GENDARMERIA NACIONAL

DECRETO N° 9.234
Buenos Aires 13/10/1961

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese.

FRONDIZI.- Justo P. Villar.
Rosendo M. Fraga