MINISTERIO DE SEGURIDAD
RECOMPENSAS
Resolución 1434-E/2017
Ofrécese recompensa.
Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2017
VISTO el Expediente EX-2017-31400281-APN-SECCPJMPYL#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nro. 26.538, las Resoluciones M.J.
y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012, 2318 del 29 de octubre de
2012 y 2313 del 11 de noviembre de 2015, y la Resolución Conjunta M.J y
D.H. N° 445 y M.S. N° 271 del 24 de junio de 2016, y
CONSIDERANDO
Que mediante la Ley N° 26.538 se creó un FONDO DE RECOMPENSAS, en
jurisdicción del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a
abonar una compensación dineraria a aquellas personas que, sin haber
intervenido en la comisión del delito, brinden datos útiles para
obtener la libertad de la víctima, preservar su integridad física, o
lograr la aprehensión de quienes hubiesen tomado parte en la comisión
de delitos que, por su gravedad o complejidad, justifiquen la
recompensa para el suministro de información.
Que en razón del trabajo conjunto que han realizado el MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y el MINISTERIO DE SEGURIDAD y en pos de
coordinar políticas públicas en materia de política criminal, en
concordancia con la Ley N° 22.520 y con el propósito de optimizar
recursos y asegurar el desarrollo eficaz y eficiente de las tareas que
estos Ministerios tienen asignadas, fue transferido, mediante
Resolución Conjunta M.J y D.H. N° 445 y M.S. N° 271, al ámbito de la
SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS
PÚBLICOS Y LEGISLATURAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD, el PROGRAMA
NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA
JUSTICIA que tiene por objeto planificar, coordinar y supervisar el
cumplimiento de las acciones fijadas a la UNIDAD ESPECIAL PARA LA
BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA creada por la Ley N°
26.375 especificadas en su artículo 2° y las del FONDO PERMANENTE DE
RECOMPENSAS creado por la Ley N° 26.538.
Que la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 de fecha 29 de octubre de 2012 y
su modificatoria, la N° 2313 del 11 de noviembre de 2015, establecen el
procedimiento regulatorio del funcionamiento de los Fondos de
Recompensas creados por las Leyes Nros. 26.375 y 26.538, en lo atinente
al procedimiento y pago de éstas.
Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Asimismo, indica que el monto de la recompensa será fijado atendiendo a
la complejidad del hecho y a las dificultades que existan para la
obtención de la información que permita el cumplimiento de los
objetivos previstos en el artículo 1º.
Que mediante Resolución M.J. y D. H. Nº 1866 del 18 de octubre de 2013,
se dispuso el ofrecimiento de recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($
400.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en
el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el
paradero de la víctima Cristian SCHAERER, quien fuera secuestrado de la
puerta de su casa del Barrio Las Tejas, ciudad de CORRIENTES, Provincia
de CORRIENTES, el día 21 de septiembre de 2003.
Que mediante Resolución MS N° 142-E del 10 de febrero de 2017 se
dispuso el incremento de la recompensa referida a la suma de PESOS
QUINIENTOS MIL ($ 500.000).
Que en atención al tiempo transcurrido sin haber obtenido ningún dato
concreto que sirva para la obtención de información determinante para
la investigación de las actuaciones de referencia o que permitan dar
con el paradero de Cristian SCHAERER resulta procedente incrementar la
recompensa ofrecida a la suma total de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000).
Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE
COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y
LEGISLATURAS, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que se cuenta con financiamiento suficiente para adoptar la presente medida.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y por la Resolución Conjunta M.J y D.H. N° 445/2016 y M.S. N°
271/2016.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA la suma de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000), destinada
a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual,
brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de la víctima
Cristian SCHAERER, quien fuera secuestrado de la puerta de su casa del
Barrio Las Tejas, ciudad de CORRIENTES, Provincia de CORRIENTES, el día
21 de septiembre de 2003.
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida en la presente Resolución.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 669/2022
del Ministerio de Seguridad B.O. 19/10/2022 se disponee el incremento
de la recompensa oportunamente ofrecida mediante la presente
resolución, a la suma total de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000),
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho
delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de la
víctima Cristian Eduardo SCHAERER, D.N.I. N° 29.529.778, quien fuera
secuestrado de la puerta de su casa del Barrio Las Tejas, ciudad de
CORRIENTES, Provincia de CORRIENTES, el día 21 de septiembre de 2003)
ARTÍCULO 2°.- El procedimiento a seguir para proporcionar información
en el marco del ofrecimiento dispuesto en el presente acto se ceñirá a
lo previsto en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su
modificatoria.
ARTÍCULO 3°.- Las personas que quieran suministrar datos deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al 0800-555-5065
o al número corto 134.
ARTÍCULO 4°.- El pago de la recompensa será realizado en este
MINISTERIO DE SEGURIDAD o en el lugar que designe el representante de
esta Cartera de Estado.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Patricia Bullrich.
e. 21/12/2017 N° 99262/17 v. 21/12/2017