MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
Resolución 3-E/2018
Ciudad de Buenos Aires, 10/01/2018
VISTO el Expediente EX-2017-23398193-APN-SECGT#MTR del Registro del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones mencionadas en el Visto, la SECRETARÍA DE
PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE informa mediante Nota N°
NO-2017-23195304-APN-SECPT#MTR que se han finalizado las obras
correspondientes al corredor “Metrobús Ruta N° 8”, que se encuentra
situado sobre la traza de la Avenida Eva Perón —ex Ruta Nacional N° 8—,
en los Partidos de TRES DE FEBRERO y SAN MARTÍN, entre la Rotonda de
Ruta Provincial N° 4 y Autopista Camino del Buen Ayre, sugiriendo que
se instrumenten los procedimientos necesarios a fin de modificar los
recorridos de SIETE (7) líneas de colectivos, entre las que se listan
las Nros. 57, 78 y 176, que prestan servicios de transporte automotor
de pasajeros de jurisdicción nacional en las proximidades del aludido
corredor.
Que la implementación de nuevos corredores de “Metrobús” contempla la
necesidad de mejorar la calidad de vida de los habitantes de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de la REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS AIRES,
de reducir los efectos negativos del transporte sobre el medio
ambiente, de conferir prioridad a la circulación y operación del
transporte colectivo de pasajeros y de diseñar un sistema de transporte
más eficiente, optimizando la oferta de la flota y el kilometraje
recorrido, y favoreciendo el desarrollo sustentable.
Que la experiencia colectada con la implementación de este tipo de
corredores resulta altamente positiva, dado que se evidencian mejoras
tanto en las condiciones de movilidad de los usuarios, como en el
escenario ambiental y en las condiciones de tránsito y circulación
vehicular.
Que en materia de movilidad, el ESTADO NACIONAL se encuentra elaborando
una serie de medidas tendientes a mejorar la operatoria del
autotransporte público de pasajeros, priorizando su operatoria en las
avenidas y evitando de esa manera su circulación por las calles de
menor sección.
Que resulta oportuno mencionar que la iniciativa propiciada se
encuentra en perfecta concomitancia con los lineamientos y objetivos
aludidos en el considerando precedente.
Que asimismo, cabe destacar que la Línea N° 57 se encuentra operada por
la empresa TRANSPORTES ATLANTIDA SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, la Línea
N° 78 es explotada por la firma LOS CONSTITUYENTES SOCIEDAD ANÓNIMA DE
TRANSPORTE y en la Línea N° 176 resulta ser prestataria la empresa
EXPRESO GENERAL SARMIENTO SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que todos estos servicios son de carácter público y de Jurisdicción
Nacional conforme lo normado en el Decreto N° 656 de fecha 29 de abril
de 1994.
Que las empresas TRANSPORTES ATLANTIDA SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL
—Línea N° 57 —, LOS CONSTITUYENTES SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE
—Línea N° 78— y EXPRESO GENERAL SARMIENTO SOCIEDAD ANÓNIMA —Línea N°
176— han obtenido su correspondiente Permiso de Explotación de Servicio
Público de Transporte por Automotor de Pasajeros de Carácter Urbano y
Suburbano de Jurisdicción Nacional mediante la Disposición S.S.T.M. y
L.D. N° 166 de fecha 20 de marzo de 1997 para el caso de la línea N°
57, la Resolución S.T. N° 164 de fecha 1 de abril de 2005 para la línea
N° 78 y la Resolución S.T. N° 2 de fecha 6 de enero de 1998 para el
caso de la línea 176. Que la solución propuesta resulta conveniente y
beneficiosa para el público usuario, correspondiendo a esta SECRETARÍA
DE GESTIÓN DE TRANSPORTE “entender en la gestión de los modos de
transporte nacional, bajo las modalidades, terrestre, fluvial,
marítimo, y actividades portuarias y de las vías navegables” y asimismo
“(…) coordinar las acciones que permitan el desarrollo de los modos
terrestre, fluvial y marítimo, así como del transporte multimodal, de
conformidad con la legislación y la normativa vigente”.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio ha
tomado la intervención de su competencia.
Que el presente pronunciamiento encuadra en las previsiones
establecidas en los Decretos Nros. 656 de fecha 29 de abril de 1994 y
617 de fecha 25 de abril de 2016.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el itinerario de los Recorridos A, C, D, E, H
e I de la Línea Nº 57 —operada por la empresa TRANSPORTES ATLANTIDA
SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL—, conforme el siguiente detalle:
Recorrido A: IDA A MERCEDES: por su ruta, ingreso a carriles exclusivos
Metrobús RUTA 8 altura AVENIDA BERNABÉ MÁRQUEZ – RP N° 4, salida de
carriles exclusivos altura AVENIDA PRESIDENTE JUAN DOMINGO PERÓN, su
ruta.
Recorridos C y D: IDA A LUJÁN: por su ruta, ingreso a carriles
exclusivos Metrobús RUTA 8 altura AVENIDA BERNABÉ MÁRQUEZ – RP N° 4,
salida de carriles exclusivos altura AVENIDA PRESIDENTE JUAN DOMINGO
PERÓN, su ruta.
Recorrido E: IDA A PILAR: por su ruta, ingreso a carriles exclusivos
Metrobús RUTA 8 altura AVENIDA BERNABÉ MÁRQUEZ – RP N° 4, salida de
carriles exclusivos altura AVENIDA PRESIDENTE JUAN DOMINGO PERÓN, su
ruta.
Recorrido H: IDA A EXALTACIÓN DE LA CRUZ: por su ruta, ingreso a
carriles exclusivos Metrobús RUTA 8 altura AVENIDA BERNABÉ MÁRQUEZ – RP
N° 4, salida de carriles exclusivos altura AVENIDA PRESIDENTE JUAN
DOMINGO PERÓN, su ruta.
Recorrido I: IDA A MORENO: por su ruta, ingreso a carriles exclusivos
Metrobús RUTA 8 altura AVENIDA BERNABÉ MÁRQUEZ – RP N° 4, salida de
carriles exclusivos altura AVENIDA PRESIDENTE JUAN DOMINGO PERÓN, su
ruta.
Recorridos A, C, D, E, H e I: REGRESO A PLAZA ITALIA: por su ruta,
ingreso a carriles exclusivos Metrobús RUTA 8, salida de carriles
exclusivos, su ruta.
ARTÍCULO 2°.- Modifícase el itinerario de los Recorridos Línea N° 78
—operada por la empresa LOS CONSTITUYENTES SOCIEDAD ANÓNIMA DE
TRANSPORTE—, según el siguiente detalle:
Recorrido C: IDA A LOMA HERMOSA (Partido de TRES DE FEBRERO): por su
ruta LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN, AVENIDA BRIGADIER GENERAL JUAN
MANUEL DE ROSAS, AVENIDA EVA PERÓN – RP N°8 -, ingreso a carriles
exclusivos Metrobús RUTA 8 altura AVENIDA BERNABÉ MÁRQUEZ – RP N° 4,
salida de carriles exclusivos altura ITUZAINGÓ - ITUZAINGÓ - CONGRESO -
RÍO PILCOMAYO.
Recorrido C: REGRESO A CHACARITA (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES):
Desde RÍO PILCOMAYO y AVENIDA EVA PERÓN – RP N°8, por esta ingresando a
carriles exclusivos Metrobús RUTA 8, salida de carriles exclusivos
altura AVENIDA BERNABÉ MÁRQUEZ RPN° 4 - AVENIDA BERNABÉ MÁRQUEZ – RPN°
4, AVENIDA BRIGADIER GENERAL JUAN MANUEL DE ROSAS, su ruta.
ARTÍCULO 3°.- Modifícase el itinerario de los Recorridos Línea N° 176
—operada por la empresa EXPRESO GENERAL SARMIENTO SOCIEDAD ANÓNIMA—,
según el siguiente detalle:
Recorridos A, B, F, J y K: IDA A ESCOBAR: por su ruta - ingreso a
carriles exclusivos Metrobús RUTA 8 altura AVENIDA BERNABÉ MÁRQUEZ -
RPN°4, salida de carriles exclusivos AVENIDA PRESIDENTE JUAN DOMINGO
PERÓN, su ruta.
Recorridos C y L: IDA A PILAR: por su ruta -ingreso a carriles
exclusivos Metrobús RUTA 8 altura AVENIDA BERNABÉ MÁRQUEZ RPN° 4,
salida de carriles exclusivos AVENIDA PRESIDENTE JUAN DOMINGO PERÓN, su
ruta.
Recorridos D, I, y N: IDA A JOSÉ C. PAZ: por su ruta -ingreso a
carriles exclusivos Metrobús RUTA 8 altura AVENIDA BERNABÉ MÁRQUEZ RPN°
4, salida de carriles exclusivos AVENIDA PRESIDENTE JUAN DOMINGO PERÓN,
su ruta.
Recorridos E, G, H y M: IDA A MALVINAS ARGENTINAS: por su ruta -
ingreso a carriles exclusivos Metrobús RUTA 8 altura AVENIDA BERNABÉ
MÁRQUEZ RPN° 4, salida de carriles exclusivos AVENIDA PRESIDENTE JUAN
DOMINGO PERÓN, su ruta.
Recorrido Ñ: IDA A PILAR: por su ruta - ingreso a carriles exclusivos
Metrobús RUTA 8 altura AVENIDA BERNABÉ MÁRQUEZ RPN° 4, salida de
carriles exclusivos AVENIDA PRESIDENTE JUAN DOMINGO PERÓN, su ruta.
Recorridos A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K, L, M, N y Ñ: REGRESO A
CHACARITA (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES): por su ruta - ingreso a
carriles exclusivos Metrobús RUTA 8 altura AVENIDA PRESIDENTE JUAN
DOMINGO PERÓN, salida de carriles exclusivos altura AVENIDA BERNABÉ
MÁRQUEZ RPN° 4, su ruta.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL
TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito del
MINISTERIO TRANSPORTE, para que actualice los parámetros operativos de
las líneas referidas, conforme los recorridos mencionados en los
artículos 1°, 2° y 3° de la presente resolución.
ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a las interesadas.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del GOBIERNO DE
LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE de
la Provincia DE BUENOS AIRES, a la DIRECCIÓN DE TRANSITO Y TRANSPORTE
del Municipio de SAN MARTÍN y a la Municipalidad de TRES DE FEBRERO.
Cumplido, gírense las presentes actuaciones a la COMISIÓN NACIONAL DE
REGULACIÓN DEL TRANSPORTE organismo descentralizado actuante en el
ámbito del MINISTERIO TRANSPORTE para la notificación de la interesada
y la prosecución de su trámite.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Hector Guillermo Krantzer.
e. 12/01/2018 N° 1967/18 v. 12/01/2018