MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Resolución 6-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2018

VISTO el Expediente Nº S01:0229504/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y

CONSIDERANDO:

Que la firma CAUCHARÍ SOLAR I SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (CAUCHARÍ SOLAR I S.A.U.) solicitó su habilitación como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para su Parque Solar Caucharí I de CIEN MEGAVATIOS (100 MW) de potencia nominal, instalado en la Localidad de Caucharí, Provincia de JUJUY, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la Estación Transformadora Altiplano, vinculada a la Línea de Alta Tensión de TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO KILOVOLTIOS (345 kV) Cobos - Los Andes, operada por INTERANDES SOCIEDAD ANÓNIMA.

Que, mediante Nota N° B-110003-2 de fecha 23 de enero de 2017, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informa que la firma CAUCHARÍ SOLAR I S.A.U. cumple los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MEM.

Que, mediante las Resoluciones Nros. 182 de fecha 11 de agosto de 2016 y 183 de fecha 6 de junio de 2017, la SECRETARÍA DE CALIDAD AMBIENTAL del MINISTERIO DE AMBIENTE del Gobierno de la Provincia de JUJUY, resuelve otorgar la Factibilidad Ambiental al Proyecto Parque Solar Caucharí I.

Que la firma CAUCHARÍ SOLAR I S.A.U. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM del Parque Solar Caucharí I se publicó en el Boletín Oficial Nº 33.666, de fecha 14 de julio de 2017 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el artículo 11 de la Resolución Nº 6 de fecha 25 de enero de 2016 de este Ministerio, delegó en esta Secretaría las facultades asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según los artículos 35, 36 y 37 de la Ley Nº 24.065.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065 y por la Resolución Nº 25 de fecha 16 de marzo de 2016 de este Ministerio.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma CAUCHARÍ SOLAR I SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (CAUCHARÍ SOLAR I S.A.U.) para su Parque Solar Caucharí I de CIEN MEGAVATIOS (100 MW) de potencia nominal, instalado en la Localidad de Caucharí, Provincia de JUJUY, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la Estación Transformadora Altiplano, vinculada a la Línea de Alta Tensión de TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO KILOVOLTIOS (345 kV) Cobos - Los Andes, operada por INTERANDES SOCIEDAD ANÓNIMA (INTERANDES S.A.).

ARTÍCULO 2º.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás Agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la firma CAUCHARÍ SOLAR I S.A.U., titular del Parque Solar Caucharí I, en su vínculo de interconexión con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del Período Estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3º- Notifíquese a la firma CAUCHARÍ SOLAR I S.A.U., a CAMMESA, a INTERANDES S.A. y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de este Ministerio.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alejandro Valerio Sruoga.

e. 26/01/2018 N° 4281/18 v. 26/01/2018