INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 85-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 16/01/2018

VISTO EX-2017-34218364- -APN-GA#INCAA la Ley Nº 17.741 (t.o. Decreto Nº 1248/2001) y sus modificatorias, el Decreto Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, las Resoluciones INCAA Nº 2834 de fecha 16 de septiembre de 2015, Nº 1153 de fecha 10 de junio de 2016, Nº 321 de fecha 03 de julio de 2017 y

CONSIDERANDO

Que la Resolución INCAA Nº 2834/2015 estableció entre otras previsiones el reintegro de Distribuidores Independientes Argentinos de los importes abonados en concepto de Virtual Print Fee (VPF), cobrado por una parte del sector exhibidor en concepto de aporte destinado a contribuir al financiamiento de la adecuación de sus salas a los nuevos sistemas de proyección y distribución.

Que dicha resolución estableció en su artículo 9º el mecanismo de reintegro a los Distribuidores Independientes Argentinos por la exhibición de largometrajes extranjeros.

Que por resolución INCAA Nº 1153/2016 fue modificada la normativa citada y se incorporó el carácter de medida transitoria al mencionado artículo 9º de la Resolución INCAA Nº 2834/2015.

Que en dicho artículo se estableció el reintegro a los Distribuidores Independientes Argentinos de los importes abonados en concepto de Virtual Print Fee (VPF) abonados por la exhibición de películas digitales de largometraje de origen extranjero estrenadas hasta el día 30 de junio de 2017.

Que mediante la Resolución INCAA Nº 321/2017 se prorrogó el plazo hasta el día 30 de septiembre de 2017.

Que en esta instancia, y toda vez que se mantienen vigentes las condiciones que generaron el dictado de tal medida, corresponde extender el plazo de la fecha de estreno hasta la cual se reintegrará el importe correspondiente, en las mismas condiciones determinadas en el artículo 9º de la Resolución Nº 2834/2015 y su modificatoria Nº 1153/2016.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la facultad para la aprobación de la siguiente medida se encuentra prevista en la Ley Nº 17.741 (t.o. Decreto Nº 1248/01), sus modificatorias y el Decreto Nº 602/2017.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar el plazo previsto en el artículo 9º de la Resolución INCAA Nº 2834/2015 y su modificatoria Nº 1153/2016, hasta el 31 de marzo de 2018, en los términos y condiciones allí expresados.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, y publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — Fernando Juan Lima.

e. 02/02/2018 N° 5882/18 v. 02/02/2018