MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
Resolución 77/2018
Ciudad de Buenos Aires, 15/02/2018
VISTO el Expediente N° EX -2018- 03970050-APN-DMENYD#MI del registro de
este Ministerio, el Decreto N° 1109 de 29 de diciembre de 2017, y la
Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o por Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1109/17 se estableció el nuevo régimen de
contrataciones para la prestación de servicios profesionales autónomos
que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o
programas especiales.
Que por el artículo 1° del Decreto mencionado en el considerando
anterior, se facultó al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los MINISTROS,
a los SECRETARIOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al JEFE DE LA CASA
MILITAR y a los titulares de entidades descentralizadas y Fondos
Fiduciarios nacionales, a contratar personas humanas, para la
prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios
para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas
especiales.
Que el citado artículo 1° del Decreto N° 1109/17 establece, además, que
los funcionarios por él mencionados podrán delegar la facultad que se
acuerda en el funcionario de nivel político que ejerza la máxima
responsabilidad sobre los servicios técnico-administrativos de cada
jurisdicción o entidad contratante, los que no podrán tener rango
inferior a Subsecretario Ministerial.
Que por otro lado, el artículo 14 de la Ley de Ministerios N° 22.520
(t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias prevé que los
Ministros podrán delegar la resolución de asuntos relativos al régimen
económico y administrativo de sus respectivos Departamentos en los
funcionarios que determinen conforme con la organización de cada área;
sin perjuicio del derecho de los afectados a deducir los recursos que
correspondan.
Que a fin de garantizar el cumplimiento de los principios de eficacia y
de celeridad, economía y sencillez del procedimiento administrativo,
resulta conveniente delegar las facultades establecidas en el artículo
1° del Decreto N° 1109/17 en la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este
Ministerio.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de
este Ministerio.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 14 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto Nº
438/92), y sus modificatorias, y por el artículo 1° del Decreto N° 1109
del 29 de diciembre de 2017.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Delégase en la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la facultad de
contratar personas humanas, para la prestación de servicios
profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de
tareas, estudios, proyectos o programas especiales que en cada caso se
indican, en el marco de lo dispuesto por el Decreto N° 1109 del 29 de
diciembre de 2017.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Rogelio Frigerio.
e. 16/02/2018 N° 8583/18 v. 16/02/2018