar su voluntad de acceder a la celebración de un Contrato de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable en forma expresa y por escrito a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), en el términode DIEZ (10) días corridos contados desde la notificación de la resolución citada.

Que, en el día de la fecha, CAMMESA ha comunicado por Nota N° B-122080-1, dirigida a la DIRECCIÓN NACIONAL DE ENERGÍAS RENOVABLES de esta Subsecretaría, que DOS (2) de los Oferentes invitados en los términos de la Resolución N° 473/2017 han solicitado en forma expresa prórroga del plazo de DIEZ (10) días corridos previsto para la aceptación de la invitación formulada, adjuntando las notas presentadas por los interesados.

Que toda vez que las razones expuestas resultan atendibles, se considera conveniente prorrogar el plazo previsto en el último párrafo del artículo 7° de la Resolución N° 473/2017 hasta el 15 de diciembre de 2017, inclusive.

Que con el fin de brindar un tratamiento igualitario a todos los Oferentes alcanzados por la invitación formulada mediante la Resolución N° 473/2017, corresponde que la prórroga del plazo que se dispone por la presente tenga alcance general para todos los invitados.

Que por el artículo 14 de la Resolución N° 473/2017 se facultó a esta SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES a dictar las normas aclaratorias y complementarias de dicha resolución y a adoptar las medidas necesarias para su ejecución.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 de la Resolución N° 473 de fecha 30 de noviembre de 2017 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ENERGÍAS RENOVABLES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase el plazo establecido en el último párrafo del artículo 7° de la Resolución N° 473 de fecha 30 de noviembre de 2017 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA hasta el 15 de diciembre de 2017, inclusive, con alcance general para todos los Oferentes invitados en los términos dispuestos en el artículo 6° de la resolución citada y a todos sus efectos.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a notificar la presente a los Oferentes invitados por el artículo 6° de la Resolución N° 473 de fecha 30 de noviembre de 2017 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Sebastián Alejandro Kind.

e. 13/12/2017 N° 96679/17 v. 13/12/2017