MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Decisión Administrativa 198/2018
Desígnase Director Nacional de Identificación y Formalización de los Agricultores.
Ciudad de Buenos Aires, 26/02/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2017-34469594-APN-DDYME#MA la Ley Nro.
27.431, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, 1030 de fecha 26 de junio de 2014,
302 de fecha 28 de abril de 2017 y 355 de fecha 22 de mayo de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.
Que el Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 estableció, entre
otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en
cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía
inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente,
de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el
Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración
Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la
Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Artículo 4º del Decreto Nº 1030 de fecha 26 de junio de
2014, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo
de la entonces SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR del ex - MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que por el Decreto Nº 302 de fecha 28 de abril de 2017, se modificó el
organigrama de aplicación del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, creando a la
SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR como dependiente de la SECRETARÍA
DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL del
citado Ministerio.
Que en virtud de específicas razones de servicio del MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA, se considera imprescindible la cobertura transitoria de
UN (1) cargo vacante Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del
SI.N.E.P., correspondiente al titular de la Dirección Nacional de
Identificación y Formalización de los Agricultores Familiares del
citado Ministerio.
Que el agente propuesto debe ser exceptuado de los requisitos
establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre
de 2008, sus modificatorios y complementarios.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del
Decreto N° 355/17.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase transitoriamente a partir del 11 de diciembre
de 2017 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir del dictado de la presente medida, en UN (1) cargo vacante
Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SI.N.E.P., de titular
de la Dirección Nacional de Identificación y Formalización de los
Agricultores Familiares dependiente del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, al
licenciado en Administración Don Fernando Ariel MOLAS (M.I. N°
26.436.226), autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por
Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.),
aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por
el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los
requisitos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente
medida deberá ser cubierto conforme a los requisitos y sistema de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P), homologado por el citado Decreto Nº 2098/08, sus
modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados a partir del dictado del presente acto.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente acto
será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción
52 - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Luis Miguel Etchevehere.
e. 27/02/2018 N° 11466/18 v. 27/02/2018