MINISTERIO DE HACIENDA
Decreto 30/2018
Simplificación: Sistema de seguro de garantía de los depósitos bancarios. Elimina tope.
Ciudad de Buenos Aires, 10/01/2018
VISTO el Expediente N° EX-2017-26472689-APN-DMEYN#MHA, la Ley N° 24.485
y su modificatoria, el Decreto N° 540 del 12 de abril 1995 y sus
modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 540 del 12 de abril de 1995, y sus
modificatorios, se reglamenta la organización y puesta en
funcionamiento del sistema de seguro de garantía de los depósitos
bancarios establecido en el artículo 1° de la Ley N° 24.485 y su
modificatoria.
Que en el inciso d) del artículo 12 del Decreto N° 540/95 se establece
que no están alcanzados por la cobertura del sistema de garantía “los
depósitos constituidos con posterioridad al 1° de julio del año en
curso, sobre los cuales se hubiere pactado una tasa de interés superior
en dos puntos porcentuales anuales a la tasa de interés pasiva para
plazos equivalentes del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA correspondiente al
día anterior al de la imposición”.
Que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA ha adoptado una serie de
medidas con el objetivo de fomentar la competencia entre las entidades
financieras y lograr una mejora en los costos del sistema financiero en
general.
Que en este contexto, resulta necesario eliminar el tope establecido,
derogando el inciso d) del artículo 12 del citado decreto, a fin de
alentar, a través de la tasa de interés, la competencia en la captación
de depósitos a la vista.
Que el presente decreto se dicta en virtud de lo previsto en el artículo 99, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Derógase el inciso d) del artículo 12 del Decreto N° 540 del 12 de abril de 1995 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Nicolas Dujovne.
e. 11/01/2018 N° 1860/18 v. 11/01/2018