MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 23-E/2018
Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2018
VISTO el Expediente EX-2017-31990277- -APN-DSCYO#MSG del registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Resolución RESOL-2017-1463-APN-MSG de fecha
26 de Diciembre de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en la Ley Nº 25.054 se procedió a otorgar
subsidios extraordinarios a las entidades de bomberos voluntarios
mencionadas en el Anexo II con destino exclusivo a la adquisición de
vehículos, materiales, equipos de vestuarios y demás elementos
destinados a la lucha contra el fuego, eventos adversos por excesos
hídricos y la protección civil de la población, como así también a la
conservación y mantenimiento en perfecto estado y condiciones de uso de
los mismos, conforme a lo establecido en el Artículo 4° del Manual de
Rendiciones de Subsidios del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios
de la República Argentina, Resolución MS Nº 871/2016 y según las
indicaciones específicas de la SECRETARIA DE PROTECCIÓN CIVIL en torno
a las adquisiciones necesarias para cubrir los eventos adversos.
Que por un error material involuntario se consignó en forma errónea la
suma total a transferirse como pago extraordinario en concepto de
aporte económico, estando correctamente detallados en el Anexo II los
montos destinados a cada una de las entidades de bomberos voluntarios
beneficiarias.
Que, en consecuencia corresponde rectificar el artículo 4° de la Resolución RESOL-2017-1463-APN-MSG.
Que la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley
de Procedimientos Administrativos N ° 19.549 y su Decreto Reglamentario
N° 1759/72 (T.O. 2017).
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese el artículo 4° de la Resolución
RESOL-2017-1463-APN-MSG, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
“ARTÍCULO 4°.- Destínase a las entidades de bomberos voluntarios según
el detalle y los montos que se fijan para cada una de ellas en el ANEXO
II de la presente medida, y que obra como documento GDE:
IF2017-32090700-APN-DSCYO#MSG, la suma de PESOS CUARENTA MILLONES
DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL ($ 40.299.000.-), que surge de la
recaudación de la contribución prevista en el artículo 11 de la Ley
Nacional Nº 25.054, distribuidos de conformidad con las razones que
motivan los mismos, como PAGO EXTRAORDINARIO, en concepto de aporte
económico, con destino exclusivo a la adquisición de vehículos,
materiales, equipos de vestuarios y demás elementos destinados a la
lucha contra el fuego, eventos adversos por excesos hídricos y la
protección civil de la población, como así también a la conservación y
mantenimiento en perfecto estado y condiciones de uso de los mismos,
conforme a lo establecido en el Artículo 4° del Manual de Rendiciones
de Subsidios del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la
República Argentina, Resolución MS Nº 871/2016 y según las indicaciones
específicas de la SECRETARIA DE PROTECCIÓN CIVIL en torno a las
adquisiciones necesarias para cubrir los eventos adversos descriptos en
el Informe Técnico - Anexo IF-2017-31989944-APN-DSCYO#MSG y que se
comunicarán a las Entidades bomberiles (a través de la DIRECCIÓN DE
SOCIEDAD CIVIL Y ONGs).”
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Patricia Bullrich.
e. 09/01/2018 N° 1021/18 v. 09/01/2018