INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 85-E/2018
Ciudad de Buenos Aires, 16/01/2018
VISTO EX-2017-34218364- -APN-GA#INCAA la Ley Nº 17.741 (t.o. Decreto Nº
1248/2001) y sus modificatorias, el Decreto Nº 1536 de fecha 20 de
agosto de 2002, las Resoluciones INCAA Nº 2834 de fecha 16 de
septiembre de 2015, Nº 1153 de fecha 10 de junio de 2016, Nº 321 de
fecha 03 de julio de 2017 y
CONSIDERANDO
Que la Resolución INCAA Nº 2834/2015 estableció entre otras previsiones
el reintegro de Distribuidores Independientes Argentinos de los
importes abonados en concepto de Virtual Print Fee (VPF), cobrado por
una parte del sector exhibidor en concepto de aporte destinado a
contribuir al financiamiento de la adecuación de sus salas a los nuevos
sistemas de proyección y distribución.
Que dicha resolución estableció en su artículo 9º el mecanismo de
reintegro a los Distribuidores Independientes Argentinos por la
exhibición de largometrajes extranjeros.
Que por resolución INCAA Nº 1153/2016 fue modificada la normativa
citada y se incorporó el carácter de medida transitoria al mencionado
artículo 9º de la Resolución INCAA Nº 2834/2015.
Que en dicho artículo se estableció el reintegro a los Distribuidores
Independientes Argentinos de los importes abonados en concepto de
Virtual Print Fee (VPF) abonados por la exhibición de películas
digitales de largometraje de origen extranjero estrenadas hasta el día
30 de junio de 2017.
Que mediante la Resolución INCAA Nº 321/2017 se prorrogó el plazo hasta el día 30 de septiembre de 2017.
Que en esta instancia, y toda vez que se mantienen vigentes las
condiciones que generaron el dictado de tal medida, corresponde
extender el plazo de la fecha de estreno hasta la cual se reintegrará
el importe correspondiente, en las mismas condiciones determinadas en
el artículo 9º de la Resolución Nº 2834/2015 y su modificatoria Nº
1153/2016.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la facultad para la aprobación de la siguiente medida se encuentra
prevista en la Ley Nº 17.741 (t.o. Decreto Nº 1248/01), sus
modificatorias y el Decreto Nº 602/2017.
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrogar el plazo previsto en el artículo 9º de la
Resolución INCAA Nº 2834/2015 y su modificatoria Nº 1153/2016, hasta el
31 de marzo de 2018, en los términos y condiciones allí expresados.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, y publíquese y dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. —
Fernando Juan Lima.
e. 02/02/2018 N° 5882/18 v. 02/02/2018