COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 1/2018
Buenos Aires, 07/02/2018
VISTO:
La Resolución General N° 1/2005; y,
CONSIDERANDO:
Que la citada resolución en su artículo 4° establece que la Comisión
Arbitral actualizará anualmente el contenido de dicho ordenamiento.
Que en consecuencia, corresponde incorporar las Resoluciones Generales
N° 3/2017 (Ingresos excluidos del armado del coeficiente), N° 4/2017
(Ingresos provenientes de exportaciones), N° 5/2017 (Diferencias de
cambio y valor patrimonial proporcional), N° 6/2017 (Uso obligatorio de
SIFERE WEB), N° 7/2017 (Nuevo nomenclador de actividades), N° 10/2017
(Sistema Sifere Locales), N° 11/2017 (Sistema Padrón Web Locales), N°
12/2017 (Nomenclador de Actividades Modificación Anexos I, II y III
R.G. C.A. N° 7/2017), 13/2013 (Conversión de Códigos de Actividades),
N° 14/2017 (Domicilio del Adquirente), N° 16/2017 (Sifere vencimientos
2018), N° 17/2017 (Sircar vencimientos 2018), N° 18/2017 (Sircreb
vencimientos 2018) y N° 19/2017 (CM04 presentación y pago con Sifere
Web).
Que, por otra parte, es preciso aclarar que para obtener una norma que
unifique las dictadas, es necesario introducir cambios formales
relacionados a la adecuación y numeración del articulado original para
que resulten compatibles y armonicen en el nuevo texto que las integra.
Que este ordenamiento no incluye el Reglamento Procesal de la Comisión
Arbitral y Comisión Plenaria aprobado por Resolución (C.P.) N° 32/2015,
ni tampoco el Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y
Servicios de la Comisión Arbitral aprobado por Resolución General C.A.
N° 15/2017.
Por ello,
LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18-08-77)
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Actualizar el ordenamiento de las resoluciones generales
contenido en la Resolución General N° 2/2017, reemplazándolo por el
anexo adjunto que se aprueba por la presente y que se incorpora en la
página web de la Comisión Arbitral (www.ca.gov.ar).
ARTÍCULO 2°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la
Nación, comuníquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. —
Gerardo Daniel Ratti, Vicepresidente. — Fernando Mauricio Biale,
Secretario.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General no se
publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.ca.gov.ar
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")
e. 15/02/2018 N° 8119/18 v. 15/02/2018