MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución 120-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2017
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2017-3375326- -APN-SECMA#MM, la
Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 434 del 1º de marzo de 2016, 561 del
6 de abril de 2016, 1063 del 4 de octubre de 2016 y 894 del 1° de
noviembre de 2017, las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016,
355-E del 14 de septiembre de 2016 (RESOL-2016- 355-E-APN-MM) y 466 del
11 de noviembre de 2016 (RESOL-2016-466-E-APN-MM) del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, y la Resolución N° 90 del 14 de Septiembre de 2017
(RESOL-2017-90-APN-SECMA#MM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica
del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y
en su artículo 48 estableció que el Estado Nacional, dentro de las
jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N°
24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que
posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas,
búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por
parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.
Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 aprobó el PLAN DE
MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contemplando el PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO
DIGITAL el cual propone implementar una plataforma horizontal
informática de generación de documentos y expedientes electrónicos,
registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la
administración a los fines de facilitar la gestión documental, el
acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los
plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.
Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016, aprobó la implementación
del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema
integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de
movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público
Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de
expedientes electrónicos.
Que el mencionado Decreto N° 561/16 ordenó a las entidades y
jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que
componen el Sector Público Nacional la utilización del sistema de
Gestión Documental Electrónica – GDE para la totalidad de las
actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que el artículo 6 del Decreto N° 561/16, facultó a la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normas complementarias,
aclaratorias y operativas necesarias para la implementación del sistema
de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y el funcionamiento de los
sistemas informáticos de gestión documental.
Que el Decreto N° 1063 del 4 de octubre de 2016 aprobó la
implementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) como
medio de interacción del ciudadano con la administración, a través de
la recepción y remisión por medios electrónicos de presentaciones,
solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros.
Que el citado Decreto N° 1063/16 en su artículo 11 facultó a la
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normas
aclaratorias, operativas y complementarias necesarias para la
implementación de las plataformas y módulos creados en dicha norma, así
como también facultó a la citada SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN
ADMINISTRATIVA para aprobar la incorporación de trámites de gestión
remota a dichas plataformas y módulos.
Que el Decreto N° 894 del 1° de noviembre de 2017, que aprobó el
Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 T.O.
2017, estableció que las autoridades administrativas actuarán de
acuerdo con los principios de sencillez y eficacia, procurando la
simplificación de los trámites, y facilitando el acceso de los
ciudadanos a la administración a través de procedimientos directos y
simples por medios electrónicos.
Que la Resolución N° 90 del 14 de septiembre de 2017
(RESOL-2017-90-APN-SECMA#MM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN
ADMINISTRATIVA, aprobó el Reglamento de Uso del sistema de Gestión
Documental Electrónica (GDE) y los Términos y Condiciones de uso de la
plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
Que las Resoluciones Nros. 355-E del 14 de septiembre de 2016
(RESOL-2016- 355-E-APN-MM) y 466 del 11 de noviembre de 2016
(RESOL-2016-466-E-APN-MM) del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN establecieron
el uso obligatorio del módulo “Expediente Electrónico” (EE), del
sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), en los MINISTERIOS DE
TRANSPORTE, de CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, de CULTURA
y en la SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a partir del
1° de octubre de 2016 y del 1° de diciembre de 2016, respectivamente.
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los procedimientos que
el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, el
MINISTERIO DE CULTURA, el MINISTERIO DE TRANSPORTE, la COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE
TRANSPORTE y la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, dependiente de la
SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, deberán implementar
a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de
Gestión Documental Electrónica (GDE) a partir del 29 de diciembre de
2017.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1063/16.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Establécese que los siguientes procedimientos del
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA deberán
tramitarse a partir del 29 de diciembre de 2017 a través de la
plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión
Documental Electrónica (GDE):
a) Solicitud certificado Importación insumos investigación cien/tec
b) Inscripción de usuarios ante el ROECyT
c) Solicitud de prórroga y modificaciones ante ROECyT
d) Despacho a plaza ROECyT
e) Impugnación de certificado ROECyT
f) Actualización de usuarios ante el ROECyt
ARTÍCULO 2°.- Establécese que el siguiente procedimiento del MINISTERIO
DE CULTURA deberá tramitarse a partir del 29 de diciembre de 2017 a
través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de
Gestión Documental Electrónica (GDE):
a) Solicitud Licencia Expo/Franquicia Bienes Culturales/Obras de Arte
ARTÍCULO 3°.- Establécese que los siguientes procedimientos del
MINISTERIO DE TRANSPORTE deberán tramitarse a partir del 29 de
diciembre de 2017 a través de la plataforma “Trámites a Distancia”
(TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):
a) Transporte de Carga Internacional – Permiso a Tierra del Fuego
b) Transporte de Carga Internacional – Permiso Ocasional
ARTÍCULO 4°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la
COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, dependiente del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, deberán tramitarse a partir del 29 de
diciembre de 2017 a través de la plataforma “Trámites a Distancia”
(TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):
a) Transporte de Carga Internacional -Extranjeras- Solicitud de Permisos
b) Transp de Carga Int-Posterior a la firma de la Res y Doc de Idoneidad
c) Transporte de Carga Internacional - Argentinas - Permiso Originario
ARTÍCULO 5°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, dependiente de la SECRETARÍA GENERAL DE
LA PRESIDENCIA deberán tramitarse a partir del 29 de diciembre de 2017
a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de
Gestión Documental Electrónica (GDE):
a) Impo Material Radiactivo, Nuclear y Mat./Equipos de Interés Nuclear
b) Expo material radiactivo, nuclear y mat./equipos de interés nuclear
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN – SIGEN.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Eduardo Nicolás Martelli.
e. 26/12/2017 N° 100073/17 v. 26/12/2017