Decreto 38/2018
Desígnase Presidente.
Ciudad de Buenos Aires, 12/01/2018
VISTO el Expediente N° EX-2017-29346413-APN-DDYME#MA, la Ley N° 27.233, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se propicia la designación
del Presidente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en jurisdicción del
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
Que por el artículo 5° de la Ley N° 27.233 el SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en su carácter de organismo
descentralizado con autarquía económica financiera y
técnico-administrativa y dotado de personería jurídica propia, en el
ámbito del derecho público y privado, en jurisdicción del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, es la Autoridad de
Aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y controlar el
desarrollo de las acciones previstas en dicha norma.
Que por razones organizativas y a fin de optimizar el cumplimiento de
los objetivos previstos en la citada Ley N° 27.233 resulta pertinente
otorgar el rango y jerarquía de Secretario al cargo de Presidente del
referido Servicio Nacional.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL es competente para dictar la presente
medida en virtud de las facultades conferidas por el artículo 99,
incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase Presidente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en jurisdicción del
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA al Ingeniero en Producción Agropecuaria D.
Ricardo Luis NEGRI (M.I. Nº 23.326.966), a partir del día 1° de
diciembre de 2017 y para completar un período de ley.
ARTÍCULO 2°.- Asígnase al cargo de Presidente del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en
jurisdicción del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA el rango y jerarquía de
Secretario.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será imputado con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 52- MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, Entidad 623 - SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en jurisdicción del citado Ministerio.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Luis Miguel Etchevehere.
e. 15/01/2018 N° 2373/18 v. 15/01/2018