MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 117-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 05/02/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-05254889--APN-SECCPJMPYL#MSG del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, y la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y el Legajo Nº 4/2018 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que ante la Fiscalía General del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL de la Provincia de NEUQUÉN, a cargo del Doctor José Ignacio GEREZ, tramita el expediente caratulado “SALAZAR OPORTO, JORGE ANTONIO – CORTES TORRES ALEXIS ALFREDO S/ HOMICIDIO CALIFICADO S/ INCIDENTE DE CAPTURA” Legajo N° 825/2012.

Que la mencionada Fiscalía mediante oficio del día 31 de enero de 2018 solicita se ofrezca recompensa para aquellas personas que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con la aprehensión de Jorge Antonio SALAZAR OPORTO, Cédula Chilena N° 7.973.549-3, nacido el 7 de julio de 1961, de nacionalidad chilena, hijo de José Antonio SALAZAR RIQUELME y Nelly del Carmen OPORTO JIMÉNEZ; y la aprehensión de Alexis Alfredo CORTES TORRES, Cédula Chilena N° 12.570.143-4, nacido el 6 de mayo de 1974, de nacionalidad chilena, hijo de Wilson Alfredo CORTES AGUIRRE y Isnelda del Carmen TORRES TAPIA.

Que ambos prófugos serían los autores del hecho acaecido el día 7 de marzo de 2012, en el que resultara asesinado el efectivo Policial José AIGO y sobre quienes pesa pedido de CAPTURA NACIONAL desde el 15 de marzo de 2012 e INTERNACIONAL desde el 29 de marzo de 2012.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que ha tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria, y en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrécese, como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión de Jorge Antonio SALAZAR OPORTO, Cédula Chilena N° 7.973.549-3, nacido el 7 de julio de 1961, de nacionalidad chilena.

(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de las recompensas oportunamente ofrecidas en la presente Resolución. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 102/2021 del Ministerio de Seguridad B.O. 11/3/2021 se dispone el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante la presente Resolución a la suma total de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión de Jorge Antonio SALAZAR OPORTO, Cédula Chilena N° 7.973.549-3, nacido el 7 de julio de 1961, de nacionalidad chilena. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)

ARTÍCULO 2°.- Ofrécese, como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión de Alexis Alfredo CORTES TORRES, Cédula Chilena N° 12.570.143-4, nacido el 6 de mayo de 1974, de nacionalidad chilena.

(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 102/2021 del Ministerio de Seguridad B.O. 11/3/2021 se dispone el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante la presente Resolución a la suma total de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión de Alexis Alfredo CORTES TORRES, Cédula Chilena N° 12.570.143-4, nacido el 6 de mayo de 1974, de nacionalidad chilena. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)

ARTÍCULO 3°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número corto 134.

ARTÍCULO 4°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información aportada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 5º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Patricia Bullrich.

e. 07/02/2018 N° 6692/18 v. 07/02/2018