INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 129-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2018

VISTO el Expediente Nº 7512/2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, las Resoluciones INCAA Nº 2589 del 2 de diciembre de 2009, Nº 589 del 26 de marzo de 2010, Nº 2337 del 26 de octubre de 2010, y Nº 1873 del 30 de junio de 2015 y;

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es un ente público no estatal del ámbito del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN y conforme lo establece la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tiene a su cargo el fomento y regulación de la actividad audiovisual en todo el territorio de la República.

Que el artículo 24 de la citada Ley dispone, entre las aplicaciones del Fondo de Fomento Cinematográfico, que las sumas del mismo podrán destinarse a la promoción en el país de actividades que concurran a asegurar la mejor difusión y exhibición de películas nacionales.

Que mediante Resolución INCAA Nº 2589/2009 y su modificatoria Nº 589/2010 se creó en el ámbito y bajo la dependencia del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES el programa denominado INCAA tv.

Que por la Resolución INCAA Nº 1873/2015 se creó la Coordinación General de la Plataforma de Video a Demanda “ODEÓN” destinada a la difusión y emisión de contenidos cinematográficos y audiovisuales nacionales, regionales e internacionales, la cual se encuentra disponible en Internet bajo la modalidad de acceso en línea (streaming).

Que entre las actividades que desarrolla el Instituto a los efectos de promocionar, exhibir y difundir cinematografía nacional se encuentra la de realizar convenios con canales públicos del interior del país.

Que mediante la Resolución INCAA Nº 2337/2010 se dispuso la obligatoriedad de cesión de derechos de exhibición televisiva de películas argentinas que sean beneficiarias de apoyos económicos para lanzamiento o permanencia mínima en salas de cine, al canal de televisión del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIVISUALES, llamado INCAA tv.

Que a partir del 4 de abril de 2017 las pantallas de cine nacional del INSTITUTO NACIONAL Y CINE Y ARTES AUDIOVISUALES: INCAA tv y ODEÓN pasaron a llamarse CINE.AR y CINE.AR PLAY respectivamente.

Que en ese sentido se estima oportuno extender tales derechos de exhibición televisiva al INSTITUTO NACIONAL Y CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para su exhibición sin exclusividad en la Plataforma de Video a Demanda (VOD) denominada CINE.AR PLAY y en los canales públicos nacionales y/o provinciales y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del territorio de la República Argentina con los que el Instituto tenga firmados convenios.

Que, en ese contexto, corresponde dejar sin efecto la Resolución INCAA N° 2337/2010.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto resolutivo se emite en el marco de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y su modificatoria y el Decreto Nº 324/2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establecer, conforme lo establecido en el Artículo 51 de la Ley Nº 11.723 (t.o. 2001) y sus modificatorias, que todos los productores, realizadores y/o titulares de las películas que reciban algún beneficio económico en concepto de apoyo para lanzamiento comercial o permanencia mínima en salas de cine en el territorio nacional, ceden los derechos de exhibición por TRES (3) años a partir de los DOS (2) años del estreno, al INSTITUTO NACIONAL Y CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para su exhibición televisiva, sin exclusividad y para el territorio argentino través de la pantalla televisiva CINE.AR, en la Plataforma de Video a Demanda (VOD) del INCAA, denominada CINE.AR PLAY y a los canales públicos nacionales y/o provinciales y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del territorio de la República Argentina con los que el Instituto tenga firmado convenios. Asimismo y con fines de difusión, autorizan el uso de la imagen sobre el trailer, el afiche y fotos fijas de la película, fotos del elenco y de la dirección.

ARTÍCULO 2º.- Determinar que el productor deberá presentar dentro de los SESENTA (60) días posteriores al estreno, un DISCO RÍGIDO conteniendo el archivo de la película en formato HD, archivo MXF/MOV, resolución 1920*1080 pixeles, FPS 25 y un BLURAY con similares especificaciones, ficha técnica, trailer, fotos y afiche de la película en caso de no haber acompañado la copia A en los términos de la Resolución INCAA Nº 4/2017, cuatro fotos fijas tif/jpg alta resolución, fotos del director y elenco y tráiler.

ARTÍCULO 3º.- Dejar sin efecto la Resolución INCAA Nº 2337/2010.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ralph Douglas Haiek.

e. 26/01/2018 N° 4478/18 v. 26/01/2018