MINISTERIO DE SEGURIDAD

RECOMPENSAS

Resolución 123/2018

Ofrécese recompensa.

Ciudad de Buenos Aires, 15/02/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2017-00717637--APN-SECCPJMPYL#MSG del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, y la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y el Legajo Nº 20/2017 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que ante la Cámara de Casación Penal de ENTRE RIOS, presidida por la Doctora Marcela Alejandra DAVITE DE ACUÑA, tramita el legajo de investigación N°4583 caratulado “LOPEZ, GISELA ALEJANDRA S/ HOMICIDIO AGRAVADO EN SU PERJUICIO”, con la intervención de la Unidad Fiscal La Paz, del Ministerio Público de la Provincia de ENTRE RIOS, interinamente a cargo del Doctor Santiago ALFIERI.

Que mediante oficio del día 26 de mayo de 2016 el Procurador General de la Provincia de ENTRE RIOS solicita se ofrezca recompensa para aquellas personas que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el autor y/o autores del hecho ocurrido el 22 de abril de 2016 del cual resultara víctima por asfixia por compresión de cuello y estrangulamiento mixto, luego de ser agredida física y sexualmente la señorita Gisela Alejandra LÓPEZ, DNI Nº 40.162.999, de 18 años de edad al momento de su muerte, cuyo último domicilio se encontraba ubicado en el Barrio “120 Viviendas”, Manzana Nº 341, casa Nº 6 de Santa Elena, Provincia de ENTRE RIOS y cuyo cuerpo sin vida fuera hallado en la Ruta Provincial Nº48, a 168 metros del acceso al barrio “120 Viviendas” el día 10 de mayo de 2016.

Que mediante nota del día 23 de octubre de 2017, el fiscal a cargo de la investigación no opone objeciones a la prosecución de la medida.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que ha tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria y en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrécese, como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el autor o los autores del hecho ocurrido el 22 de abril de 2016 del cual resultara víctima por asfixia por compresión de cuello y estrangulamiento mixto, luego de ser agredida física y sexualmente la señorita Gisela Alejandra LÓPEZ, DNI Nº 40.162.999.

(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida en la presente Resolución. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número 0800-555-5065 o al número corto 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información aportada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Patricia Bullrich.

e. 20/02/2018 N° 9084/18 v. 20/02/2018