ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 6/2018

Modificación. Decreto N° 357/2002.

Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-32961006-APN-SECCI#JGM, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios; y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran el referido a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciendo sus competencias.

Que en consideración a las políticas prioritarias de gobierno y sus objetivos estratégicos, resulta necesario incorporar al ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la SECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 99, incisos 1 y 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese, del Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios – Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL-, el Apartado XI, correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-01127188-APN-JGM), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- Incorpóranse al Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios –Objetivos-, en el Apartado XI, correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Objetivos de la SECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-01127073-APN-JGM), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos asignados por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente a la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña,

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 08/01/2018 N° 1082/18 v. 08/01/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)



PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1º

XI.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

- SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

- SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS DE DIFUSIÓN

- SUBSECRETARÍA DE VÍNCULO CIUDADANO

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y ANÁLISIS ECONÓMICO

SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS GLOBALES

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS

- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA E INVERSIÓN PÚBLICA

SECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL


PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2º

XI.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

OBJETIVOS:

1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño, desarrollo e implementación de políticas públicas que fortalezcan la integridad en la función pública y prevengan la corrupción, en coordinación con los organismos del ESTADO NACIONAL con competencias en la materia.

2. Diseñar y proponer lineamientos relacionados con el fortalecimiento institucional y la promoción de políticas de integridad en la función pública, en coordinación con las áreas con competencia del ESTADO NACIONAL.

3. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el seguimiento de la implementación de las políticas de integridad y fortalecimiento institucional, y en la coordinación de su ejecución, en relación con los organismos del ESTADO NACIONAL con competencia en la materia.

4. Evaluar y consolidar la información originada en las jurisdicciones cuyas competencias se encuentran vinculadas con los sistemas de control del sector público nacional, las políticas públicas de integridad y fortalecimiento institucional del ESTADO NACIONAL.

5. Desarrollar y administrar instrumentos de seguimiento y análisis referidos a las políticas públicas de integridad y fortalecimiento institucional en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.