COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Resolución General 1/2018

Buenos Aires, 07/02/2018

VISTO:

La Resolución General N° 1/2005; y,

CONSIDERANDO:

Que la citada resolución en su artículo 4° establece que la Comisión Arbitral actualizará anualmente el contenido de dicho ordenamiento.

Que en consecuencia, corresponde incorporar las Resoluciones Generales N° 3/2017 (Ingresos excluidos del armado del coeficiente), N° 4/2017 (Ingresos provenientes de exportaciones), N° 5/2017 (Diferencias de cambio y valor patrimonial proporcional), N° 6/2017 (Uso obligatorio de SIFERE WEB), N° 7/2017 (Nuevo nomenclador de actividades), N° 10/2017 (Sistema Sifere Locales), N° 11/2017 (Sistema Padrón Web Locales), N° 12/2017 (Nomenclador de Actividades Modificación Anexos I, II y III R.G. C.A. N° 7/2017), 13/2013 (Conversión de Códigos de Actividades), N° 14/2017 (Domicilio del Adquirente), N° 16/2017 (Sifere vencimientos 2018), N° 17/2017 (Sircar vencimientos 2018), N° 18/2017 (Sircreb vencimientos 2018) y N° 19/2017 (CM04 presentación y pago con Sifere Web).

Que, por otra parte, es preciso aclarar que para obtener una norma que unifique las dictadas, es necesario introducir cambios formales relacionados a la adecuación y numeración del articulado original para que resulten compatibles y armonicen en el nuevo texto que las integra.

Que este ordenamiento no incluye el Reglamento Procesal de la Comisión Arbitral y Comisión Plenaria aprobado por Resolución (C.P.) N° 32/2015, ni tampoco el Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la Comisión Arbitral aprobado por Resolución General C.A. N° 15/2017.

Por ello,

LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18-08-77)

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Actualizar el ordenamiento de las resoluciones generales contenido en la Resolución General N° 2/2017, reemplazándolo por el anexo adjunto que se aprueba por la presente y que se incorpora en la página web de la Comisión Arbitral (www.ca.gov.ar).

ARTÍCULO 2°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. — Gerardo Daniel Ratti, Vicepresidente. — Fernando Mauricio Biale, Secretario.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.ca.gov.ar

(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")

e. 15/02/2018 N° 8119/18 v. 15/02/2018