GENDARMERIA NACIONAL
DECRETO N° 9.234
Buenos Aires 13/10/1961
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese.
FRONDIZI.- Justo P. Villar.
Rosendo M. Fraga