MINISTERIO DE SEGURIDAD

RECOMPENSAS

Resolución 128/2018

Ofrécese recompensa.

Ciudad de Buenos Aires, 15/02/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2017- 33584191- -APN-SECCPJMPYL#MSG, del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y el Legajo Nº 28/2017 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que ante la Oficina Pública del Ministerio Público Fiscal correspondiente a la III Circunscripción Judicial de la Provincia de LA PAMPA, con asiento en la Ciudad de General Acha, a cargo del Fiscal Sustituto, el Doctor José Luis COITO tramita el Legajo de Investigación N° 13973 caratulado: “MPF/MACHUCA, Ricardo Esteban s/ Desaparición de persona” con la intervención de la Oficina Judicial de General Acha, Provincia de LA PAMPA a cargo del Juez de Control, el Doctor Diego Ariel ASIN.

Que mediante oficio del día 1 de diciembre de 2017 la mencionada Fiscalía solicita se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Ricardo Esteban MACHUCA, D.N.I. N° 31.598.037, fecha de nacimiento 02 de septiembre de 1985, cuyo último domicilio conocido fuera el de calle Libertad N° 99, de Villa Regina, Provincia de RIO NEGRO, desconociéndose su paradero desde el día 13 de octubre de 2017.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que ha tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria y en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de Ricardo Esteban MACHUCA, D.N.I. N° 31.598.037, fecha de nacimiento 02 de septiembre de 1985, cuyo último domicilio conocido fuera el de calle Libertad N° 99, de Villa Regina, Provincia de RIO NEGRO, desconociéndose su paradero desde el día 13 de octubre de 2017.

(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida en la presente Resolución. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 566/2022 del Ministerio de Seguridad B.O. 26/8/2022 se dispone el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida por la presente Resolución, a la suma total de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000). Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.)

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número 0800-555-5065 o al número corto 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información aportada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Patricia Bullrich.

e. 20/02/2018 N° 9012/18 v. 20/02/2018