e. 07/03/2018 N° 13755/18 v. 07/03/2018
Número: IF-2018-03 095
927-APN-DNEC#MC
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 18 de Enero de 2018
Referencia: Reglamento de bases
y condiciones - Fondo Argentino de Desarrollo Cultural y Creativo -
Línea Movilidad 2018.
FONDO
ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO
LÍNEA MOVILIDAD 2018
ÍNDICE
1. MARCO GENERAL
2. MODALIDADES
2.1. Ayudas a la movilidad dentro del
país
2.1.1 Presencia en ferias y mercados
2.1.2 Participación en giras, festivales y exposiciones
2.2. Ayudas a la movilidad al exterior
2.2.1 Presencia en ferias y mercados
2.2.2 Participación en giras, festivales y exposiciones
3. FORMA Y ALCANCE DE LA AYUDA OTORGADA
4. FECHAS DE VIAJE
5. ÁMBITO DE APLICACIÓN
6. FORMA Y PLAZO DE INSCRIPCIÓN
7. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
8. OBLIGACIONES A CARGO DE LOS
BENEFICIARIOS
9. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
10. ANEXO DE DOCUMENTACIÓN
FONDO
ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO
Línea Movilidad 2018
1. Marco
general
El FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO se orienta a
profundizar las políticas de jerarquización y sostenibilidad del
trabajo efectuado por los emprendedores culturales ligados a los
diferentes sectores que integran la economía creativa. En tal sentido,
fomenta la postulación de proyectos y/o actividades que requieran ayuda
para su concreción.
Específicamente, el presente reglamento determina las condiciones de la
convocatoria al FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO 2018
- LÍNEA MOVILIDAD.
La línea movilidad pretende contribuir con la circulación de
emprendedores y/o instituciones vinculadas a las Industrias Creativas,
en ferias, mercados, festivales, exposiciones y giras artísticas de
relevancia para su crecimiento y/o desarrollo profesional, dentro y
fuera del país.
Sus objetivos son:
- Favorecer la distribución y promoción de sus emprendimientos
culturales y/o producciones.
- Promover el acercamiento a nuevos públicos a fin de fortalecer las
Industrias Creativas.
- Posibilitar el intercambio de saberes específicos entre los
emprendedores y los asistentes en distintos ámbitos culturales.
La convocatoria se instrumentará mediante el cumplimiento de las etapas
de:
postulación,
revisión técnica y formal de las postulaciones, evaluación y selección
de beneficiarios, firma de carta compromiso y declaración jurada, y
rendición técnica del beneficio otorgado.
Se podrán presentar postulaciones de los siguientes sectores:
artes escénicas, artes visuales,
audiovisual, diseño, editorial, música y videojuegos.
La convocatoria tendrá dos llamados.
El primero para aplicar a viajes cuya realización efectiva se concrete
entre el 1° julio y el 31 de octubre de 2018. El segundo para aplicar a
viajes cuya realización efectiva se concrete entre el 1° de noviembre
de 2018 y el 28 de febrero de 2019.
2.
Modalidades
2.1 Ayudas a la movilidad dentro del
país
2.1.1 Presencia en ferias y mercados
Esta modalidad otorgará pasajes terrestres en transportes públicos o
aéreos dentro del país para participar en ferias y mercados artísticos
y culturales.
La cantidad máxima de pasajes otorgada
por proyecto será de 5 (cinco) pasajes.
Cada uno de los pasajes otorgados, equivale a un tramo de ida y un
tramo de regreso (
ver punto 3. Forma
y alcance de la ayuda otorgada).
2.1.2 Participación en giras,
festivales y exposiciones
Esta modalidad otorgará pasajes terrestres en transportes públicos o
aéreos dentro del país para participar en giras, festivales y
exposiciones artísticas y culturales.
Serán consideradas giras aquellas que incluyan al menos 2 (dos)
presentaciones en 2 (dos) localidades o provincias diferentes en forma
consecutiva. La elección de las localidades que conforman la gira,
deberá contemplar una relación regional que será explicitada en el
formulario de postulación.
La cantidad máxima de pasajes otorgada
por proyecto será de 5 (cinco) pasajes.
Cada uno de los pasajes otorgados podrá incluir un máximo de 3 (tres)
tramos (un tramo ida, un tramo intermedio y un tramo de regreso) por
pasajero (
ver punto 3. Forma y
alcance de la ayuda otorgada).
2.2 Ayudas a la movilidad al exterior
2.2.1 Presencia en ferias y mercados
Esta modalidad otorgará pasajes terrestres en transportes públicos o
aéreos al exterior para participar en ferias y mercados artísticos y
culturales.
La cantidad máxima de pasajes otorgada
por proyecto será de 4 (cuatro) pasajes. Cada
uno de los pasajes otorgados, equivale a un tramo de ida y un tramo de
regreso (
ver punto 3. Forma y alcance
de la ayuda otorgada).
2.2.2 Participación en giras,
festivales y exposiciones
Esta modalidad otorgará pasajes terrestres en transportes públicos o
aéreos al exterior para participar en giras, festivales y exposiciones
artísticas y culturales.
Serán consideradas giras aquellas que incluyan al menos 2 (dos)
presentaciones en 2 (dos) localidades o países diferentes de forma
consecutiva. La elección de las localidades que conforman la gira,
deberá contemplar una relación regional que será explicitada en el
formulario de postulación.
La cantidad máxima de pasajes otorgada
por proyecto será de 4 (cuatro) pasajes. Cada
uno de los pasajes otorgados podrá incluir un máximo de 3 (tres) tramos
(un tramo ida, un tramo intermedio y un tramo de regreso) por pasajero
(
ver punto 3. Forma y alcance de la
ayuda otorgada).
3. Forma y
alcance de la ayuda otorgada
Se apoyarán las postulaciones seleccionadas mediante la emisión de
pasajes a favor de los beneficiarios. Los mismos serán emitidos de
conformidad con la normativa que rige la emisión de pasajes a favor de
terceros con financiamiento del Estado Nacional. En ningún caso se
realizarán transferencias dinerarias para la emisión de pasajes por
partes de los beneficiarios, ni se efectuarán reembolsos o
restituciones de suma erogadas por ellos para tal fin.
No se cubrirán tasas de embarque o impuestos de ningún tipo que no
estén incluidos en el pasaje, gastos por exceso de equipaje, traslados
de instrumentos, gastos médicos, seguros, costos por materiales o
elementos necesarios para la participación en el evento, gastos por
traslados internos en el lugar del evento, servicios de flete, o
cualquier otra ayuda diferente a la prevista en este reglamento.
Los pasajes serán emitidos de acuerdo al detalle consignado en la
declaración jurada de solicitud que se entregará oportunamente a los
beneficiarios, sin opción a modificación del itinerario.
El apoyo otorgado podrá cubrir total o parcialmente la cantidad de
pasajes solicitados. Por tal motivo, y sin perjuicio de la cantidad de
pasajes que solicite cada postulante, deberá también indicar en su
postulación, si le resulta útil recibir una ayuda de carácter parcial
para atender alguno de los pasajes solicitados. De haber manifestado
que resulta viable esta posibilidad, el jurado podrá resolver que la
solicitud sea atendida parcialmente determinando la cantidad de pasajes
otorgados.
Se deja asentado que los traslados asignados para destinos que se
encuentren a menos de 1000 kilómetros del lugar de origen serán
emitidos por vía terrestre.
Si la empresa que tiene a su cargo la provisión del servicio de
transporte de pasajeros (aerolínea o empresa de transporte terrestre)
demorase, cancelase o reprogramase, y/o modificase tramos o escalas
previstas en el itinerario hacia el destino final emitido, el
beneficiario exonera expresamente al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN
de cualquier responsabilidad derivada de estos eventos, aceptando que
este último no incurrirá en ningún gasto adicional como consecuencia de
las situaciones antes mencionadas.
Una vez emitido el pasaje, ningún beneficiario podrá solicitar
modificaciones relacionadas con las fechas, los horarios, los tramos,
la identidad de los pasajeros (el beneficio otorgado no tiene carácter
endosable) por motivos vinculados a la reprogramación de la agenda o
compromisos personales que asuma. Si el beneficiario no abordase el
transporte como consecuencia de esta situación estará obligado a
reintegrar la suma equivalente a la erogación efectuada por el
MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN para emitir el pasaje a su favor.
Dicha previsión alcanza a los tramos de ida, regreso e intermedios que
configuran integralmente el beneficio otorgado y deben ser utilizados
en su totalidad.
De igual modo, el beneficiario es responsable de poseer toda la
documentación necesaria para abordar el transporte (DNI, pasaporte,
seguro médico, visas de ingreso o tránsito cuando se requieran y
cualquier otra documentación que resulte necesaria). En caso de no
abordar el transporte por no poseer dicha documentación o por no
encontrarse la misma vigente o en condiciones estará obligado a
reintegrar la suma equivalente a la erogación efectuada por el
MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN para emitir el pasaje a su favor.
Si el beneficiario se viera impedido de utilizar cualquiera de los
tramos del pasaje emitido por razones de fuerza mayor o caso fortuito,
deberá presentar ante el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN la
documentación, certificaciones, constancias o elementos que acrediten
el hecho ocurrido y su tenor. Los elementos presentados serán
analizados por las áreas técnicas pertinentes del MINISTERIO DE CULTURA
DE LA NACIÓN a los efectos de analizar si resulta o no exigible el
reintegro del monto erogado.
4. Fechas
de viaje
La convocatoria tendrá dos llamados. El primero para aplicar a viajes
cuya realización efectiva se concrete entre el 1° julio y el 31 de
octubre de 2018. El segundo para aplicar a viajes cuya realización
efectiva se concrete entre el 1° de noviembre de 2018 y el 28 de
febrero de 2019 (
ver cronograma en
punto 6. Forma y plazo de
inscripción).
5. Ámbito
de aplicación
Podrán aplicar a la presente convocatoria emprendedores vinculados a
los siguientes sectores de las industrias creativas: artes escénicas,
artes visuales, audiovisual, diseño, editorial, música y/o videojuegos.
No se admitirán formularios de postulación completados a nombre de
personas jurídicas.
En todos los casos deberá tratarse de personas de nacionalidad
argentina, naturales o por opción, o extranjeros con residencia legal
acreditada en el país, con una duración no inferior a doce meses
consecutivos.
No se admitirán postulaciones presentadas por menores de edad, ni se
emitirán pasajes a favor de los mismos.
No se admitirán postulaciones de quienes pertenezca a las plantas de
personal permanente y/o transitorio (Art.9 del anexo a la ley 25.164)
del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, así como tampoco personal
contratado anualmente bajo cualquier modalidad.
En el caso de postulaciones colectivas (grupo o banda musical, elenco
teatral, compañía de danza, y en general, cualquier colectivo
artístico) deberá designarse un representante, y al mismo tiempo,
detallar el listado completo de los potenciales beneficiarios a través
de los documentos que se establecen en el punto 10 de este reglamento.
6. Forma y
plazo de inscripción
Las postulaciones deberán realizarse a través del enlace generado a tal
efecto en el sitio web del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN
(
http://www.cultura.gob.ar/).
El postulante deberá seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al enlace correspondiente.
- Adjuntar el formulario de postulación y los documentos requeridos,
detallados en el punto 10 del presente reglamento.
- Validar en línea y enviar la postulación.
No se aceptarán postulaciones en formato papel, incompletas, o fuera de
plazo.
Cada uno de los archivos incluidos en la postulación, deberá ser
generado y adjuntado, de acuerdo con el formato (extensión) solicitado
en cada campo.
La inscripción al certamen y recepción
de postulaciones se regirá por el siguiente cronograma:
1° LLAMADO
(aplica a viajes que se realicen entre el 1° julio y el 31 de octubre
de 2018)
La inscripción dará comienzo el día hábil inmediato posterior a la
publicación del presente reglamento en el Boletín Oficial de la
República Argentina y se extenderá por treinta (30) días corridos.
2° LLAMADO
(aplica a viajes que se realicen entre 1° de noviembre de 2018 y el 28
de febrero de 2019)
La inscripción dará comienzo el día 2 de julio de 2018 y se extenderá
por veinticinco (25) días corridos.
La autoridad de aplicación designada en los términos del artículo 2° de
la presente Resolución podrá disponer, mediante el dictado del acto
administrativo pertinente, las modificaciones necesarias en el
cronograma previsto, cuando esto resultara necesario para garantizar
los objetivos del certamen.
7.
Evaluación y selección
7.1 Validación formal
Una vez presentadas, las postulaciones serán revisados por el área
técnica a cargo de la validación, con el objeto de verificar el
cumplimiento de los requisitos formales de admisibilidad del certamen.
7.2 Jurado
La evaluación de las postulaciones admitidas, y posterior selección de
los beneficiarios, será realizada por un jurado que estará conformado
por un funcionario del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION, con rango no
inferior a Director Nacional y dos expertos de probada experiencia y
amplia trayectoria en el ámbito de las Industrias Creativas, y activa
participación en entidades, instituciones o medios de comunicación
vinculados a la temática.
La decisión del jurado no podrá ser objeto de revisión, desde el punto
de vista de la fundamentación conceptual de la selección efectuada. Lo
anterior, sin perjuicio de los recursos administrativos, que con
carácter general, se encuentran habilitados en los términos de la Ley
Nacional de Procedimientos Administrativos y su reglamento, con
relación al acto administrativo que ratifique tal decisión.
La autoridad de aplicación, designada en los términos del artículo 2°
de la presente Resolución, estará facultada para efectuar y convalidar
la designación nominal de los integrantes del jurado, respetando las
representaciones que aquí se establecen. Asimismo, podrá aprobar
mediante el dictado del acto administrativo pertinente la selección
efectuada por el jurado mencionado.
7.3 Criterios de selección
Las postulaciones serán evaluadas y seleccionadas por el jurado que
tendrá en consideración los siguientes factores de ponderación:
- Calidad integral de la postulación de acuerdo a los objetivos de la
línea y modalidad.
- Trayectoria del postulante e integrantes, en caso de tratarse de un
emprendimiento colectivo.
- Relevancia y trayectoria del evento al cual se desea asistir.
- Importancia y pertinencia de la participación en el evento, con
relación al fortalecimiento y proyección comercial del emprendimiento
que desarrolla el postulante.
- Estrategias de vinculación del postulante con emprendedores,
gestores, productores y/o circuitos o redes que fomenten la
comercialización y asociatividad.
- Las postulaciones que incluyan participación en ferias, festivales y
mercados culturales que integran la Red MICA (Resolución MC N° 392 -
E/2017) serán contempladas como un valor adicional.
Los resultados serán publicados en el sitio web del MINISTERIO DE
CULTURA DE LA NACIÓN: (
http://www.cultura.gob.ar/),
y se notificará a
los postulantes seleccionados a través de correo electrónico.
8.
Obligaciones a cargo de los beneficiarios
Los beneficiarios deberán contar, a la fecha de notificación de la
ayuda otorgada, con todos los documentos necesarios para efectuar el
viaje, (pasaporte, visas, certificados de vacunación y/o sanidad en
caso de corresponder y según el destino, etc). El MINISTERIO DE CULTURA
DE LA NACIÓN no será responsable ni tendrá participación en la gestión
de los mencionados documentos personales, sin los cuales no podrá
concretarse la emisión y utilización del pasaje otorgado.
Los beneficiarios deberán presentar la memoria técnica y rendición de
la ayuda otorgada dentro de los 15 (quince) días corridos contados
desde la finalización del viaje. A tal efecto, deberán presentar la
memoria técnica de acuerdo con las instrucciones que recibirán
oportunamente, y entregar el comprobante del pasaje y/o tarjeta de
embarque que obre en poder de los pasajeros y acredite el abordaje del
micro o vuelo.
En toda pieza de comunicación, referencia pública, sitios webs y redes
sociales vinculadas al proyecto, deberá consignarse de manera visible
el apoyo recibido, utilizando la presente leyenda: "Realizado con el
apoyo del
FONDO ARGENTINO DE
DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO del
MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN". Deberá incluirse también la
aplicación gráfica de isologotipos provistos.
Este requerimiento deberá acreditarse junto con la rendición de la
ayuda otorgada.
Adicionalmente, el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN podrá solicitar a
los beneficiarios la realización de actividades de transferencia sobre
la experiencia asociada al proyecto (talleres, charlas, clínicas,
seminarios, muestras, exposiciones, etc.).
Los beneficiarios autorizan el uso de su imagen personal, que,
eventualmente, podrá ser incluida en materiales de comunicación
institucional, con el único fin de promover los objetivos del FONDO
ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO.
Toda la documentación necesaria para la rendición del beneficio
otorgado, será presentada en la DIRECCIÓN DE MESA DE ENTRADAS DEL
MINISTERIO DE CULTURA, sito en Av. Alvear N° 1690 (CABA), o en su
defecto, enviada por correo postal a ese domicilio.
9.
Sanciones por incumplimiento
Frente al incumplimiento de cualquier obligación derivada de este
reglamento durante la etapa de ejecución del viaje, y/o su etapa de
informe y rendición, el equipo del FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO
CULTURAL Y CREATIVO, informará al beneficiario que se ha detectado el
incumplimiento a la dirección de correo electrónico informada, para su
inmediata regularización. De no concretarse ésta última de manera
inmediata, las actuaciones serán giradas a la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, que arbitrará
los medios necesarios para intimar al beneficiario al cumplimiento. Si
aún así el beneficiario no ajustara su situación al reglamento, se
iniciarán las acciones que por derecho correspondan. Al mismo tiempo,
cualquier incumplimiento por parte de los beneficiarios lo inhabilitará
para recibir futuras ayudas otorgadas por el MINISTERIO DE CULTURA DE
LA NACIÓN.
10. Anexo
de documentación
Todos los documentos solicitados para la postulación deberán ser
presentados digitalmente mediante un enlace en el sitio web del
MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN: (http://www.cultura.gob.ar/).
10.1 Postulación en línea
Este apartado está conformado por:
- Información general del proyecto.
- Datos del postulante.
Documentación obligatoria a adjuntar (establecidos en los puntos 10.2.,
10.3., 10.4. y 10.5.).
10.2 Carta al Sr. Secretario de
Cultura y Creatividad
Carta dirigida al Secretario de Cultura y Creatividad del MINISTERIO DE
CULTURA DE LA NACIÓN solicitando la ayuda, especificando bajo qué
modalidad y la cantidad de pasajes requerida. El modelo de carta estará
disponible para descargar, completar y presentar escaneada y firmada
por el postulante, en la página web del MINISTERIO DE CULTURA DE LA
NACIÓN.
10.3 Documentación respaldatoria del
postulante
1. Copia escaneada del DNI del solicitante.
2. Constancia del CUIL o CUIT de la persona solicitante.
3. Curriculum Vitae de la persona solicitante (máximo 3 hojas).
10.4 Formulario de postulación
El formulario de postulación es un documento que se encuentra
disponible para descargar, completar y presentar firmado por el
postulante, en el enlace habilitado para la inscripción, dentro del
sitio web del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN. El mismo debe
completarse integralmente y es indispensable para la participación en
el certamen. No se aceptarán formularios incompletos y/o que sean
presentados en formatos distintos a los establecidos.
10.5 Documento de participación en el
evento
En todos los casos, las postulaciones deberán incluir un documento que
acredite la participación en el evento al cual se desea concurrir. El
mismo podrá ser una carta de invitación de la institución anfitriona,
correos electrónicos enviados desde una cuenta oficial,
pre-acreditaciones, constancias de pago de stands, o cualquier otro
documento similar que acredite la participación, y contenga información
suficiente sobre la fecha del evento, lugar de realización, y actividad
que desarrollará el invitado.
En caso de que este documento esté redactado en otro idioma, se deberá
adjuntar una nota de traducción al idioma español junto con el
documento original.
10.6. Carta Compromiso
Los beneficiarios que resulten seleccionados deberán firmar la
siguiente carta compromiso:
El referido documento será rubricado dentro de los 7 (siete) días
corridos desde la notificación del resultado y será condición
excluyente para iniciar las gestiones de solicitud de los pasajes.
Formulario de postulación - LÍNEA
MOVILIDAD 2018
Titulo:
Modalidad (marcar con "X" el que corresponda)
( ) Ayudas a la movilidad dentro del país
( ) Ayudas a la movilidad al exterior
Categoría (marcar el que corresponda)
( ) Presencia en ferias y mercados
( ) Participación en giras, festivales y exposiciones
Disciplina en la que aplica el proyecto
(marcar el que corresponda)
( )
Artes Visuales
( ) Artes Escénicas
( ) Audiovisuales
( ) Diseño
( )
Editorial
( ) Música
( ) Videojuegos
Resumen ejecutivo (máximo 600 caracteres, con espacios
incluidos)
Objetivos (máximo 600 caracteres, con espacios
incluidos)
Fundamentos
(máximo 700 caracteres, con espacios
incluidos)
Estrategias (máximo 500
caracteres, con espacios incluidos)
Presentación del evento / actividad
(máximo 600 caracteres, con espacios
incluidos)
Población destinataria (máximo 150 caracteres, con espacios
incluidos)
Etapas y actividades
Agenda de actividades durante el viaje
** Agregar fila según corresponda a la duración del viaje
Resultados esperados (máximo 500 caracteres, con espacios
incluidos)
Experiencias previas
1. ¿Ha realizado otros viajes vinculados a su actividad o
emprendimiento previos a la convocatoria del Fondo Argentino de
Desarrollo Cultural y Creativo? En caso de resultar afirmativo
especifique fecha, lugar y evento al que participó,
(máximo 500
caracteres, con espacios incluidos)
2. Previo a esta convocatoria, ¿ha entablado contactos, vínculos o
realizado trabajos previos con los organizadores del evento o actividad
en la que desea participar? (
máximo
500 caracteres, con espacios
incluidos)
Listado de pasajeros
Fecha y lugar de viaje:
Tramo 1 IDA:
Ciudad y país de origen:
Ciudad y país de destino:
Fecha de viaje:
Tramo INTERMEDIO:
(completar sólo en caso que
corresponda)
Ciudad y país de origen:
Ciudad de país de destino:
Fecha de viaje:
Tramo 2 REGRESO:
Ciudad y país de origen:
Ciudad de destino:
Fecha de viaje:
(En el caso de giras, detallar las fechas de tramos intermedios de la
gira entre la partida y el regreso).
Cantidad de pasajes solicitados (se considera que cada uno de los
pasajes incluye el tramo ida y vuelta)
Cantidad de pasajes mínimos
solicitados (completar solo
en caso de aceptar ayuda parcial)
Firma del postulante:
Aclaración:
DNI: