CONTRATOS
Decreto 1102/2017
Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo.
Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-17350677-APN-MF y el Modelo de Contrato
de Préstamo N° 2193 propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA
ARGENTINA y el BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo N° 2193, el BANCO
CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), se compromete a
asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en
la ejecución del “Proyecto de Gestión por Resultados en Salud para la
Atención de la Población Adulta Mayor en la Argentina (PROGERSA)” por
un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES (U$S
30.000.000).
Que el objetivo del Proyecto es mejorar la calidad de vida del adulto
mayor y otras poblaciones prioritarias de la República Argentina, tales
como la población centenaria y los veteranos de guerra de las Islas
Malvinas, a través del perfeccionamiento de la gestión de atención del
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
en el cuidado de la salud de sus afiliados, de los sistemas de
información sobre el historial clínico de los afiliados y del
desarrollo de estudios para tener un conocimiento superior de la
situación de salud y las características sociales de grupos
poblacionales de mayor vulnerabilidad.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por el INSTITUTO NACIONAL DE
SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP).
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE FINANZAS, suscriba el Contrato de Préstamo N° 2193, así
como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho
préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Finanzas para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo N° 2193 y acuerde las
modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Proyecto de
Gestión por Resultados en Salud para la Atención de la Población Adulta
Mayor en la Argentina (PROGERSA)”, siempre y cuando no constituyan
cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en
un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral
pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en
este tipo de contratos con el BCIE y resultan adecuados a los
propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado
Préstamo.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de la Jurisdicción de origen.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 53 de
la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo N° 2193 a
celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO CENTROAMERICANO DE
INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), por un monto de hasta DÓLARES
ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES (U$S 30.000.000), destinado a
financiar parcialmente el “Proyecto de Gestión por Resultados en Salud
para la Atención de la Población Adulta Mayor en la Argentina
(PROGERSA)” que consta de QUINCE (15) artículos y DOCE (12) anexos, que
forma parte integrante de la presente medida como Anexo I
(IF-2017-17641876-APN-SSRFI#MF). Asimismo, forman parte integrante de
la presente medida, como Anexos II (IF-2017-17642044-APN-SSRFI#MF) y
III (IF-2017-17642184-APN-SSRFI#MF), las “Normas para la Aplicación de
la Política para la Obtención de Bienes, Obras, Servicios y
Consultorías” y la “Política para la Obtención de Bienes, Obras,
Servicios y Consultorías con Recursos del BCIE”, respectivamente, ambas
correspondientes a la edición del año 2013.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Ministro de Finanzas, o al funcionario
o funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo N°
2193 y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba
por el artículo 1º del presente decreto.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Ministro de Finanzas, o al funcionario
o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre
y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato
de Préstamo N° 2193 cuyo modelo se aprueba por el artículo 1º de la
presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP) como “Organismo Ejecutor” del
“Proyecto de Gestión por Resultados en Salud para la Atención de la
Población Adulta Mayor en la Argentina (PROGERSA)”, quedando facultado,
a realizar todas las operaciones y actos necesarios para la ejecución
del mismo, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo
de Contrato de Préstamo que se aprueba por el artículo 1° de la
presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Luis Andres
Caputo. — Adolfo Luis Rubinstein.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 28/12/2017 N° 101652/17 v. 28/12/2017
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)