MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y MEDIO AMBIENTE

ESTUPEFACIENTES

RESOLUCION Nº 1965/83

Actualización de la nómina de drogas farmacéuticas estupefacientes sujetas a fiscalización y control de la Autoridad Sanitaria Nacional, modificando las Listas agregadas a la Ley Nº 17.818.

Bs. As. 16/8/83

VISTO la facultad conferida al que suscribe por el Artículo 1º in fine de la Ley Nº 17.818, y

CONSIDERANDO:

Que es conveniente actualizar la nómina de drogas farmacéuticas estupefacientes sujetas a fiscalización y control de la autoridad sanitaria nacional, modificando las listas agregadas a la Ley Nº 17.818.

Que dicha conveniencia resulta de la aplicación de las modificaciones introducidas por la Comisión de Estupefacientes en sus propios listados y en razón de ser nuestro país parte de la misma.

Que realmente corresponde una mayor clasificación en los alcances de las listas II y III, tanto en el orden de su empleo interno como a sus características de exportación.

Que atento a las facultades conferidas por los artículos 4º, inciso a), apartado 6º; y 25, incisos 15 y 31 de la Ley Nº 22.520.

Por ello,

El ministro de Salud Pública y Medio Ambiente

Resuelve:

Artículo 1º - Actualízanse las Listas I, II, III y IV de la Ley Nº 17.818 de Estupefacientes y los textos explicatorios de uso, que se incluyen en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.

Art. 2º - Actualízase el listado de las especialidades que contienen drogas de los listados anteriores según Anexo II que forma parte de la presente.

Art. 3º - Regístrese, publíquese en el Boletín Informativo durante Tres (3) días, comuníquese a quienes corresponda, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, cumplido, archívese.

Rodríguez Castells