MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Disposición 185-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 21/11/2017
VISTO el Expediente Nº 1.671.636/2015 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que atento a haberse advertido errores materiales involuntarios en la
confección de la Resolución S.S.R.L. N° 402/16, corresponde proceder a
su rectificación en los términos del artículo 101 del Decreto N°
1759/72.
Que los considerandos primero, segundo, tercero y cuarto serán los
siguientes, “Que el acuerdo obrante a fojas 2/3 celebrado entre la
ASOCIACION ARGENTINA DE AERONAVEGANTES y las empresas AEROLINEAS
ARGENTINAS S.A. y AUSTRAL LINEAS AEREAS DEL SUR S.A. fue suscripto en
el marco del CCT N° 43/91 “E” y el CCT N° 51/91 “E”.
Que el acuerdo obrante a fojas 4/6 celebrando entre la ASOCIACION
ARGENTINA DE AERONAVEGANTES y las empresas AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. y
AUSTRAL LINEAS AEREAS DEL SUR S.A. fue suscripto en el marco del CCT N°
43/91 “E” y el CCT N° 51/91 “E”.
Que el acuerdo obrante a fojas 7/9 celebrado entre la ASOCIACION
ARGENTINA DE AERONAVEGANTES y la empresa AUSTRAL LINEAS AEREAS DEL SUR
S.A. fue suscripto en el marco del CCT N° 51/91 “E”.
Que las escalas obrantes a fojas 61/62 corresponden al acuerdo obrante
a fojas 2/3 celebrado entre la ASOCIACION ARGENTINA DE AERONAVEGANTES y
las empresas AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. y AUSTRAL LINEAS AEREAS DEL SUR
S.A. suscripto en el marco del CCT N° 43/91 “E” y el CCT N° 51/91 “E”.”
Que el considerando quinto quedara redactado de la siguiente forma “Que
en los mentados Acuerdos las partes convinieron los incrementos de los
básicos salariales y adicionales, en los porcentajes, plazos y demás
condiciones allí pactadas”.
Que los considerandos tercero hasta el un décimo de la Resolución
S.S.R.L. N° 402/16 pasaran a ocupar los lugares de sexto hasta el
catorce.
Que el ARTICULO 1° quedara redactado de la siguiente forma, “ARTICULO
1°.- Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION
ARGENTINA DE AERONAVEGANTES y las empresas AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. y
AUSTRAL LINEAS AEREAS DEL SUR S.A., en el marco del CCT N° 43/91 “E” y
el CCT N° 51/91 “E”, de conformidad con la Ley de Negociación Colectiva
N° 14.250 (t.o. 2004), que luce a fojas 2/3 del Expediente N°
1.671.636/15.”
Que el ARTICULO 2° quedara redactado de la siguiente forma, “ARTICULO
2°.- Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION
ARGENTINA DE AERONAVEGANTES y las empresas AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. y
AUSTRAL LINEAS AEREAS DEL SUR S.A., en el marco del CCT N° 43/91 “E” y
el CCT N° 51/91 “E”, de conformidad con la Ley de Negociación Colectiva
N° 14.250 (t.o. 2004), que luce a fojas 4/6 del Expediente N°
1.671.636/15.”
Que el “ARTICULO 3° quedara redactado de la siguiente forma, “ARTICULO
3°.- Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION
ARGENTINA DE AERONAVEGANTES y la empresa AUSTRAL LINEAS AEREAS DEL SUR
S.A. suscripto en el marco del CCT N° 51/91 “E”, de conformidad con la
Ley de Negociación Colectiva 14.250 (t.o. 2004), que luce a fojas 7/9
del Expediente N° 1671.636/15.”
Que el ARTICULO 4° quedara redactado de la siguiente forma, “ARTICULO
4.- Declárese homologado la escala salarial para la ASOCIACION
ARGENTINA DE AERONAVEGANTES y las empresas AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. y
AUSTRAL LINEAS AEREAS DEL SUR S.A. en el marco del CCT N° 43/91 “E” y
el CCT N° 51/91 “E” de conformidad con la Ley de Negociación Colectiva
14.250 (t.o. 2004), que luce a fojas 61/62 del Expediente N°
1671.636/15.”
Que las facultades de la suscripta para disponer en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese la Resolución S.s.R.L. N° 402 de fecha 21 de
junio de 2016, en los considerandos y en su parte resolutiva conforme
se detalla en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar lo
indicado oportunamente en la Resolución referida.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo y de esta Disposición, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº
14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 25/01/2018 N° 4029/18 v. 25/01/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)