AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DE ESTADO
Resolución 7-E/2018
Ciudad de Buenos Aires, 03/01/2018
VISTO el Expediente EX-2017-16726151-APN-DMEYD#AABE, los Decretos Nros.
1.382 del 9 de agosto de 2012, 1.416 del 18 de septiembre de 2013,
2.670 del 1º de diciembre de 2015, 68 del 25 de enero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la presentación
efectuada por el Secretario de la SECRETARÍA DE FRONTERAS dependiente
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, tendiente a la asignación en uso del
inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, en jurisdicción de la AGENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, ubicado en la Avenida
Independencia S/Nº esquina Belgrano, de la Localidad de Profesor
Salvador Mazza, Departamento de GENERAL SAN MARTÍN, Provincia de SALTA,
identificado catastralmente como Departamento 23, Localidad 51, Sección
A, Fracción A, Parcela 1, correspondiente al CIE: 66-0001519-0, con una
superficie de DIEZ MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON
QUINCE DECÍMETROS CUADRADOS (10.343,15 M2), según se detalla en el
Croquis que como ANEXO (IF-2017-30220505-APN-DIYRI#AABE) forma parte
integrante de la presente medida.
Que la solicitud referida en el considerando precedente tiene por
objeto destinar el inmueble al desarrollo de las funciones que le
corresponden al Secretario de Fronteras en cumplimiento de lo
establecido por el artículo 12 del Decreto Nº 68 de fecha 25 de enero
de 2017.
Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el ámbito de
esta Agencia, con el objeto de observar las condiciones de ocupación
del inmueble en cuestión, surge que dicho sector se encuentra
actualmente ocupado por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
(AFIP), el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
(SENASA) y GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, verificándose falta de
afectación especifica por parte de la jurisdicción de revista.
Que por Decreto Nº 68/2017 se creó la COMISIÓN NACIONAL DE FRONTERAS,
en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como organismo
regulador y coordinador del funcionamiento de los Pasos Internacionales
y Centros de Frontera que vinculan a la REPÚBLICA ARGENTINA con los
países limítrofes, a fin de armonizar su funcionamiento desde una
perspectiva interministerial que aumente la integración fronteriza,
facilite el tránsito de personas, agilice el comercio internacional y
prevenga el delito transnacional.
Que el artículo 9º del Decreto mencionado precedentemente, establece
que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, deberá realizar
la delimitación y actos necesarios para las asignaciones en uso y/o
concesiones que correspondan de los bienes comprendidos en los Centros
de Frontera que se crean y en los Pasos Internacionales.
Que el artículo 12 de la citada norme establece que el Secretario de
Fronteras del MINISTERIO DE SEGURIDAD, por sí o a través de un
representante, actuará como Coordinador General de los Pasos
Internacionales, conforme los artículos 2°, 3° y 4° del Decreto N°
2.086/77.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/12 se creó la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en
el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO tiene, entre sus
objetivos asignados por el citado Decreto Nº 1.382/12, la ejecución de
las políticas, normas y procedimientos que rigen la disposición y
administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL en uso,
concesionados y desafectados, la gestión de la información del REGISTRO
NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO, su evaluación y contralor, la
fiscalización permanente de la actividad inmobiliaria estatal y la
intervención en toda operación inmobiliaria de la totalidad de las
Jurisdicciones y Entidades que conforman el SECTOR PÚBLICO NACIONAL.
Que el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 y el artículo 23 del ANEXO
del Decreto Nº 2.670/15, establecen que la asignación y transferencia
de uso de inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL a todo organismo
integrante del Sector Público Nacional en los términos del Artículo 8º
de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control
del Sector Público Nacional y sus modificaciones, así como a
Universidades Nacionales, serán dispuestas por resolución de la AGENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que asimismo, el citado artículo 23 del ANEXO del Decreto Nº 2.670/15
dispone que los organismos de revista cursarán los pedidos de
asignación o transferencia de uso de inmuebles por ante la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, la cual efectuará los estudios de
factibilidad, previa fiscalización conforme los incisos 5 y 6 del
artículo 8° del Decreto N° 1.382/12 y su modificatorio. Luego de
efectuados los estudios de factibilidad se comunicará al organismo
solicitante, el rechazo de su pedido o, en su caso, se dispondrá la
asignación en uso, registrándose a tal efecto el cambio de Jurisdicción
o Entidad.
Que en consecuencia, resulta procedente asignar en uso al MINISTERIO DE
SEGURIDAD - SECRETARÍA DE FRONTERAS el inmueble propiedad del ESTADO
NACIONAL, ubicado en la Avenida Independencia S/Nº esquina Belgrano, de
la Localidad de Profesor Salvador Mazza, Departamento de GENERAL SAN
MARTÍN, Provincia de SALTA, según se detalla en el Croquis que como
ANEXO (IF-2017-30220505-APN-DIYRI#AABE) forma parte integrante de la
presente medida.
Que la presente medida se enmarca en la decisión política del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de hacer prevalecer el proceso de preservación del
patrimonio inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico
del mismo, con vista a su mejor aprovechamiento y utilización,
destinando la afectación de los bienes inmuebles estatales a la
planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas.
Que el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 establece que todas las
transferencias o asignaciones de uso de inmuebles de propiedad del
ESTADO NACIONAL deberán ser comunicadas en un plazo de CINCO (5) días
hábiles contados a partir del dictado de la resolución que así lo
disponga, a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE HACIENDA, para su correspondiente registro.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13 y 2.670/15.
Por ello,
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Asígnase en uso al MINISTERIO DE SEGURIDAD - SECRETARÍA
DE FRONTERAS el inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la
Avenida Independencia S/Nº esquina Belgrano, de la Localidad de
Profesor Salvador Mazza, Departamento de GENERAL SAN MARTÍN, Provincia
de SALTA, identificado catastralmente como Departamento 23, Localidad
51, Sección A, Fracción A, Parcela 1, correspondiente al CIE:
66-0001519-0, con una superficie de DIEZ MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
TRES METROS CUADRADOS CON QUINCE DECÍMETROS CUADRADOS (10.343,15 M2),
según se detalla en el Croquis que como ANEXO
(IF-2017-30220505-APN-DIYRI#AABE) forma parte integrante de la presente
medida, con destino al desarrollo de las funciones que le corresponden
al Secretario de Fronteras en cumplimiento de lo establecido por el
artículo 12 del Decreto Nº 68/17.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese al MINISTERIO DE SEGURIDAD y a la SECRETARÍA DE FRONTERAS.
ARTÍCULO 4º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ramon Maria Lanus. — Pedro Villanueva.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 08/01/2018 N° 670/18 v. 08/01/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)