MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución 209/2018
Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2018
VISTO el Expediente Electrónico EX-2018-09493462-APN-DGRHYO#MDS, la Ley Nº 27.431 y el Decreto N° 167 del 2 de marzo de 2018; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 faculta al PODER EJECUTIVO
NACIONAL a crear unidades ejecutoras especiales temporarias y/o para
gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y
excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y
asignación de recursos humanos que correspondan, estableciendo que
dichas unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2) años,
salvo autorización en la ley de presupuesto del año correspondiente al
vencimiento del plazo.
Que por el Decreto Nº 167/18 se facultó a los Ministros a crear, en sus
respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS en los
términos del artículo 108 de la Ley N° 27.431 y a designar a los
titulares de las mismas, previa intervención de la Dirección de Diseño
Organizacional de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que en tal sentido, y atento las competencias asignadas al MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL, se entiende procedente la creación, con carácter
transitorio, de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE
CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS (CIC)”, en la órbita de la SECRETARÍA
de ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL de esa cartera ministerial, cuyo
objetivo será desarrollar, gestionar y fiscalizar los CENTROS
INTEGRADORES COMUNITARIOS (CIC) oportunamente proyectados, y que será
disuelta una vez que se cumplimente el cometido de su objeto, no
pudiendo exceder el plazo máximo que se determina en la presente
Resolución.
Que el Licenciado D. EL HAJ, Fernando Diego (DNI N° 20.561.449) reúne
las condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para cumplir
eficientemente con las responsabilidades y funciones de la Unidad a
crearse.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL y la DIRECCION DE PROGRAMACION Y EJECUCION
PRESUPUESTARIA han tomado la intervención que les compete.
Que la SUBSECRETARIA DE ARTICULACION JURIDICO INSTITUCIONAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO, dependiente de
la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, han tomado las
intervenciones que les competen.
Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones
previstas en los artículos 1º y 2º del Decreto N° 167 del 2 de marzo de
2018, N° 8 del 10 de diciembre de 2015, el Decreto N° 434 del 01 de
marzo de 2016, el Decreto N° 561 del 06 de abril de 2016 y la Ley N°
25.506.
Por ello,
LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE
CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS (CIC)”, en el ámbito de la SECRETARÍA
DE ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL,
con el objetivo de desarrollar, gestionar y fiscalizar los Centros
Comunitarios (CIC) oportunamente proyectados.
ARTÍCULO 2°.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS (CIC)” tendrá como objetivos:
a. Dirigir las acciones tendientes a la finalización de los proyectos
de construcción y puesta en funcionamiento de los CENTROS INTEGRADORES
COMUNITARIOS (CICs) oportunamente proyectados y en proceso de ejecución.
b. Acompañar la implementación de los procesos comunitarios que
fortalezcan el cumplimiento de los objetivos planteados para el
funcionamiento de los CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS,
particularmente en cuanto al desarrollo de capacidades institucionales
e integración de recursos de infraestructura y equipamiento
disponibles, respetando las identidades territoriales.
c. Desarrollar acciones conjuntas de participación comunitaria a través
de mesas de gestión, con el apoyo del Estado Nacional, Provincial y
Municipal en un marco de equidad, ética pública y trabajo grupal que
impulsen la construcción multiactoral y representativa de propuestas,
proyectos e iniciativas, como así también su seguimiento y
aprovechamiento.
ARTÍCULO 3°.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE
CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS (CIC)” estará a cargo de un
funcionario fuera de nivel con rango de Director, Nivel A - Grado 0
Función Ejecutiva II del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios.
ARTÍCULO 4º.- La Unidad creada por el Artículo 1° de la presente medida
quedará disuelta el 31 de diciembre de 2019, o una vez cumplido el
objetivo para el cual fue creada si se realiza con anterioridad.
ARTÍCULO 5°.- Desígnase en el cargo de Titular de la UNIDAD EJECUTORA
ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS
(CIC)”, Licenciado D. EL HAJ, Fernando Diego (DNI N° 20.561.449).
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a los créditos vigentes de la
Jurisdicción 85 – MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Carolina Stanley.
e. 15/03/2018 N° 16111/18 v. 15/03/2018