MINISTERIO DE FINANZAS

Decreto 130/2018

Designación en la Unidad de Información Financiera.

Ciudad de Buenos Aires, 19/02/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-11420366-APN-UIF#MF, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, aprobado por la Ley Nº 27.431, los Decretos Nº 2 del 2 de enero de 2017 y 355 del 22 de mayo de 2017, la Resolución de la Unidad de Información Financiera Nº 13/17 y la Decisión Administrativa Nº 6 de fecha 12 de enero de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Que por el artículo 7° de la citada Ley se estableció que no se podrán cubrir los cargos previstos en la reserva del artículo 6° de la misma, existentes a la fecha de su sanción, ni las vacantes que se produzcan con posterioridad en las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que el artículo 10 de la referida Ley dispone que las facultades otorgadas por la misma al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el Poder Ejecutivo Nacional, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la Constitución Nacional.

Que conforme a lo dispuesto por el Decreto Nº 2 de fecha 2 de enero de 2017, la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, funciona con autonomía y autarquía financiera en jurisdicción del MINISTERIO DE FINANZAS.

Que, en esta instancia, resulta necesaria la creación del cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete de Asesores con dependencia directa del Titular de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO FINANZAS.

Que por el Decreto N° 355/17, se dispuso que las designaciones correspondientes a cargos de Subsecretario, o de rango o jerarquía equivalente o superior, y de titulares o integrantes de órganos superiores de entes descentralizados, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que asimismo resulta necesario proceder a la cobertura del cargo que se crea por la presente medida.

Que han tomado la intervención de su competencia los servicios jurídicos correspondientes.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado intervención en los aspectos que hacen a su competencia.

Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.431 y a lo dispuesto en el artículo 1°del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Créase, con dependencia directa del Titular de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE FINANZAS, el cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete de Asesores, con rango y jerarquía de Subsecretario, cuyas funciones se encuentran detalladas en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-06279030-APN-SLYA#MF), que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Desígnase Jefe de Gabinete de Asesores de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE FINANZAS, a la Doctora María Isabel Jimena DE LA TORRE (D.N.I N° 24.725.987) con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 27.431.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 60 - MINISTERIO DE FINANZAS Servicio Administrativo Financiero Nº 670 - UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Luis Andres Caputo.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/02/2018 N° 9550/18 v. 20/02/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)

ANEXO

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°

MINISTERIO DE FINANZAS

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

JEFE DE GABINETE DE ASESORES

FUNCIONES

1. Asistir a la Presidencia en lo que respecta a promoción de políticas y relaciones institucionales.

2. Coordinar con las unidades dependientes de la Presidencia la implementación y ejecución de las diferentes políticas del organismo.

3. Proponer las acciones y/o medidas que considere necesarias a los efectos de lograr la mejor ejecución de las políticas fijadas por la Presidencia.

4. Organizar y realizar el control y seguimiento de las actividades de las unidades del organismo y la vinculación con otros entes para la ejecución de las políticas fijadas por los Directores.

5. Solicitar informes, datos o aclaraciones necesarias a las distintas Unidades dependientes de la Presidencia, conforme a la materia que les compete.

6. Coordinar y colaborar en la elaboración del informe anual de gestión con respecto a los objetivos, acciones y logros de la Unidad de Información Financiera, para su tratamiento y consideración de la Presidencia.

7. Coordinar las reuniones del Consejo Asesor para tratar los asuntos de su competencia.

IF-2018-06279030-APN-SLYA#MF