ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución 230/2018
Buenos Aires, 11/01/2018
VISTO la Ley N° 24.076 y su reglamentación aprobada por Decreto N°
1.738 del 18 de Setiembre de 1992 y el Expediente N° 33305 del REGISTRO
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27.431 (B.O. 02/01/18), aprobó el Presupuesto General de
la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, que comprende el
presupuesto del ENARGAS.
Que, de acuerdo al presupuesto aprobado, la Tasa de Fiscalización y
Control para el ejercicio 2018 es de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y
SIETE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y UNO
($857.531.181.-).
Que, a efectos de asegurar el correcto desempeño de las funciones
asignadas por la Ley N° 24.076 a esta Autoridad Regulatoria, y atento a
lo dispuesto por los Artículos N° 62 y N° 63 del Decreto N° 1738/92, y
hasta tanto sea dictada la Decisión Administrativa del Jefe de Gabinete
de Ministros que distribuye el Presupuesto aprobado, resulta necesario
establecer un anticipo de la Tasa de Fiscalización para el año 2018.
Que, a fin de determinar la base de cálculo para este anticipo, se
cuenta con la información suministrada por la Gerencia de Desempeño y
Economía del ENARGAS, mediante el Informe GDyE N° 271/17,
correspondiente a los ingresos brutos por la actividad regulada que
surge de los últimos Estados Contables, disponibles por esa Gerencia,
de las Distribuidoras y Transportistas, presentados ante esta Autoridad
Regulatoria en cumplimiento de las Resoluciones ENARGAS N° 1660/00 y N°
163/95 y sus concordantes.
Que, este anticipo se tomará a cuenta del importe que a todos los
sujetos que resulten obligados al pago les corresponda abonar en
concepto de Tasa de Fiscalización y Control para el Año 2018, el que se
determinará en forma definitiva en oportunidad del pago de la última
cuota de la mencionada Tasa, en base a los ingresos brutos por
actividad regulada que surja de los Estados Contables al 31 de
diciembre de 2017 o últimos presentados por las Distribuidoras,
Transportistas y Subdistribuidoras y en una suma fija para las
Comercializadoras.
Que, esta Autoridad Regulatoria emite el presente Acto Administrativo,
en cumplimiento de la autorización de Recursos aprobada por la Ley
Nacional de Presupuesto N° 27.431, correspondiente al presente
ejercicio, y con el objeto de financiar los gastos necesarios para el
desarrollo de las funciones y facultades que el Marco Regulatorio de la
Industria del Gas ha otorgado al ENARGAS, en orden de asegurar el
control del Servicio Público de Transporte y Distribución de Gas
Natural por Redes.
Que, el Servicio Jurídico Permanente del Ente Nacional Regulador del Gas, ha tomado la intervención que por derecho corresponde.
Que, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el
dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos
62 y 63 de la Ley N° 24.076 y su reglamentación, aprobada por el
Decreto N° 1738/92 y las atribuciones conferidas por el Artículo 52,
Incisos a) y x), de la Ley N° 24.076 y su reglamentación.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Fijar el primer anticipo de la Tasa de Fiscalización y
Control para el año 2018 en la suma de PESOS DOSCIENTOS CATORCE
MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS ($
214.382.796.-), que será abonada según el detalle obrante como Anexo I
de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Establecer como fecha de vencimiento para el ingreso del presente anticipo el 25 de enero de 2018.
ARTÍCULO 3°.- Registrar, comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archivar. — Diego Fernando Guichón,
Director. — Griselda Lambertini, Directora. — Carlos Alberto María
Casares, Director.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 15/01/2018 N° 2082/18 v. 15/01/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)