MINISTERIO DE EDUCACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

Disposición 2-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 04/01/2018

VISTO el expediente EX-2017-08110607-APN-INET#ME, la Ley Nº 22.317 relativa al Régimen de Crédito Fiscal, sus modificatorias Leyes Nº 23.653, Nº 24.624, Nº 25.300, la Ley Nº 27.341, la Disposición DI-2017-6-APN-SSCA#ME de fecha 23 de mayo de 2017 y la Disposición DI-2018-1-APN-INET#ME

CONSIDERANDO:

Que ha culminado el proceso de evaluación de los proyectos que se presentaron a los fines del acceso al Régimen de Crédito Fiscal del corriente año, realizada por el CENTRO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES LABORALES DEL CONICET (CEIL - CONICET).

Que el proceso de evaluación distinguió como proyectos aprobados aquellos que tuvieran 70 puntos o más. Que en función del puntaje obtenido por cada proyecto se ha confeccionado un orden de mérito para asignar el cupo establecido en la Ley 27.341.

Que se ha realizado la distribución jurisdiccional fijada en el punto 1.4 del procedimiento aprobado.

Que posteriormente se elaboró el orden de asignación teniendo en cuenta la distribución jurisdiccional mencionada y el orden de mérito de los proyectos presentados por las instituciones educativas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por los Decretos N° 143/00 y su modificatorio Nº 1895/02.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la evaluación realizada por el CENTRO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES LABORALES DEL CONICET (CEIL – CONICET).

ARTÍCULO 2º.- Asignar a los fines de la aplicación de las Leyes Nº 22.317, N° 23.653, N° 24.624, N° 25.300 y Nº 27.341, los proyectos Educación -Trabajo, Asignación Directa y Capacitación y Actualización Técnica Docente, presentados por los establecimientos educativos comprendidos en el Anexo I (IF-2018-00726021-APN-INET#ME) y los proyectos correspondientes a 111 Mil Programadores comprendidos en el Anexo II (IF-2018-00726943-APN-INET#ME) y que forman parte de la presente Disposición.

ARTÍCULO 3º.- Determinar que, si existiera liberación de cupo resultante de la no ejecución de los proyectos del Anexo I y II, se asignará para incrementar el monto de los proyectos aprobados generados por posibles variaciones en los costos de los mismos ó podrán acceder al Régimen en función del orden de mérito aquellos proyectos aprobados que no hubieran accedido a otras fuentes de financiamiento.

ARTÍCULO 4°.- Autorizar el otorgamiento del correspondiente certificado de crédito fiscal a las empresas que patrocinan los proyectos mencionados en el Anexo I y II, con los límites establecidos en el artículo 2º de la Ley Nº 22.317 y en la medida del cumplimiento de los requisitos de la Disposición DI-2017-6-APN- SSCA#ME de fecha 23 de mayo de 2017.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Leandro Gaston Goroyesky.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 08/01/2018 N° 709/18 v. 08/01/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Disposición N° 301/2018 del Instituto Nacional de Educación Tecnológica B.O. 03/01/2019 se prorroga el plazo establecido para la ejecución y rendición de los proyectos contenidos en el Anexo I y el Anexo II, que administra este organismo, hasta el 30 de junio de 2019 inclusive)