MINISTERIO
DE HACIENDA
Decisión Administrativa 325/2018
Apruébanse estructuras organizativas.
Ciudad de Buenos Aires, 15/03/2018
VISTO el EX-2018-10133813-APN-SECCI#JGM, el Decreto Nº 2098 de fecha 3
de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP); el Decreto Nº 174 de fecha 2 de
marzo de 2018, el Decreto N° 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, la
Decisión Administrativa Nº 267 de fecha 2 de marzo de 2018, las
Resoluciones del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN Nros. 779
de fecha 6 de diciembre de 2004 y modificatorias y 209 de fecha 22 de
abril de 2005 y modificatorias; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 174/18 se aprobó el organigrama de aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
entre ellos los referidos al MINISTERIO DE HACIENDA para cumplir con
las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus
competencias.
Que por el artículo 4º del citado Decreto N° 174/18 se aprobó la
conformación organizativa del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que por el Decreto N° 1359 de fecha 5 de octubre de 2004 se aprobó la
estructura organizativa de primer nivel operativo del entonces
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.
Que por las Resoluciones citadas en el VISTO se aprobó la estructura de
segundo nivel operativo del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que en función de las competencias asignadas a las distintas
jurisdicciones ministeriales resulta necesario reordenar las
responsabilidades de las distintas áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que el cumplimiento de los objetivos de Gobierno recomienda una
reingeniería organizacional de las estructuras organizativas del Estado
Nacional.
Que, por ello, resulta necesario en esta instancia, efectuar
modificaciones en la estructura organizativa del MINISTERIO DE HACIENDA
e incorporar, homologar, reasignar y derogar diversos cargos en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción.
Que, en el marco de la reforma estructural de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
NACIONAL encarada por el ESTADO NACIONAL, corresponde la supresión de
los cargos que ya no resulten estrictamente necesarios para el
cumplimiento de las acciones y misiones de los organismos y
Jurisdicciones del Estado Nacional.
Que en tal virtud, y a fin de atender las necesidades y la nueva
organización de la Jurisdicción, resulta necesario ampliar la
asignación de Unidades Retributivas otorgadas mediante la Decisión
Administrativa N° 267/2018.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
HACIENDA ha tomado la intervención de su competencia.
Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
y por el artículo 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.-
(Artículo derogado por
art. 6º de la Decisión
Administrativa Nº 1314/2020 B.O.
23/7/2020)
ARTÍCULO 2º.-
(Artículo derogado por
art. 6º de la Decisión
Administrativa Nº 1314/2020 B.O.
23/7/2020)
ARTÍCULO 3º.-
(Artículo derogado por
art. 6º de la Decisión
Administrativa Nº 1314/2020 B.O.
23/7/2020)
ARTÍCULO 4º.-
(Artículo derogado por
art. 6º de la Decisión
Administrativa Nº 1314/2020 B.O.
23/7/2020)
ARTÍCULO 5º.-
(Artículo derogado por
art. 6º de la Decisión
Administrativa Nº 1314/2020 B.O.
23/7/2020)
ARTÍCULO 6º.- Suprímense los cargos extraescalafonarios que se detallan
en Planilla Anexa al presente artículo
(IF-2018-10173754-APN-SECCI#JGM), que forma parte integrante de la
presente Decisión Administrativa.
ARTÍCULO 7°.- Transfiérese el Centro de Documentación e Investigación
de la Arquitectura Pública (CeDIAP) de la órbita del MINISTERIO DE
HACIENDA al ámbito de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
(AABE), organismo descentralizado en la órbita de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
La transferencia aludida comprende las competencias, créditos
presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 8º.- Asígnase al titular del MINISTERIO DE HACIENDA la
cantidad adicional de CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO
(56.981) Unidades Retributivas.
ARTÍCULO 9º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 50 –
MINISTERIO DE HACIENDA.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Nicolas Dujovne.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 16/03/2018 N° 16902/18 v. 16/03/2018
Anexos Ia, Ib,
Ic, Id, Ie
(Anexos
derogados por art. 6º de la Decisión
Administrativa Nº 1314/2020 B.O.
23/7/2020)
Anexo II
(Anexo
derogado por art. 6º de la Decisión
Administrativa Nº 1314/2020 B.O.
23/7/2020)
Anexos IIIa, IIIb, IIIc, IIId, IIIe, IIIf,
IIIg, IIIh, IIIi, IIIj
(Anexos
derogados por art. 6º de la Decisión
Administrativa Nº 1314/2020 B.O.
23/7/2020)
Anexo IV
(Anexo
derogado por art. 6º de la Decisión
Administrativa Nº 1314/2020 B.O.
23/7/2020)
Planillas Anexas al Artículo 3º
(Planilla
derogada por art. 6º de la Decisión
Administrativa Nº 1314/2020 B.O.
23/7/2020)
(Nota
Infoleg: La
Planilla referenciada en la presente norma ha sido extraída de la
edición web de Boletín Oficial. Ver modificaciones en "Antecedentes
Normativos")
Antecedentes Normativos
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se
hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el
enlace "Esta
norma es complementada o modificada por X norma(s).")
(Nota Infoleg: por art. 7° del Decreto
575/2018 B.O. 22/6/2018, El MINISTERIO DE HACIENDA es
continuador a todos sus
efectos del MINISTERIO DE FINANZAS,
debiendo considerarse modificada
por tal denominación cada vez que se hace referencia a la cartera
ministerial citada en segundo término. Vigencia: a partir del dictado
de la medida)