MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución 1027-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2017
VISTO el Expediente N° EX–2017-32430848-APN-DDMIP#MJ, las Resoluciones
Nros. 151 del 30 de marzo de 2016 y 431 del 21 de junio de 2016 de este
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución MJyDH N° 151/16 se creó el PROGRAMA JUSTICIA 2020
como espacio de diálogo institucional y ciudadano tendiente a construir
una justicia cercana, moderna, transparente e independiente; y que
tiene por objetivo la elaboración, implementación y evaluación de
políticas para construir, de manera conjunta con la sociedad, una
justicia que genere resultados socialmente relevantes, a la vez que
brinde solución a los conflictos en forma rápida y confiable.
Que con la puesta en funcionamiento del mencionado Programa, se
ejecutaron diversas acciones que permitieron avanzar en el cumplimiento
de los objetivos trazados en el marco de dicha política pública.
Que en esa senda, y como iniciativa comprendida en el PROGAMA JUSTICIA
2020, por Resolución MJyDH N° 431/16 se creó el PROGRAMA JUSTO VOS, con
el fin de abordar a la justicia como un valor, instando a la sociedad a
la toma de conciencia sobre su responsabilidad en cuanto a ejercer
actos de justicia y en la observancia de la ley en su vida cotidiana.
Que este último se constituyó en una propuesta de enlace y coordinación
de diversas iniciativas de este Ministerio y de integración con otras
áreas del Estado, de la sociedad civil y de la ciudadanía en general, y
ha funcionado de manera transversal a diferentes organismos articulando
medidas y acciones tendientes a consolidar el valor justicia como un
activo social.
Que en virtud de lo señalado en el párrafo anterior, tomando en
consideración además la relevancia jerárquica de los distintos actores
con los cuales se han celebrado acuerdos institucionales, y a los
efectos de dar continuidad y fortalecer el trabajo que se viene
desarrollando en el marco del PROGRAMA JUSTO VOS, se estima conveniente
disponer que el mismo pase a depender de la UNIDAD MINISTRO, bajo la
supervisión inmediata del JEFE DE GABINETE DE ASESORES.
Que además, con el fin de asegurar el adecuado funcionamiento del
programa de mención, se entiende necesario introducir modificaciones a
su estructura de conducción, la que estará integrada por UN (1)
Coordinador General y DOS (2) Coordinadores Operativos, quienes se
desempeñarán en esos roles de manera “ad honorem”.
Que en ese sentido, tomando en consideración las labores desarrolladas
como Co-Coordinadores del PROGRAMA JUSTO VOS por los licenciados Daniel
Héctor SCARFÓ y Ezequiel GONZÁLEZ CHIAPPE, corresponde disponer la
continuidad de éstos, quienes asumirán el rol de Coordinadores
Operativos en el carácter arriba indicado.
Que finalmente, en orden a la experiencia recogida desde el inicio del
PROGRAMA JUSTO VOS a la fecha, habrá de derogarse los artículos 4°, 5°,
6° y 7° de la Resolución MJyDH N° 431/16.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas al
suscripto por los artículos 4°, inciso b), apartado 9 y 22, incisos 2 y
4 de la Ley de Ministerios (T.O. 1992) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyeses el artículo 1° de la Resolución MJyDH N° 431/16, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1°.- Créase el PROGRAMA JUSTO VOS, el que funcionará en la
órbita de la UNIDAD MINISTRO, bajo la supervisión inmediata del JEFE DE
GABINETE DE ASESORES”.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que para la realización y cumplimiento de los
objetivos y acciones previstos en los artículos 2° y 3° de la
Resolución MJyDH N° 431/16, el PROGRAMA JUSTO VOS contará con UN (1)
Coordinador General y DOS (2) Coordinadores Operativos, quienes se
desempeñarán de manera “ad honorem” y serán designados por resolución
del suscripto.
ARTÍCULO 3°.- El Coordinador General tendrá como función dirigir y
coordinar las actividades del PROGRAMA JUSTO VOS; en tanto que los
Coordinadores Operativos tendrán como responsabilidad llevar adelante
la ejecución de las actividades inherentes al mismo, conforme a las
pautas que sean fijadas para ello por el Coordinador General.
ARTÍCULO 4°.- Desígnanse como Coordinadores Operativos del PROGRAMA
JUSTO VOS a los Licenciados Daniel Héctor SCARFÓ (D.N.I. N° 17.195.903)
y Ezequiel GONZALEZ CHIAPPE (D.N.I. N° 27.777.763).
ARTÍCULO 5°.- Deróganse los artículos 4°, 5°, 6° y 7° de la Resolución MJyDH N° 431/16.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Germán Carlos Garavano.
e. 28/12/2017 N° 101033/17 v. 28/12/2017