MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Resolución 160/2018
Ciudad de Buenos Aires, 14/03/2018
VISTO: El expediente Nº EX-2018-EX-2018-9483620-APN-DGAYF#MAD del
Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, la Ley Nº
27.431 y el Decreto N° 167 del 2 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 faculta al PODER EJECUTIVO
NACIONAL a crear unidades ejecutoras especiales temporarias y/o para
gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y
excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y
asignación de recursos humanos que correspondan, estableciendo que
dichas unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2) años,
salvo autorización en la ley de presupuesto del año correspondiente al
vencimiento del plazo.
Que por el Decreto Nº 167/18 se facultó a los Ministros a crear, en sus
respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS en los
términos del artículo 108 de la Ley N° 27.431 y a designar a los
titulares de las mismas, previa intervención de la Dirección de Diseño
Organizacional de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, de conformidad con las competencias asignadas al MINISTERIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, se entiende procedente la creación,
con carácter transitorio, de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA
“RESIDUOS”, en la órbita de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO
AMBIENTAL de esa cartera ministerial.
Que la mencionada Unidad deberá llevar a cabo el diseño del Plan
Federal de Gestión Integral de Residuos y coadyuvar a la ejecución de
los planes de las jurisdicciones, no pudiendo exceder el plazo máximo
que se determina en la presente Resolución.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO, dependiente de
la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, han tomado las
intervenciones que les competen.
Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones
previstas en los artículos 1º y 2º del Decreto N° 167 del 2 de marzo de
2018.
Por ello,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA
“RESIDUOS”, con dependencia en la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO
AMBIENTAL del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, con el
objeto de diseñar el Plan Federal de Gestión Integral de Residuos y
coadyuvar a la ejecución de los planes de las jurisdicciones.
ARTÍCULO 2°.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “RESIDUOS” tendrá como objetivos:
1. Diseñar, el Plan Federal para la GIRSU, en coordinación con las jurisdicciones y otros actores involucrados.
2. Coadyuvar a la ejecución de los planes de las jurisdicciones.
3. Fomentar iniciativas de participación público privada para la ejecución de proyectos en el marco de su competencia.
4. Llevar adelante la ejecución técnica de programas con financiamiento internacional tendientes a la gestión de residuos.
5. Realizar la ejecución técnica del Proyecto BID 3249/OC-AR,
implementando las acciones incluidas en el documento del proyecto, así
como aquellas que se acuerden con el Banco Interamericano de Desarrollo.
ARTÍCULO 3°.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “RESIDUOS” estará
a cargo de un funcionario fuera de nivel con rango y jerarquía de
Coordinador, Nivel B - Grado 0 Función Ejecutiva IV del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 4º.- La Unidad creada por el Artículo 1° de la presente medida
quedará disuelta el 31 de diciembre de 2019, o una vez cumplido el
objetivo para el cual fue creada si se realiza con anterioridad.
ARTÍCULO 5º- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida
será atendido con cargo a los créditos vigentes de la Jurisdicción 81 –
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Sergio Alejandro Bergman.
e. 16/03/2018 N° 16617/18 v. 16/03/2018