MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 210/2018

Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2018

VISTO el Expediente Electrónico EX-2018-09493103-APN-DGRHYO#MDS, la Ley Nº 27.431 y el Decreto N° 167 del 2 de marzo de 2018; y

CONSIDERANDO

Que el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a crear unidades ejecutoras especiales temporarias y/o para gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos humanos que correspondan, estableciendo que dichas unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2) años, salvo autorización en la ley de presupuesto del año correspondiente al vencimiento del plazo.

Que por el Decreto Nº 167/18 se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS en los términos del artículo 108 de la Ley N° 27.431 y a designar a los titulares de las mismas, previa intervención de la Dirección de Diseño Organizacional de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que en tal sentido, y atento las competencias asignadas al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, se entiende procedente la creación, con carácter transitorio, de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “GRUPO DE TRABAJO DE DESARROLLO G20 (GTD)”, en la órbita de la SECRETARÍA de COORDINACIÓN de esa cartera ministerial, cuyo objetivo será diseñar e implementar las acciones y tares necesarias para el Grupo de Trabajo de Desarrollo para la Presidencia Argentina del G20 en materia de competencia de la Jurisdicción, y que será disuelta una vez que se cumplimente el cometido de su objeto, no pudiendo exceder el plazo máximo que se determina en la presente Resolución.

Que la Licenciada SANTANDER, María Monserrat (DNI N° 29.875.566) reúne las condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para cumplir eficientemente con las responsabilidades y funciones de la Unidad a crearse.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARIA DE ARTICULACION JURIDICO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha intervenido en el marco de sus competencias.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO, dependiente de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, han tomado las intervenciones que les competen.

Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el Decreto N° 8 del 10 de diciembre de 2015 y los artículos 1º y 2º del Decreto N° 167 del 2 de marzo de 2018.

Por ello,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “GRUPO DE TRABAJO DE DESARROLLO G20 (GTD)”, con dependencia de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objetivo de diseñar e implementar las acciones y tares necesarias para el Grupo de Trabajo de Desarrollo para la Presidencia Argentina del G20 en materia de competencia de la Jurisdicción

ARTÍCULO 2°.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “GRUPO DE TRABAJO DE DESARROLLO G20 (GTD)”tendrá como objetivos:

a. Establecer las prioridades del Grupo de Trabajo de Desarrollo para la PRESIDENCIA ARGENTINA DEL G20.

b. Coordinar y gestionar las acciones relativas al desarrollo de contenidos, procesos de negociación y búsqueda de consensos con relación a los tres ejes prioritarios y los dos ejes de continuidad, en el ámbito de competencia del Ministerio.

c. Realizar y llevar a cabo la planificación estratégica de las acciones a desarrollar, contemplando tanto aspectos logísticos como de negociación de contenidos.

d. Desarrollar material técnico de referencia general y específico sobre cada uno de los ejes prioritarios y ejes de continuidad, tanto en la fase previa a las reuniones del Grupo de Trabajo de Desarrollo como durante los encuentros Plenarios.

e. Definir estructura de contenido, articular y monitorear avances en la elaboración de Estudios de Fondo por parte de los Organismos Internacionales seleccionados por su competencia y experiencia en cada eje prioritario y de continuidad del GTD.

f. Coordinar y gestionar sucesivos encuentros de trabajo presenciales o vía teleconferencia con los 19 países miembro del G20 y con los países invitados, para la negociación y búsqueda de consensos sobre cada eje prioritario y de continuidad del GTD, en el ámbito de su competencia.

g. Desarrollar las Declaraciones para cada eje prioritario y de continuidad del GTD, contemplando antecedentes internacionales y los aportes y contribuciones realizadas durante toda la presidencia por parte de los mencionados en el punto anterior.

h. Lograr el consenso de los documentos que deberán ser elevados para su discusión y anexo a la Declaración de Líderes del G20.

i. Actuar como interlocutor entre los Grupos de Afinidad del G20, en los que participan organizaciones de la sociedad civil de los distintos países del Foro, y el GTD.

j. Coordinar y articular los temas vinculados a desarrollo con los demás Grupos de Trabajo del Canal de Sherpas y del Canal de Finanzas del G20.

ARTÍCULO 3°.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA“GRUPO DE TRABAJO DE DESARROLLO G20 (GTD)” estará a cargo de un funcionario fuera de nivel con rango de Coordinador, Nivel B - Grado 0 Función Ejecutiva IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 4º.- La Unidad creada por el Artículo 1° de la presente medida quedará disuelta el 31 de diciembre de 2019, o una vez cumplido el objetivo para el cual fue creada si se realiza con anterioridad.

ARTÍCULO 5°.- Desígnase en el cargo de Titular de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “GRUPO DE TRABAJO DE DESARROLLO G20 (GTD)”, a la Licenciada SANTANDER, María Monserrat (DNI N° 29.875.566).

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos vigentes de la Jurisdicción 85 – MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Carolina Stanley.

e. 15/03/2018 N° 16112/18 v. 15/03/2018