MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
Decisión Administrativa 92/2018
Desígnase Director Nacional de Coordinación Institucional Provincial.
Ciudad de Buenos Aires, 14/02/2018
VISTO el Expediente N° EX-2017-15086290-APN-DGRH#MI, la Ley N° 27.431,
los Decretos N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios y N° 355 del 22 de mayo de 2017, y la Decisión
Administrativa N° 797 del 4 de agosto de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.
Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda
designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad correspondiente.
Que por la Decisión Administrativa N° 797/16 se homologó en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
la entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES ECONÓMICAS CON LAS
PROVINCIAS a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL
PROVINCIAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON PROVINCIAS
de la SECRETARÍA DE PROVINCIAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS
PÚBICAS Y VIVIENDA, con un nivel de ponderación I.
Que el citado Ministerio solicita la designación transitoria del Doctor
D. Darío Roberto CHICCO (D.N.I. Nº 21.983.492) en el cargo de DIRECTOR
NACIONAL DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL PROVINCIAL (Nivel A, Grado 0,
Función Ejecutiva Nivel I del SINEP), dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE RELACIONES CON PROVINCIAS de la SECRETARÍA DE PROVINCIAS del citado
Ministerio, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a dicha dependencia.
Que la designación solicitada debe efectuarse con autorización
excepcional por no reunir el Doctor CHICCO los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, sus
modificatorios y complementarios.
Que dicha Jurisdicción cuenta con la respectiva vacante financiada,
motivo por el cual la presente medida no constituye asignación de
recurso extraordinario alguno.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo
2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase con carácter transitorio en la Planta
Permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a
partir del 5 de agosto de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en el
cargo de DIRECTOR NACIONAL DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL PROVINCIAL
(Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SINEP), dependiente de
la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON PROVINCIAS de la SECRETARÍA DE
PROVINCIAS del citado Ministerio, al Doctor D. Darío Roberto CHICCO
(D.N.I. Nº 21.983.492), con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo
III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°
2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios,
y autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I
del citado Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo mencionado en el artículo 1°, deberá ser
cubierto conforme a los requisitos y sistemas de selección vigentes
según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos
III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por
el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles,
contados a partir del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR,
OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.
e. 15/02/2018 N° 8375/18 v. 15/02/2018