MINISTERIO DE EDUCACIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
Disposición 2-E/2018
Ciudad de Buenos Aires, 04/01/2018
VISTO el expediente EX-2017-08110607-APN-INET#ME, la Ley Nº 22.317
relativa al Régimen de Crédito Fiscal, sus modificatorias Leyes Nº
23.653, Nº 24.624, Nº 25.300, la Ley Nº 27.341, la Disposición
DI-2017-6-APN-SSCA#ME de fecha 23 de mayo de 2017 y la Disposición
DI-2018-1-APN-INET#ME
CONSIDERANDO:
Que ha culminado el proceso de evaluación de los proyectos que se
presentaron a los fines del acceso al Régimen de Crédito Fiscal del
corriente año, realizada por el CENTRO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES
LABORALES DEL CONICET (CEIL - CONICET).
Que el proceso de evaluación distinguió como proyectos aprobados
aquellos que tuvieran 70 puntos o más. Que en función del puntaje
obtenido por cada proyecto se ha confeccionado un orden de mérito para
asignar el cupo establecido en la Ley 27.341.
Que se ha realizado la distribución jurisdiccional fijada en el punto 1.4 del procedimiento aprobado.
Que posteriormente se elaboró el orden de asignación teniendo en cuenta
la distribución jurisdiccional mencionada y el orden de mérito de los
proyectos presentados por las instituciones educativas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por los Decretos N° 143/00 y su modificatorio Nº 1895/02.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la evaluación realizada por el CENTRO DE ESTUDIOS
E INVESTIGACIONES LABORALES DEL CONICET (CEIL – CONICET).
ARTÍCULO 2º.- Asignar a los fines de la aplicación de las Leyes Nº
22.317, N° 23.653, N° 24.624, N° 25.300 y Nº 27.341, los proyectos
Educación -Trabajo, Asignación Directa y Capacitación y Actualización
Técnica Docente, presentados por los establecimientos educativos
comprendidos en el Anexo I (IF-2018-00726021-APN-INET#ME) y los
proyectos correspondientes a 111 Mil Programadores comprendidos en el
Anexo II (IF-2018-00726943-APN-INET#ME) y que forman parte de la
presente Disposición.
ARTÍCULO 3º.- Determinar que, si existiera liberación de cupo
resultante de la no ejecución de los proyectos del Anexo I y II, se
asignará para incrementar el monto de los proyectos aprobados generados
por posibles variaciones en los costos de los mismos ó podrán acceder
al Régimen en función del orden de mérito aquellos proyectos aprobados
que no hubieran accedido a otras fuentes de financiamiento.
ARTÍCULO 4°.- Autorizar el otorgamiento del correspondiente certificado
de crédito fiscal a las empresas que patrocinan los proyectos
mencionados en el Anexo I y II, con los límites establecidos en el
artículo 2º de la Ley Nº 22.317 y en la medida del cumplimiento de los
requisitos de la Disposición DI-2017-6-APN- SSCA#ME de fecha 23 de mayo
de 2017.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Leandro Gaston Goroyesky.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 08/01/2018 N° 709/18 v. 08/01/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Disposición N° 301/2018
del Instituto Nacional de Educación Tecnológica B.O. 03/01/2019 se
prorroga el plazo establecido para la ejecución y rendición de los
proyectos contenidos en el Anexo I y el Anexo II, que administra este
organismo, hasta el 30 de junio de 2019 inclusive)