MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

Resolución 22/2018

Ciudad de Buenos Aires, 07/03/2018

VISTO el Expediente EX-2018-09258709-APN-ONEP#MM, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, los Decretos Nros. 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, su modificatorio 513 de fecha 14 de julio de 2017 y 13 de fecha 5 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 13 fecha 10 de diciembre de 2015 y su modificatorio Nº 513 de fecha 14 de julio de 2017 se sustituyeron, entre otros, el artículo 1° y el Título V de la Ley de Ministerios (T.O. 1992), incorporándose el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en el artículo 23 octies.

Que entre las competencias asignadas al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN se encuentra la de intervenir como Órgano Rector en materia de Empleo en el Sector Público y como Autoridad de Aplicación e interpretación de dicho régimen.

Que el Decreto N° 13 de fecha 5 de enero de 2016 prevé entre los objetivos de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del citado Ministerio el de asistir al señor Ministro en el diseño e implementación de políticas de modernización del Estado, en lo relativo al desarrollo estratégico de los recursos humanos y promover el desarrollo personal y profesional de quienes lo integran y la de dirigir y supervisar el accionar de la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (ONEP).

Que, siendo la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO la Autoridad de Aplicación en materia de Empleo Público a efectos de dotar de mayor eficacia y eficiencia al proceso de designación del Personal de Planta de Gabinete se propicia en esta instancia, aprobar el “Formulario Personal Planta de Gabinete”, el que deberá ser completado por el interesado con carácter de Declaración Jurada en los términos de los artículos 109 y 110 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759 – T.O. 2017.

Que en el mismo sentido, corresponde precisar la documentación y oportunidad en que deberá ser agregada al respectivo expediente.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO, y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, todas del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 13/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO PÚBLICO DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “Formulario Personal Planta de Gabinete” que, como Anexo (IF-2018-09914952-APN-SECEP#MM) forma parte integrante de la presente resolución y que deberá ser completado por el postulante con carácter de Declaración Jurada en los términos de los artículos 109 y 110 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759 – T.O. 2017.

ARTÍCULO 2°.- El expediente deberá contener la totalidad de la documentación que seguidamente se consigna:

a) La solicitud de designación suscripta por autoridad competente;

b) La certificación de disponibilidad presupuestaria;

c) El “Formulario Personal Planta de Gabinete”;

d) La certificación acerca de la inexistencia de acumulación de cargos;

e) El certificado de antecedentes penales;

f) El acto administrativo mediante el cual se autorice la excepción al inciso a) del artículo 4º del Anexo a la Ley Nº 25.164, en el caso que corresponda;

g) El acto administrativo mediante el cual se autorice la excepción al inciso f) del artículo 5° del Anexo a la Ley N° 25.164, en el caso que corresponda; y

h) El proyecto de acto administrativo de designación.

ARTÍCULO 3°. - Dentro de los TREINTA (30) días de publicada la resolución en el Boletín Oficial y con carácter previo al inicio de la prestación de servicios, la Jurisdicción a la que pertenece el mismo deberá constatar que el postulante cuenta con el certificado de aptitud psicofísica, de conformidad con lo previsto en el inciso c) del artículo 4° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, y proceder a su agregación en el expediente.

ARTÍCULO 4º.- En el supuesto de vencimiento del plazo establecido en el artículo precedente o que el postulante no resultare apto, el mismo no podrá prestar servicios en la Jurisdicción que inició su designación.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Pablo Martin Legorburu.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 08/03/2018 N° 14298/18 v. 08/03/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)