INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

Resolución 63/2018

Ciudad de Buenos Aires, 05/03/2018

VISTO, las Leyes Nacionales Nº 26.160, Nº 26.554, Nº 26.894 y N° 27.400; el Decreto Reglamentario Nº 1122/07; Decreto Nº 700/2010; las Resoluciones Nº 587/07, Nº 369/12 y Nº 479/13, el Expediente Nº E-INAI-50627/2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramitó el relevamiento técnico, jurídico y catastral de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 26.160, reglamentarias y modificatorias, en la ASOCIACION VECINAL COMUNIDAD ABORIGEN WICHI, ubicada en la localidad de San José de Metán, departamento de Metán, provincia de Salta, Personería Jurídica M.G. Salta N° 19/01 del Registro de Comunidades Indígenas de la Provincia –Inspección General de Personas Jurídicas de la provincia de Salta.

Que mediante la Ley Nº 26.160 se declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por las Comunidades Indígenas cuyo plazo se prorrogó mediante Leyes N° 26.554, N° 26.894 y N° 27.400.

Que el Decreto Nº 1.122/2007 designó al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas como autoridad de aplicación de la mencionada Ley.

Que la Resolución Nº 587/2007 crea el Programa Nacional de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas – Ejecución de la Ley Nº 26.160”, con el objeto de determinar los mecanismos para demarcar y relevar el territorio que ocupan las Comunidades Indígenas en forma tradicional, actual y pública.

Que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas en el marco del relevamiento territorial celebró un Convenio de Cooperación con el Ministerio de Desarrollo Humano de la provincia de Salta.

Que en tal sentido, con el objetivo de relevar los territorios ocupados en forma actual, tradicional y pública por las Comunidades Indígenas de la provincia de Salta, las partes suscribieron un Convenio Específico, aprobado por Resolución INAI Nº 369/12 y modificado por Resolución INAI Nº 479/13.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación ha procedido a realizar el control preventivo de legalidad del acto administrativo.

Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 23.302 y su Decreto Reglamentario Nº 155/89, y Decreto Nº 915/17.

Por ello,

LA PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dése por cumplido el relevamiento técnico, jurídico, catastral en la ASOCIACION VECINAL COMUNIDAD ABORIGEN WICHI, ubicada en la localidad de San José de Metan, departamento de Metan, provincia de Salta, Personería Jurídica M.G. Salta N° 19/01 del Registro de Comunidades Indígenas de la Provincia –Inspección General de Personas Jurídicas de la provincia de Salta.

ARTÍCULO 2°.-Reconócese la ocupación actual, tradicional y pública de la ASOCIACION VECINAL COMUNIDAD ABORIGEN WICHI, perteneciente al pueblo Wichi respecto de la superficie georreferenciada, que figura como Anexo I (IF-2017-14874986-APN-INAI#MJ).

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y oportunamente archívese. — Jimena Psathakis.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 08/03/2018 N° 14046/18 v. 08/03/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)