MINISTERIO DE SEGURIDAD

RECOMPENSAS

Resolución 108-E/2018

Ofrécese recompensa.

Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018- 03657339- -APN-SECCPJMPYL#MSG del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, y la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y el Legajo Nº 3/2018 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que ante la Fiscalía de Instrucción Correccional y de Menores de Santo Tomé, Provincia de CORRIENTES, a cargo del Doctor Francisco Javier RAMOS, tramita el Expediente N° 16269/2017 caratulado “UNIDAD FISCAL DE CONCORDIA REMITE OFICIO N° 7781/17 ANTE LA POSIBLE COMISIÓN DE DELITO”, con la intervención del Juzgado de Instrucción Correccional y de Menores de la Quinta Circunscripción de la Provincia de CORRIENTES, a cargo de la Doctora Sara DURAND.

Que mediante oficio del día 30 de noviembre de 2017 la mencionada Fiscalía solicita se ofrezca recompensa para aquellas personas que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de César Andrés MIÑO, DNI N° 27.166.544, nacido en Concordia, Provincia de ENTRE RIOS el 12 de enero de 1979, hijo de Carlos Andrés MIÑO y Silvia Raquel REINOSO, y el paradero de Sergio Andrés QUINTANA, DNI Nº 31.027.112, nacido en Concordia, Provincia de ENTRE RIOS el 16 de julio de 1984, hijo de Ramón QUINTANA y Gladis Ester GODOY, quienes se habrían ausentado el día 20 de septiembre de 2017 de sus respectivos domicilios con destino a la Ciudad de Encarnación, desconociéndose al momento los respectivos paraderos.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que ha tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria, y en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrécese, como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de César Andrés MIÑO, DNI N° 27.166.544, nacido en Concordia, Provincia de ENTRE RIOS el 12 de enero de 1979, hijo de Carlos Andrés MIÑO y Silvia Raquel REINOSO, quien fuera visto por última vez el día 20 de septiembre 2017, desconociéndose al momento su paradero.

ARTÍCULO 2°.- Ofrécese, como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de Sergio Andrés QUINTANA, DNI Nº 31.027.112, nacido en Concordia, Provincia de ENTRE RIOS el 16 de julio de 1984, hijo de Ramón QUINTANA y Gladis Ester GODOY, quien fuera visto por última vez el día 20 de septiembre 2017, desconociéndose al momento su paradero.

ARTÍCULO 3º.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número corto 134.

ARTÍCULO 4°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información aportada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 5º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Patricia Bullrich.

(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de las recompensas oportunamente ofrecidas en la presente Resolución. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 566/2022 del Ministerio de Seguridad B.O. 26/8/2022 se dispone el incremento de las recompensas oportunamente ofrecidas por la presente Resolución, a la suma total de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000). Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.)

e. 02/02/2018 N° 5536/18 v. 02/02/2018