MINISTERIO DE SEGURIDAD

RECOMPENSAS

Resolución 95-E/2018

Ofrécese recompensa.

Ciudad de Buenos Aires, 29/01/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2017- 35174944- -APN-SECCPJMPYL#MSG del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, y la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y el Legajo Nº 29/2017 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que ante el Juzgado Federal N° 1 de Paraná, Provincia de ENTRE RIOS, a cargo del Doctor Leandro Damián RIOS, Secretaría Penal N° 2 a cargo del Doctor Juan Andrés CHAULET tramita el expediente N° 16745/2017 caratulado “NN S/ PRIVACIÓN ILEGAL LIBERTAD PERSONAL (ART.142 BIS) – SECUESTRO EXTORSIVO”, con la intervención de la Unidad Fiscal de Gualeguay, Provincia de ENTRE RIOS a cargo del Doctor Dardo Oscar TORTUL.

Que mediante oficio del día 30 de octubre de 2017 la mencionada Fiscalía solicita se ofrezca recompensa para aquellas personas que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Omar Héctor Horacio BENVENUTTO, DNI N° 8.398.364, hijo de Ludovico Silvio Salvador y Amelia CONSTANTINO, cuyo último domicilio conocido fuera el de Ruta Provincial 28 s/n, quien fuera visto por última vez el viernes 27 de octubre de 2017, desconociéndose al momento su paradero.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que ha tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria, y en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrécese, como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de Omar Héctor Horacio BENVENUTTO, DNI N°8.398.364, hijo de Ludovico Silvio Salvador y Amelia CONSTANTINO, cuyo último domicilio conocido fuera el de Ruta Provincial 28 s/n, quien fuera visto por última vez el viernes 27 de octubre de 2017, desconociéndose al momento su paradero.

(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida en la presente Resolución. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 606/2019 del Ministerio de Seguridad B.O. 24/7/2019 se dispone  el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante la presente Resolución a la suma total de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de Omar Héctor Horacio BENVENUTO,  DNI  8.398.164,  cuyo  último  domicilio  conocido  fuera  el  de  Ruta  Provincial  28  s/n,  Pilar,  Pcia.  de  BUENOS AIRES, quien fuera visto por última vez el viernes 27 de octubre de 2017)

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número 0800-555-5065 o al número corto 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información aportada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Patricia Bullrich.

e. 31/01/2018 N° 5146/18 v. 31/01/2018