MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS
Disposición 6/2018
Ciudad de Buenos Aires, 16/02/2018
VISTO el Expediente Nº EX–2018-02901156-APN-SSRH#MI del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa concesionaria AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD
ANÓNIMA (AySA) ha elevado a esta Subsecretaría de Recursos Hídricos una
propuesta de adecuación tarifaria en virtud de los Artículos 71 y 72
del Marco Regulatorio y de lo normado por Disposición N° 19/17 de esta
Subsecretaría
Que dicha propuesta ha sido verificada por esta Autoridad de Aplicación
conforme lo estipulado en el inc. d) del art. 21 del Marco regulatorio
aprobado como Anexo 2 de la Ley 26.221 con las intervenciones que según
sus competencias le corresponden al Ente Regulador de Agua y
Saneamiento y a la Agencia de Planificación.
Que la Audiencia Pública es un mecanismo de participación y consulta de
la ciudadanía a la que puede recurrir el Estado en forma previa a la
toma de decisiones en diversas materias de trascendencia pública.
Que la celebración de audiencias públicas es obligatoria en los casos
en los que la ley y normativa específica lo exijan, conforme los
imperativos legales que así lo tengan previsto.
Que el Marco Regulatorio para la Concesión de los Servicios de
Provisión de Agua Potable y Desagües cloacales aprobado como Anexo 2
por la Ley 26.221, no instituye la obligatoriedad de dicho
procedimiento previo a resolver una revisión tarifaria.
Que, sin perjuicio de ello, la participación de los usuarios ha sido
prevista en dicho Marco Regulatorio por vía de la citada Sindicatura de
Usuario y del Defensor del Usuario del Ente Regulador, ello en
concordancia con el artículo 42 de la Constitución Nacional que ha
reconocido el derecho de los usuarios a través de sus asociaciones a
participar en los organismos de control.
Que conforme lo expuesto, con relación al servicio que presta la
concesionaria Agua y Saneamientos Argentinos (AySA), resulta ser el
llamado a Audiencia Pública una cuestión de oportunidad, mérito y
conveniencia de la Autoridad de Aplicación el decidir su realización.
Que constituye un objetivo de esta administración fortalecer la
relación entre el Estado y la Sociedad Civil en el convencimiento de
que esta alianza estratégica es imprescindible para concretar las
reformas institucionales necesarias para desarrollar una democracia
legítima, transparente y eficiente.
Que en tal contexto cabe asignar un lugar primordial a los mecanismos
que posibilitan la participación de la ciudadanía en la etapa formativa
de las decisiones, asegurando para ello el más pleno acceso a la
información.
Que en tal sentido, se ha evaluado oportuno en esta instancia someter
la propuesta de adecuación tarifaria elevada por Agua y Saneamientos
Argentinos (AySA), a opinión de la ciudadanía a través de la
realización de una Audiencia Pública.
Que el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 1172 del 3 de diciembre
de 2003, en su artículo 1° aprobó el REGLAMENTO GENERAL DE AUDIENCIAS
PUBLICAS PARA EL PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que dicho Reglamento establece que será la Autoridad Convocante el área
a cargo de las decisiones relativas al objeto de la Audiencia Pública.
Que en caso de tarifas de agua potable y servicio cloacal en el área de
la concesión de Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA),
la autoridad referida en el Marco Regulatorio es esta Subsecretaría de
Recursos Hídricos, que en tal contexto aprobó el Reglamento de
Aplicación de Normas Tarifarias por Disposición SSRH N° 45/2010 y
posteriores normas modificatorias, siendo la última de ellas la
Disposición SSRH N° 19/2016.
Que en consecuencia corresponde a esta Subsecretaría ser la Autoridad
Convocante en el procedimiento de Audiencia Pública, y presidir la
misma.
Que en tal carácter corresponde asimismo encomendar al ENTE REGULADOR
DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) como Área de Implementación, a los efectos
de implementar y organizar la Audiencia Pública, ello sin perjuicio de
la colaboración que procurará la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de
Interior, Obras Públicas y Vivienda ha tomado la intervención que le
compete.
Que el presente se dicta en uso de las facultades derivadas de los
artículos 20 y 21 del Marco Regulatorio de la Concesión aprobado como
Anexo 2 por la Ley 26.221, el artículo 16 y concordantes del Anexo E de
dicho Marco, y artículo 7 del Anexo I del Decreto 1172/2003.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE RECURSOS HÍDRICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a Audiencia Pública con el objeto de informar y
recibir opiniones de la comunicad sobre la Propuesta de Adecuación
Tarifaria y sus fundamentos, formulada por AGUA y SANEAMIENTOS
ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AySA), que como ANEXO
(IF-2018-07101804-APN-SSRH#MI) forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Formar el expediente administrativo correspondiente, a
los efectos de la convocatoria a la Audiencia Pública ordenada en el
artículo precedente.
ARTÍCULO 3°.- Encomendar la implementación y organización de la
Audiencia Pública al ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).
ARTÍCULO 4º.- La Audiencia Pública se llevará a cabo en el Centro
Metropolitano de Diseño sito en calle Algarrobo 1041, Ciudad Autónoma
de Buenos Aires el día 15 de marzo de 2018 a las 10:00 horas, y su
procedimiento se regirá por lo dispuesto en los Anexos I y II del
Decreto 1172/2003.
ARTÍCULO 5º.- La Audiencia Pública será presidida por la Autoridad de
Aplicación designada en el Marco Regulatorio de la Concesión aprobado
por Ley 26.221, ejercida por el suscripto.
ARTÍCULO 6º.- Designar con carácter de Moderador de la Audiencia
Pública al Lic. Javier Corcuera, con DNI N°11.603.127 quien actuará
bajo instrucciones de esta Autoridad Convocante, en carácter temporario
y ad – honorem.
ARTÍCULO 7º.- Conforme lo dispuesto por el Decreto 1172/2003, podrá
participar de la Audiencia Pública toda persona física o jurídica,
pública o privada que invoque un derecho subjetivo, interés simple o
derecho de incidencia colectivo relacionada con la temática a tratar en
la Audiencia Pública.
ARTÍCULO 8º.- La vista de las actuaciones, la inscripción de los
expositores y la presentación de documentación relacionada con el
objeto de la audiencia se llevará a cabo en la sede del ENTE REGULADOR
DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) sita en Avenida Callao 982, Planta Baja,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 9:00 hs. a 17:00 hs.
a partir del día 23 de febrero de 2018 y hasta las 10:00 hs del día 13
de marzo de 2018. En oportunidad de la inscripción, quien además
solicite participar como expositor en la Audiencia Pública deberá
manifestarlo expresamente en el formulario respectivo y acompañar un
informe que refleje el contenido de la exposición a realizar, pudiendo
adjuntar toda otra documentación y/o propuesta relacionada con el tema
a tratar.
ARTÍCULO 9°- Poner a disposición de los interesados, en la página web
del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), de la AGENCIA DE
PLANIFICACIÓN (APLA) y de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AYSA) y
de esta Subsecretaría los formularios de inscripción en el Registro de
Participantes.
ARTÍCULO 10.- Publicar la presente convocatoria por DOS (2) días
consecutivos en el Boletín Oficial y en los Diarios La Nación y La
Prensa, ambos de circulación nacional, en las páginas web de esta
Subsecretaría, del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), de la
AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA) y de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS
S.A. (AYSA). En las citadas páginas Web se incorporará el texto
completo de la propuesta puesta a consideración.
ARTÍCULO 11.- La Autoridad Convocante en un plazo no mayor de 30 días
de recibido el informe final del Área de Implementación fundará su
resolución final explicando de que manera ha tomado en cuentas las
opiniones de la ciudadanía y, en su caso, las razones por las cuales la
rechaza.
ARTÍCULO 12.- Comuníquese, regístrese, publíquese por DOS (2) días
consecutivos, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Pablo Jose Bereciartua.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 20/02/2018 N° 9271/18 v. 21/02/2018
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)