MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución 23/2018
Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2018
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2018-10191456-APN-SECMA#MM, la
Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 434 del 1º de marzo de 2016, 561 del
6 de abril de 2016, 1063 del 4 de octubre de 2016, 1273 del 19 de
Diciembre de 2016 y 894 del 1° de noviembre de 2017, las Resoluciones
Nros. 65 del 21 de Abril de 2016, 101 del 26 de Mayo de 2016, 171-E del
19 de Julio de 2016 (RESOL-2016-171-E-APN-MM), 277-E del 22 de Agosto
de 2016 (RESOL-2016-277-E-APN-MM), 355-E del 14 de Septiembre de 2016
(RESOL-2016-355-E-APN-MM), 400-E del 5 de Octubre de 2016
(RESOL-2016-400-E-APN-MM), 432-E del 26 de Octubre de 2016
(RESOL-2016-432-E-APN-MM), 466-E del 11 de Noviembre de 2016
(RESOL-2016-466-E-APN-MM), 508-E del 22 de Noviembre de 2016
(RESOL-2016-508-E-APN-MM), 251 del 30 de Mayo de 2017
(RESOL-2017-251-APN-MM), 363 del 19 de Julio de 2017
(RESOL-2017-363-APN-MM), 364 del 19 de Julio de 2017
(RESOL-2017-364-APN-MM) y 537 de fecha 9 de Octubre de 2017
(RESOL-2017-537-APN-MM) del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las
Resoluciones Nros. 3 del 21 de Abril de 2016, 6 del 10 de Enero de 2017
y 90-E del 14 de septiembre de 2017 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
(RESOL-2017-90-E-APN-SECMA#MM), las Resoluciones Nros. 20 de fecha 23
de febrero de 2018 (RESOL-2018-20-APN-SECEP#MM) y 22 de fecha 7 de
marzo de 2018 (RESOL-2018-22-APN-SECEP#MM), y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoció la eficacia jurídica
del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y
en su artículo 48 estableció que el Estado Nacional, dentro de las
jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N°
24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que
posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas,
búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por
parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.
Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 aprobó el PLAN DE
MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contemplando el PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO
DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontal informática
de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y
otros contenedores que sea utilizada por toda la administración a los
fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad
de la información, la reducción de los plazos en las tramitaciones y el
seguimiento público de cada expediente.
Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016, aprobó la implementación
del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema
integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de
movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público
Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de
expedientes electrónicos.
Que el mencionado Decreto N° 561/16 ordenó a las entidades y
jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que
componen el Sector Público Nacional, la utilización del sistema de
Gestión Documental Electrónica – GDE para la totalidad de las
actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que el artículo 6 del aludido Decreto N° 561/16, facultó a la
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias y
operativas necesarias para la implementación del sistema de GESTIÓN
DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y el funcionamiento de los sistemas
informáticos de gestión documental.
Que el Decreto N° 1063 del 4 de octubre de 2016 aprobó la
implementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) como
medio de interacción del ciudadano con la administración, a través de
la recepción y remisión por medios electrónicos de presentaciones,
solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros.
Que el mencionado Decreto N° 1063/16 en su artículo 11 facultó a la
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normas
aclaratorias, operativas y complementarias necesarias para la
implementación de las plataformas y módulos creados en dicha norma, así
como también facultó a la citada SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN
ADMINISTRATIVA para aprobar la incorporación de trámites de gestión
remota a dichas plataformas y módulos.
Que el Decreto N° 1273 del 19 de Diciembre de 2016 estableció el
intercambio directo de información entre los organismos contemplados en
el artículo 8 de la Ley N° 24.156, a fin de aliviar de cargas al
ciudadano, facultando a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA a
dictar las normas complementarias, aclaratorias, técnicas y operativas
necesarias.
Que el Decreto N° 894 del 1° de noviembre de 2017, que aprobó el
Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 T.O.
2017, estableció que las autoridades administrativas actuarán de
acuerdo con los principios de sencillez y eficacia, procurando la
simplificación de los trámites, y facilitando el acceso de los
ciudadanos a la administración a través de procedimientos directos y
simples por medios electrónicos.
Que la Resolución N° 90 E del 14 de Septiembre de 2017
(RESOL-2017-90-APN-SECMA#MM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN
ADMINISTRATIVA aprobó los “Términos y Condiciones de Uso del Módulo de
Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental
Electrónica (GDE)”.
Que la totalidad de los Ministerios, Secretarías de la Presidencia de
la Nación, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN - SIGEN y ciertos organismos descentralizados, han implementado
el sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) en su gestión
interna y externa, de acuerdo con los cronogramas fijados por las
Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016, 101 del 26 de mayo de
2016, 171E del 19 de julio de 2016, 277E del 22 de agosto de 2016, 355
E del 14 de septiembre de 2016, 400E del 5 de octubre de 2016, 432E del
26 de octubre de 2016, 466E del 11 de noviembre de 2016, 508E del 22 de
noviembre de 2016, 251 del 30 de mayo de 2017, 363 del 19 de julio de
2017, 364 del 19 de julio de 2017 y 537 del 9 de octubre de 2017 del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, que establecieron el uso obligatorio los
módulos “Comunicaciones Oficiales” (CCOO) y “Generador Electrónico de
Documentos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico” (EE), todos del
sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Que la Resolución N° 6 del 10 de Enero de 2017 de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA (RESOL-2017-6-APN-SECMA#MM), reglamentaria
del Decreto N° 1273/2016, estableció el procedimiento a seguir por los
organismos alcanzados por dicha medida para el intercambio directo de
información, a los fines de aliviar de cargas al administrado.
Que las Resoluciones Nros. 20 de fecha 23 de febrero de 2018
(RESOL-2018-20-APN-SECEP#MM) y 22 de fecha 7 de marzo de 2018
(RESOL-2018-22-APN-SECEP#MM) de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprobaron el “Proceso de Cobertura
Transitoria de Cargos con Funciones Ejecutivas”, el “Formulario
Información del Postulante” y el “Formulario Personal Planta de
Gabinete”.
Que, en consecuencia, resulta necesario establecer que los
procedimientos aprobados en las Resoluciones Nros. 20 de fecha 23 de
febrero de 2018 (RESOL-2018-20-APN-SECEP#MM) y 22 de fecha 7 de marzo
de 2018 (RESOL-2018-22-APN-SECEP#MM) de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO
del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN deberán confeccionarse integralmente en
el sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE, accediendo desde el
módulo de Trámites a Distancia – TAD.
Que adicionalmente, corresponde establecer que la documentación
requerida en las Resoluciones mencionadas en el considerando
precedente, referida al documento nacional de identidad y al
certificado de antecedentes penales, deberá ser solicitada en forma
automática por el organismo sin requerir su diligenciamiento a los
interesados iniciadores del trámite.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1063/16 y por el Decreto N° 1273/16.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establécese que los siguientes procedimientos aprobados
en las Resoluciones Nros. 20 de fecha 23 de febrero de 2018
(RESOL-2018-20-APN-SECEP#MM) y 22 de fecha 7 de marzo de 2018
(RESOL-2018-22-APN-SECEP#MM) de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN deberán tramitarse a través de la
plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión
Documental Electrónica (GDE):
a) Designación Transitoria con Función Ejecutiva (Directores Nacionales / Directores Simples / Coordinadores).
b) Contratación Dto. 1421 Art. 9.
ARTÍCULO 2°.- La documentación solicitada en las Resoluciones Nros. 20
de fecha 23 de febrero de 2018 (RESOL-2018-20-APN-SECEP#MM) y 22 de
fecha 7 de marzo de 2018 (RESOL-2018-22-APN-SECEP#MM) de la SECRETARÍA
DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para acreditar el
documento nacional de identidad y el certificado de antecedentes
penales, son documentos que se generan automáticamente por el servicio
al realizar la caratulación, en función de lo dispuesto en el Decreto
N° 1273/2016, no debiendo ser solicitada su diligenciamiento al
originante.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN - SIGEN.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Eduardo Nicolás Martelli.
e. 09/03/2018 N° 14663/18 v. 09/03/2018