Decisión Administrativa 315/2018
Apruébanse estructuras organizativas.
Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2018
VISTO el EX-2018-09459604-APN-SECCI#JGM, el Decreto Nº 2098 de fecha 3
de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP) y sus modificatorios; el Decreto Nº
174de fecha 2 de marzo de 2018, las Decisiones Administrativas N° 495
de fecha 18 de mayo de 2016 y modificatorias y Nº 267 de fecha 2 de
marzo de 2018, la Resolución del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN N°
1111 de fecha 9 de agosto de 2010 y modificatorias, las Resoluciones
del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES Nº 579 de fecha 6 de
junio de 2016 y Nº 669 de fecha 23 de junio de 2016 y sus
modificatorias; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 174/18 se aprobó el organigrama de aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
entre ellos el referido al MINISTERIO DE EDUCACIÓN, para cumplir con
las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus
competencias.
Que por el artículo 4º del citado Decreto N° 174/18 se aprobó la
conformación organizativa del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que por la Decisión Administrativa N° 495 de fecha 18 de mayo de 2016 y
sus modificatorias se aprobó la estructura organizativa de primer nivel
operativo del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.
Que por las Resoluciones citadas en el VISTO se aprobó la estructura de
segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.
Que en función de las competencias asignadas a las distintas
jurisdicciones ministeriales resulta necesario reordenar las
responsabilidades de las distintas áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que el cumplimiento de los objetivos de Gobierno recomienda una
reingeniería organizacional de las estructuras organizativas del Estado
Nacional.
Que, por ello, resulta necesario en esta instancia, efectuar
modificaciones en la estructura organizativa del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN e incorporar, homologar y derogar diversos cargos en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción.
Que, en el marco de la reforma estructural de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
NACIONAL encarada por el ESTADO NACIONAL, corresponde la supresión de
los cargos que ya no resulten estrictamente necesarios para el
cumplimiento de las acciones y misiones de los organismos y
Jurisdicciones que lo componen.
Que en tal virtud, y a fin de atender las necesidades y la nueva
organización de la Jurisdicción, resulta necesario ampliar la
asignación de Unidades Retributivas otorgadas mediante la Decisión
Administrativa N° 267/2018.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
y el artículo 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado
por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.-
(Artículo derogado por art. 8° de la Decisión
Administrativa N° 1449/2020 B.O. 11/8/2020)
ARTÍCULO 2º.-
(Artículo derogado por art. 8° de la Decisión
Administrativa N° 1449/2020 B.O. 11/8/2020)
ARTÍCULO 3º.-
(Artículo derogado por art. 8° de la Decisión
Administrativa N° 1449/2020 B.O. 11/8/2020)
ARTÍCULO 4º.-
(Artículo derogado por art. 8° de la Decisión
Administrativa N° 1449/2020 B.O. 11/8/2020)
ARTÍCULO 5º.-
(Artículo derogado por art. 8° de la Decisión
Administrativa N° 1449/2020 B.O. 11/8/2020)
ARTÍCULO 6º.- Suprímense los cargos extraescalafonarios que se detallan
en Planilla Anexa al presente artículo (GDE
IF-2018-09485316-APN-SECCI#JGM), que forma parte integrante de la
presente Decisión Administrativa.
ARTÍCULO 7º.- Asignase al Titular del MINISTERIO DE EDUCACIÓN la
cantidad adicional de TREINTA Y OCHO MIL (38.000) Unidades Retributivas.
ARTÍCULO 8º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 70 –
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Alejandro Finocchiaro.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 14/03/2018 N° 16099/18 v. 14/03/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)
(Nota Infoleg: las
modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial
pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta
norma es complementada o modificada por X norma(s).")