ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 6/2018
Modificación. Decreto N° 357/2002.
Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2018
VISTO el Expediente N° EX-2017-32961006-APN-SECCI#JGM, el Decreto N°
357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y
complementarios; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus
modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de
aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta el
nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran el referido a la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciendo sus competencias.
Que en consideración a las políticas prioritarias de gobierno y sus
objetivos estratégicos, resulta necesario incorporar al ámbito de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la SECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO
INSTITUCIONAL.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas en el artículo 99, incisos 1 y 7, de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese, del Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº
357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y
complementarios – Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL-, el Apartado XI, correspondiente a la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el detalle obrante en la
Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-01127188-APN-JGM), que
forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2º.- Incorpóranse al Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº
357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y
complementarios –Objetivos-, en el Apartado XI, correspondiente a la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Objetivos de la SECRETARÍA DE
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, de conformidad con el detalle obrante en
la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-01127073-APN-JGM), que
forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a los créditos asignados por el
Presupuesto General de la Administración Nacional vigente a la
Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña,
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 08/01/2018 N° 1082/18 v. 08/01/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1º
XI.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
- SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
- SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS DE DIFUSIÓN
- SUBSECRETARÍA DE VÍNCULO CIUDADANO
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y ANÁLISIS ECONÓMICO
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS GLOBALES
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS
- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA E INVERSIÓN PÚBLICA
SECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2º
XI.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
OBJETIVOS:
1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño, desarrollo e
implementación de políticas públicas que fortalezcan la integridad en
la función pública y prevengan la corrupción, en coordinación con los
organismos del ESTADO NACIONAL con competencias en la materia.
2. Diseñar y proponer lineamientos relacionados con el fortalecimiento
institucional y la promoción de políticas de integridad en la función
pública, en coordinación con las áreas con competencia del ESTADO
NACIONAL.
3. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el seguimiento de la
implementación de las políticas de integridad y fortalecimiento
institucional, y en la coordinación de su ejecución, en relación con
los organismos del ESTADO NACIONAL con competencia en la materia.
4. Evaluar y consolidar la información originada en las jurisdicciones
cuyas competencias se encuentran vinculadas con los sistemas de control
del sector público nacional, las políticas públicas de integridad y
fortalecimiento institucional del ESTADO NACIONAL.
5. Desarrollar y administrar instrumentos de seguimiento y análisis
referidos a las políticas públicas de integridad y fortalecimiento
institucional en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.