MINISTERIO DE SEGURIDAD
RECOMPENSAS
Resolución 1377-E/2017
Ofrécese Recompensa.
Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-25353967--APN-SECCPJMPYL#MSG del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, y la Resolución M.J. y D.H.
N° 2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la Resolución
Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y el
Legajo Nº 21/2017 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA
BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°21,
interinamente a cargo de la Doctora Alicia Mercedes IERMINI, tramita el
expediente N°2505/17 caratulado “Perdomo Montilla, Claudia Lorenis y
otro s/ averiguación de delito. Dam: Ferro Claudia”, con la
intervención de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°42
a cargo del Doctor Carlos A. VELARDE.
Que mediante oficio del día 13 de octubre de 2017 el mencionado Fiscal
Federal solicita se ofrezca recompensa para aquellas personas que sin
haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que
permitan dar con el paradero de Claudia Alicia FERRO, DNI N°17.726.187,
hija de Oscar Nicolás FERRO y Herminia Delicia MOYANO, de 51 años de
edad, nacida el 17 de mayo de 1965, con último domicilio conocido en la
calle Corvalán 489 de la Ciudad de Buenos Aires, desconociéndose al
momento su paradero.
Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que ha tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE
COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y
LEGISLATURAS, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538 y en el Anexo II de la
Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria y la Resolución
Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrécese, como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($
250.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en
el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el
paradero de Claudia Alicia FERRO, DNI N°17.726.187, hija de Oscar
Nicolás FERRO y Herminia Delicia MOYANO, de 51 años de edad, nacida el
17 de mayo de 1965, con último domicilio conocido en la calle Corvalán
489 de la Ciudad de Buenos Aires, desconociéndose al momento su
paradero.
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida en la presente Resolución.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 566/2022
del Ministerio de Seguridad B.O. 26/8/2022 se dispone el incremento de
la recompensa oportunamente ofrecida por la presente Resolución, a la
suma total de PESOS UN
MILLÓN ($1.000.000). Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número
0800-555-5065 o al número corto 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información aportada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este
Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Patricia Bullrich.
e. 20/12/2017 N° 98912/17 v. 20/12/2017