MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 23-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2018

VISTO el Expediente EX-2017-31990277- -APN-DSCYO#MSG del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Resolución RESOL-2017-1463-APN-MSG de fecha 26 de Diciembre de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en la Ley Nº 25.054 se procedió a otorgar subsidios extraordinarios a las entidades de bomberos voluntarios mencionadas en el Anexo II con destino exclusivo a la adquisición de vehículos, materiales, equipos de vestuarios y demás elementos destinados a la lucha contra el fuego, eventos adversos por excesos hídricos y la protección civil de la población, como así también a la conservación y mantenimiento en perfecto estado y condiciones de uso de los mismos, conforme a lo establecido en el Artículo 4° del Manual de Rendiciones de Subsidios del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina, Resolución MS Nº 871/2016 y según las indicaciones específicas de la SECRETARIA DE PROTECCIÓN CIVIL en torno a las adquisiciones necesarias para cubrir los eventos adversos.

Que por un error material involuntario se consignó en forma errónea la suma total a transferirse como pago extraordinario en concepto de aporte económico, estando correctamente detallados en el Anexo II los montos destinados a cada una de las entidades de bomberos voluntarios beneficiarias.

Que, en consecuencia corresponde rectificar el artículo 4° de la Resolución RESOL-2017-1463-APN-MSG.

Que la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley de Procedimientos Administrativos N ° 19.549 y su Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O. 2017).

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese el artículo 4° de la Resolución RESOL-2017-1463-APN-MSG, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 4°.- Destínase a las entidades de bomberos voluntarios según el detalle y los montos que se fijan para cada una de ellas en el ANEXO II de la presente medida, y que obra como documento GDE: IF2017-32090700-APN-DSCYO#MSG, la suma de PESOS CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL ($ 40.299.000.-), que surge de la recaudación de la contribución prevista en el artículo 11 de la Ley Nacional Nº 25.054, distribuidos de conformidad con las razones que motivan los mismos, como PAGO EXTRAORDINARIO, en concepto de aporte económico, con destino exclusivo a la adquisición de vehículos, materiales, equipos de vestuarios y demás elementos destinados a la lucha contra el fuego, eventos adversos por excesos hídricos y la protección civil de la población, como así también a la conservación y mantenimiento en perfecto estado y condiciones de uso de los mismos, conforme a lo establecido en el Artículo 4° del Manual de Rendiciones de Subsidios del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina, Resolución MS Nº 871/2016 y según las indicaciones específicas de la SECRETARIA DE PROTECCIÓN CIVIL en torno a las adquisiciones necesarias para cubrir los eventos adversos descriptos en el Informe Técnico - Anexo IF-2017-31989944-APN-DSCYO#MSG y que se comunicarán a las Entidades bomberiles (a través de la DIRECCIÓN DE SOCIEDAD CIVIL Y ONGs).”

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Patricia Bullrich.

e. 09/01/2018 N° 1021/18 v. 09/01/2018