MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 84/2018

Desígnase Director Nacional de Atención Comunitaria.

Ciudad de Buenos Aires, 09/02/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-21806206-APN-SOYEAS#MS, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018 aprobado por la Ley N° 27.431, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 112 de fecha 16 de febrero de 2017 y 355 de fecha 22 de mayo de 2017, la Decisión Administrativa N° 498 del 19 de mayo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.431, se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el artículo 5° del Decreto N° 112/17 se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE SALUD de acuerdo con el organigrama establecido en dicho Decreto.

Que por la Decisión Administrativa N° 498/16 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD.

Que en el ámbito de la SECRETARÍA DE OPERACIONES Y ESTRATEGIAS DE ATENCIÓN DE LA SALUD del MINISTERIO DE SALUD, se encuentra vacante el cargo de Director Nacional de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN COMUNITARIA, Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

Que atento a la naturaleza de dicho cargo y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la unidad orgánica a la que corresponde el cargo en cuestión, el MINISTERIO DE SALUD, propicia su cobertura impulsando a tal efecto la designación del Ingeniero Adrián Guillermo HERTZ.

Que la presente medida no implica asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el cargo aludido se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por artículo 2° del Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º - Desígnase con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1° de septiembre de 2017, al Ingeniero Adrián Guillermo HERZ (D.N.I. N° 14.951.680) en el cargo de Director Nacional de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN COMUNITARIA, de la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS DE ATENCIÓN Y SALUD COMUNITARIA de la SECRETARÍA DE OPERACIONES Y ESTRATEGIAS DE ATENCIÓN DE LA SALUD del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva Nivel I del SINEP.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1º deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II - Capítulos III, IV y VIII- y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1° de la presente.

ARTÍCULO 3º - El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 – MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 4º - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Adolfo Luis Rubinstein.

e. 14/02/2018 N° 8038/18 v. 14/02/2018