MINISTERIO DE SEGURIDAD

RECOMPENSAS

Resolución 168/2018

Ofrécese recompensa.


Ciudad de Buenos Aires, 02/03/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2016- 04780428- -APN-SECCPJMPYL#MSG del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, y la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y el Legajo Nº 27/2017 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que ante el Juzgado de Instrucción N° 1 de GOYA, Provincia de CORRIENTES a cargo del Doctor Lucio Raúl LOPEZ LECUBE, Secretaría N° 1 a cargo de la Doctora María Eugenia BALLARÁ tramita el expediente N° 22697/16 caratulado “PIPAON CARLA ROMINA Y FACUNDO RAMIREZ S/ SUSTRACCION DE MENORES – GOYA – ART 146 DEL CP”, con la intervención de la Fiscalía de Instrucción Correccional y de Menores N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en Goya a cargo del Doctor Patricio Abelardo PALISÁ.

Que mediante oficio del día 20 de abril de 2017 la autoridad judicial pone en conocimiento la solicitud de la Fiscalía interviniente tendiente a ofrecer una recompensa a aquellas personas que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión de Carla Romina PIPAON, DNI 26.234.826, argentina, nacida el 30 de noviembre de 1977, hija de José Luis PIPAON y Bernardina SARCHETTI y, asimismo, con la aprehensión de Facundo RAMIREZ, DNI N° 25.183.050, argentino, nacido en El Dorado, Provincia de MISIONES, hijo de María Eva DOS PASSOS y Horacio RAMIREZ, sobre quienes pesa pedido de captura nacional e internacional desde el 29 de julio de 2016.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que ha tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538 y en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria y la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/2016 y M.S. Nº 271/2016.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión de Carla Romina PIPAON, DNI 26.234.826, argentina, nacida el 30 de noviembre de 1977, hija de José Luis PIPAON y Bernardina SARCHETTI, sobre quien pesa pedido de captura nacional e internacional desde el 29 de julio de 2016.

ARTÍCULO 2°.- Ofrécese como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión de Facundo RAMIREZ, DNI N° 25.183.050, argentino, nacido en El Dorado, Provincia de MISIONES, hijo de María Eva DOS PASSOS y Horacio RAMIREZ, sobre quien pesa pedido de captura nacional e internacional desde el 29 de julio de 2016.

ARTÍCULO 3°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al 0800-555-5065 o al número corto 134.

ARTÍCULO 4°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información aportada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 5º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Patricia Bullrich.

e. 06/03/2018 N° 13207/18 v. 06/03/2018