SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 116/2018

Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-05789944-APN-GA#SSN, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), la Decisión Administrativa N° 616 de fecha 10 de agosto de 2017 y la Resolución SSN Nº 40.715 de fecha 17 de agosto de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 616 de fecha 10 de agosto de 2017 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.

Que por el artículo 3° de la citada norma se facultó al titular de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, previa intervención de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior.

Que por la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN Nº 40.715 de fecha 17 de agosto de 2017 se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la misma.

Que para el cumplimiento eficiente de las competencias del Organismo, resulta necesario readecuar algunas unidades de segundo nivel, sin alterar en ningún caso las directivas emanadas del artículo 3º de la Decisión Administrativa N° 616/17.

Que razones de urgencia tornan imperioso la aprobación de las modificaciones de la citada estructura organizativa de segundo nivel, comunicando los cambios a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que se ha expedido favorablemente la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto N° 1545/94 y el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 616 de fecha de 10 agosto de 2017.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Anexo I (IF-2017-17302947-APN-GA#SSN) correspondiente al Organigrama de la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN aprobada por la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN Nº 40.715 de fecha 17 de agosto de 2017, por el Anexo I (IF-2018-06226972-APN-GA#SSN) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse las Acciones de la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN concernientes a las unidades que se detallan en el Anexo II (IF-2018-06225147-APN-GA#SSN) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Deróganse las Subgerencias de Relaciones con la Comunidad de la Gerencia Administrativa y las de Análisis, Regulación y Cooperación y de Supervisión de la Gerencia de Prevención y Control de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo contempladas en el Anexo II (IF-2017-17305261-APN-GA#SSN) de la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN aprobada por la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN Nº 40.715 de fecha 17 de agosto de 2017.

ARTÍCULO 4°.- Apruébase y transfiérase las Coordinaciones que se detallan y sus Acciones que como Anexos III (IF-2018-06229095-APN-GA#SSN) y IV (IF-2018-06231767-APN-GA#SSN) forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Derógase la Coordinación de Gestión de Proyectos de la Gerencia de Asuntos Jurídicos contemplada en los Anexos III (IF-2017-17306629-APN-GA#SSN) y IV (IF-2017-17307768-APN-GA#SSN) de la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN aprobada por la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN Nº 40.715 de fecha 17 de agosto de 2017.

ARTÍCULO 6°.- Incorpóranse, homológanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, según el detalle obrante en Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-06234897-APN-GA#SSN), que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 7°.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas por la presente medida, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista previstas en el Decreto N° 2098/08 y modificatorios.

ARTÍCULO 8°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Entidad 603 - SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS del MINISTERIO DE FINANZAS en el presupuesto del ejercicio 2018.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.  Juan Alberto Pazo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 04/06/2018 N° 39202/18 v. 04/06/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV)