MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 209/2018

Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2018

VISTO el Expediente Electrónico EX-2018-09493462-APN-DGRHYO#MDS, la Ley Nº 27.431 y el Decreto N° 167 del 2 de marzo de 2018; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a crear unidades ejecutoras especiales temporarias y/o para gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos humanos que correspondan, estableciendo que dichas unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2) años, salvo autorización en la ley de presupuesto del año correspondiente al vencimiento del plazo.

Que por el Decreto Nº 167/18 se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS en los términos del artículo 108 de la Ley N° 27.431 y a designar a los titulares de las mismas, previa intervención de la Dirección de Diseño Organizacional de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que en tal sentido, y atento las competencias asignadas al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, se entiende procedente la creación, con carácter transitorio, de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS (CIC)”, en la órbita de la SECRETARÍA de ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL de esa cartera ministerial, cuyo objetivo será desarrollar, gestionar y fiscalizar los CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS (CIC) oportunamente proyectados, y que será disuelta una vez que se cumplimente el cometido de su objeto, no pudiendo exceder el plazo máximo que se determina en la presente Resolución.

Que el Licenciado D. EL HAJ, Fernando Diego (DNI N° 20.561.449) reúne las condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para cumplir eficientemente con las responsabilidades y funciones de la Unidad a crearse.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la DIRECCION DE PROGRAMACION Y EJECUCION PRESUPUESTARIA han tomado la intervención que les compete.

Que la SUBSECRETARIA DE ARTICULACION JURIDICO INSTITUCIONAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO, dependiente de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, han tomado las intervenciones que les competen.

Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en los artículos 1º y 2º del Decreto N° 167 del 2 de marzo de 2018, N° 8 del 10 de diciembre de 2015, el Decreto N° 434 del 01 de marzo de 2016, el Decreto N° 561 del 06 de abril de 2016 y la Ley N° 25.506.

Por ello,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS (CIC)”, en el ámbito de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objetivo de desarrollar, gestionar y fiscalizar los Centros Comunitarios (CIC) oportunamente proyectados.

ARTÍCULO 2°.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS (CIC)” tendrá como objetivos:

a. Dirigir las acciones tendientes a la finalización de los proyectos de construcción y puesta en funcionamiento de los CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS (CICs) oportunamente proyectados y en proceso de ejecución.

b. Acompañar la implementación de los procesos comunitarios que fortalezcan el cumplimiento de los objetivos planteados para el funcionamiento de los CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS, particularmente en cuanto al desarrollo de capacidades institucionales e integración de recursos de infraestructura y equipamiento disponibles, respetando las identidades territoriales.

c. Desarrollar acciones conjuntas de participación comunitaria a través de mesas de gestión, con el apoyo del Estado Nacional, Provincial y Municipal en un marco de equidad, ética pública y trabajo grupal que impulsen la construcción multiactoral y representativa de propuestas, proyectos e iniciativas, como así también su seguimiento y aprovechamiento.

ARTÍCULO 3°.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS (CIC)” estará a cargo de un funcionario fuera de nivel con rango de Director, Nivel A - Grado 0 Función Ejecutiva II del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 4º.- La Unidad creada por el Artículo 1° de la presente medida quedará disuelta el 31 de diciembre de 2019, o una vez cumplido el objetivo para el cual fue creada si se realiza con anterioridad.

ARTÍCULO 5°.- Desígnase en el cargo de Titular de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS (CIC)”, Licenciado D. EL HAJ, Fernando Diego (DNI N° 20.561.449).

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos vigentes de la Jurisdicción 85 – MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Carolina Stanley.

e. 15/03/2018 N° 16111/18 v. 15/03/2018